Mayor vigilancia a la operación fiscal del gobierno
La Junta de Control Fiscal (JCF) anunció hoy la adopción de dos nuevas políticas para fomentar la rendición de cuentas, la transparencia y el trato eficiente en ciertas transacciones gubernamentales y proyectos públicos.
La nueva Política de Reglas, Reglamentos y Órdenes de la Junta de Supervisión (la 'Política de RRO') requiere la aprobación por la Junta de ciertas reglas, reglamentos, órdenes administrativas y órdenes ejecutivas propuestas a ser emitidas por el Gobernador o el jefe de cualquier departamento o agencia para asegurar que no sean inconsistentes con los Planes Fiscales certificados.
La política aplica a asuntos relacionados con transacciones propuestas para la Autoridad de Energía Electrica, asuntos relacionados con la gerencia y operación de la Oficina del Principal Oficial Financiero, asuntos relacionados con la adecuación del tamaño del gobierno y las instrumentalidades cubiertas--incluyendo aquellos relacionados a compras, contrataciones, compensación o beneficios de los empleados--entre otros.
'La supervisión es indispensable en todas las áreas que afectan la capacidad del gobierno para cumplir con los Planes Fiscales certificados', dijo Natalie Jaresko, directora ejecutiva de la Junta. 'Esta política ayudará en la rendición de cuentas de todos los responsables de ayudar a Puerto Rico a lograr la responsabilidad fiscal, recuperar acceso a los mercados de capital, reestructurar la deuda pendiente y regresar al crecimiento económico'.
Mientras tanto, bajo la nueva Política de Proceso del Título V de la Junta de Supervisión (la 'Política de Título V'), todos los proyectos que requieran la adjudicación de un contrato o solicitud de propuestas ('RFP', por sus siglas en ingles) de una agencia gubernamental o una corporación pública (excluyendo municipios) antes de que puedan ser ejecutados (un 'Proyecto Público') deberán obtener dicha adjudicación de contrato o adjudicación de RFP antes de que puedan considerarse para el proceso de Proyectos Críticos bajo el Título V de PROMESA.
Además, los proyectos relacionados con energía que requieran un acuerdo de compra de energía ('PPOA', por sus siglas en ingles) de la AEE deberán primero tener un PPOA que aceptado válidamente bajo el Título III de PROMESA para cumplir con este requisito.
'Esto es un ajuste en el proceso que hemos establecido para la consideración de potenciales Proyectos Críticos bajo el Título V que está justificado en terminos de transparencia y eficiencia cuando se trata de Proyectos Públicos. Sería ineficiente que un proponente de un proyecto que requiera un contrato o una concesión de RFP del gobierno coloque el proyecto en el Proceso del Título V de PROMESA antes de haber obtenido la adjudicación requerida por el gobierno, ya que puede dar a su proponente una ventaja no intencionada sobre sus competidores', dijo Jaresko.
'Si determinamos que un proyecto es un Proyecto Público, solicitaremos y confirmaremos la evidencia del contrato requerido o la adjudicación del RFP; de lo contrario, devolveremos la solicitud al proponente del proyecto y le indicaremos al proponente que debe obtener la adjudicación requerida. Los que no sean Proyectos Públicos, es decir, los proyectos que son entre privados o con un gobierno municipal, se considerarán a traves del proceso del Título V, como ha operado hasta ahora', agregó Noel Zamot, Coordinador de Revitalización de la Junta.
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