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Feriados en el Gobierno

Los empleados del gobierno tendrán libre los días viernes 23 de marzo y el jueves 5 y el sábado 7 de abril con cargo a licencia de vacaciones acumuladas.

El martes el director de la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH), Samuel G. Dávila Cid, dijo que así lo autorizó el gobernador, Luis Fortuño.

El jueves, 22 de marzo, se celebra el Día de la Abolición de la Esclavitud y el viernes, 6 de abril es Viernes Santo. Ambos días son feriados.

Las agencias que ofrecen servicios en el Programa de Horario Extendido, permanecerán cerradas al público el sábado, 7 de abril. Este día se cargará a la licencia de vacaciones que tenga acumulada el empleado.

Los empleados de las Agencias Administradores Individuales que por la naturaleza de sus funciones o por los servicios que presta la Agencia se les requiera trabajar durante el tiempo concedido, se considerará como días normales de trabajo.

Los empleados irregulares que se les requiera trabajar por necesidades del servicio durante el período concedido, su compensación será el tipo regular de salario por hora.

En cuanto a las Agencias Excluidas de la Ley Número 184 de 3 de agosto de 2004, según enmendada, 'Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público', se regirán de conformidad con las disposiciones de su convenio colectivo y/o la reglamentación interna de su agencia.

Los gobiernos municipales podrán adoptar, mediante Ordenanza Municipal, disposiciones similares en armonía a lo concedido por el Gobernador de Puerto Rico.

(Eliza Llenza Multimedia)
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