Poco a poco, sin prisa, la Junta sigue dando algunos pasos 'éticos'
La reciente reunión de la Junta de Control Fiscal (JCF) no solo trajo la certificación del Plan Fiscal para Puerto Rico. Tambien trajo la designación de la asesora de Ética, Andrea Bonime Blanc, y un comentario minúsculo sobre los conflictos de interes que pueden tener los miembros del ente rector de las finanzas públicas de Puerto Rico.
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El comentario del presidente de la JCF, José Carrión III, y también del expresidente del Banco Gubernamental de Fomento (BGF), Carlos García, dejó nuevas interrogantes.
'Todos hemos pasado por un proceso bastante extenso en el Departamento del Tesoro y por la Casa Blanca para nuestros nombramientos. Me parece que, en el caso de los demás miembros, hubo ciertos requisitos para poder participar de la Junta de vender ciertos activos. En el caso mío personal, nunca tuve bonos de Puerto Rico y ni tengo bonos de Puerto Rico', dijo CarriónIII antes de que García añadiera que él vendió unos bonos que tenía para poder convertirse en miembro de la Junta.
Luego de esto, cerró la conferencia de prensa sin que ningún otro miembro abordara el tema y sin que García ofreciera más detalles sobre esas transacciones.
Bonime Blanc es la principal oficial ejecutiva de GEC Risk Advisory, una empresa de consultoría sobre reputación corporativa, y la autora de 'The Reputation Risk Handbook: Surviving and Thriving in the Age of Hyper-Transparency', así como conferenciante en la Universidad de Nueva York.
Con su nombramiento la Junta cumple un criterio de la Ley PROMESAy presenta a quien se supone certifique sus informes financieros, los cuales ya sometieron sin esa evaluación pericial, y aconseje en materias de conflicto de interés.
La designación de Bonime Blanc también viene después de que la JCF publicara su Código de Conducta, que establece las normas éticas que deben seguir sus miembros y el personal contratado para evitar prácticas incorrectas, actos u omisiones de las disposiciones, según recoge el reglamento de 11 apartados.
En el primer precepto, se dispone que en todas las actividades que realice el organismo, los integrantes deberán mantener los más altos estándares de lealtad a la Junta y no perseguir sus intereses personales; actuar de buena fe en el desempeño de todo trabajo para la Junta y ejercer la cantidad apropiada de cuidado en sus procesos de toma de decisiones, incluido el concepto de investigación razonable para obtener la información.
Se establece, también, que deberán cumplir con el apartado 11.4 del reglamento, para evitar conflicto de interés; revelar sus informes financieros y mantener un acuerdo de confidencialidad para no divulgar información a terceras personas u otros individuos. La información confidencial deberá ser devuelta a mandato de la Junta, 'incluyendo originales y copias, ya sea en forma electrónica o impresa, y destruirá permanentemente cualquier copia electrónica de dichos materiales de sus dispositivos electrónicos y cuentas (incluyendo, pero no limitado a, cuentas de almacenamiento en la nube). Dicha persona pueda retener una copia de su producto de trabajo si mantiene su confidencialidad.
En las negociaciones de seguridad, los miembros no negociarán ningún valor basado en información que no sea pública relacionada con la seguridad. Tampoco podrán proporcionar comunicaciones a instrumentalidades o entidades gubernamentales del Gobierno estatal.
Para mantener una negociación imparcial, los integrantes deberán conducir el trabajo de la Junta de manera justa y de acuerdo con los más altos estándares éticos. 'En consecuencia, ninguna persona deberá: utilizar técnicas injustas, tales como la tergiversación de hechos materiales o la omisión impropia de información material, para obtener una ventaja; ofrecer o aceptar un soborno, retroceso o favor indebido; solicitar o aceptar, directa o indirectamente, cualquier regalo, gratificación, favor, préstamo, entretenimiento o cualquier otra cosa de valor de una persona que pueda verse afectada por el desempeño de sus funciones oficiales'.
En las relaciones con los acreedores, si algún exmiembro de la JCF tiene una relación directa o indirecta con el fiador, deberá informar al ente. Si la persona es un miembro de la Junta, lo asesorará el presidente del organismo y el oficial de Ética; y si la integrante es el presidente de la Junta, lo aconsejarán el vicepresidente de la Junta y al asesor de Ética.
Vea el Código de Conducta de la Junta abajo:
Código de Conducta de la Junta - NotiCel_23593