La prisa con la retroactividad de los veredictos unánimes, otra lucha de poder de TRS
[OPINIÓN] El editor senior de NotiCel, Oscar J. Serrano, advierte que los oponentes de la retroactividad no deben celebrar el aparente freno que han tenido los proyectos legislativos porque pueden ser aprobados por descargue o en una sesión extraordinaria.
No es el propósito de este escrito de opinión concluir si es conveniente que se legisle para aplicar retroactivamente el pronunciamiento reciente del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de que los veredictos de culpabilidad en casos de delito grave tienen que ser por unanimidad del jurado.
Lo que sí pretende es exponer algunos hechos sobre la forma en que interactúan los poderes constitucionales de nuestro gobierno y que nos pueden ayudar a buscar respuesta a la pregunta que todavía queda después de semanas de debate: “¿Cuál es la prisa?”
El cuestionamiento es válido. Después de todo, en los próximos meses el Supremo federal emitirá una decisión vinculante para los estados y para Puerto Rico sobre cuál es la retroactividad que debe tener su decisión de Ramos v. Louisiana, publicada el 20 de abril pasado.
Hay que estar bien pendiente de las fechas. Por un lado, desde al menos 1952, Puerto Rico ha tenido la capacidad, porque nada lo impedía, de requerir unanimidad para sus veredictos criminales. Sin embargo, en los casi 68 años que ha existido el veredicto por mayoría en nuestra constitución, ninguna Asamblea Legislativa ha sentido la urgencia de hacerle “justicia” a los acusados de delito mediante cambiar nuestra regla de veredicto por mayoría, o pluralidad, de votos a una regla de unanimidad, como la que han tenido todo este tiempo otros 48 estados. Otra vez, 68 años sin tomar acción en el tema y ahora, se llevan a velocidad de cohete de Space X dos proyectos para legislar la retroactividad del veredicto unánime, sin poder esperar ni 68 semanas ni 68 días.
Vea: Versiones encontradas en medida que establece veredictos unánimes retroactivos
“Esta Asamblea Legislativa tiene la preocupación de que puedan existir personas convictas y cumpliendo pena de reclusión bajo reglas de juego que fueron declaradas inconstitucionales, al haber sido encontrados culpables por veredictos de pluralidad”, dice el Proyecto del Senado 1590, de la autoría del presidente del cuerpo, Thomas Rivera Schatz, y que, junto con el Proyecto de la Cámara 2476, de la autoría de la representante María Milagros Charbonier Laureano, buscan abrir las puertas para que toda persona convicta mediante veredicto que no haya sido unánime, así sin ninguna otra restricción o calificativos, pueda conseguir un nuevo juicio.
En su proyecto, a Rivera Schatz se le olvidó explicar por qué hizo falta una decisión del Supremo federal para que se atendiera una “preocupación” que no pareció preocupar a los legisladores en los pasados 68 años y por qué, si lo importante era que el Supremo federal hablara, no puede esperar a que ese mismo Supremo federal diga si la norma de unanimidad va a ser retroactiva o no, como se espera que lo haga en los próximos meses.
Y, pues, buscando explicación para la hasta ahora inexplicada “prisa”, surgen elementos que llaman la atención.
Por ejemplo, podemos plantear, debido a información de fuentes inexpugnables, que la primera reacción de Rivera Schatz y su grupo asesor después del veredicto de Ramos fue que eso no aplicaba en Puerto Rico porque ya en otro caso del Supremo federal (Balzac, de 1922), se había dicho que aquí no aplicaba el juicio por jurado como un derecho por ser un territorio y no un estado. El arranque llegó hasta el Departamento de Justicia donde hubo fiscales en distritos, y hasta algunos elementos en la estructura central, que abogaron también por esa teoría.
Pero, el 8 de mayo, menos de tres semanas después del pronunciamiento del Supremo federal, el Tribunal Supremo de Puerto Rico acabó con esas teorías e incorporó en nuestro ordenamiento legal la norma de unanimidad en los veredictos, formalizando así que una parte de nuestra Constitución, y de nuestras Reglas de Procedimiento Criminal, habían quedado anuladas en tanto y en cuanto permitían veredictos criminales de 9 a 3, en vez de unánimes.
Y ahí se activaron unos resortes en Rivera Schatz quien, como ya ustedes saben, es una especie de versión malandrina del filósofo René Descartes. Aquel decía “pienso, luego existo” y el nuestro dice “maquino, luego existo”. Y la maquinación llevó a esta conclusión revestida de pura intentona de protagonismo y poder político: “si nos apresuramos, le robamos el tiro al Tribunal Supremo”.
Vea: Colisión de derechos: del veredicto unánime a la retroactividad
¿Por qué? Porque, aunque es de lo menos que se ha mencionado en todo este debate, el tema de la unanimidad del veredicto es, al final del día, un tema de las Reglas de Procedimiento Criminal y, por disposición constitucional, el único que puede crear Reglas de Procedimiento Criminal es el Supremo, no la Legislatura.
Fíjense cómo es la jugada: dice la Constitución que el Supremo somete las reglas a la Legislatura “al comienzo de su próxima sesión ordinaria” y las reglas entran en vigor 60 días después de que se acabe esa sesión, a menos que la Legislatura las desapruebe.
El 26 de mayo, poco más de un mes después de la decisión del caso de Ramos, el Supremo comunicó que pretendía finalizar unas nuevas Reglas de Procedimiento Criminal que, de ser sometidas a la Legislatura, serían las primeras presentadas por ese foro desde 1963. Pero, ¿a qué Asamblea Legislativa le tocaría recibir esas nuevas reglas? A la que sea que juramente en enero de 2021 porque ya no hay ninguna otra sesión ordinaria este año, así que hay una posibilidad electoral de que no le toque a Rivera Schatz y a la mayoría penepé.
Pero todavía hay más en el tablero. La decisión del 8 de mayo (Pueblo v. Torres Rivera) que incorporó los veredictos unánimes fue, a su vez, una expresión unánime de los nueve jueces que componen nuestro Alto Foro. Es una alineación rara en un Supremo que ha estado bastante fraccionado y polarizado (y es aún más llamativo que todos se hayan apuntado en una opinión escrita por una disidente pugilista como ha sido la exsecretaria de Justicia, Anabelle Rodríguez Rodríguez).
La decisión tiene una nota al calce que dice que no van a resolver ahora la controversia de si aplica retroactiva o no, pero tiene una fuerte inclinación a que los casos que ya son finales y firmes no deben estar sujetos a revisión bajo la nueva regla.
Esto choca con los proyectos legislativos, que buscan que todo el que haya tenido un veredicto que no fuera unánime pueda pedir un nuevo juicio aunque el caso ya sea final y firme y sin importar el tiempo que ha pasado. Aunque no llega a disentir, solo un juez advirtió que se debió resolver el punto de la retroactividad y adelantó su criterio de que puede ser que la retroactividad aplique a más casos que solo los que están activos ahora. Se trata del juez Luis Estrella, un exasesor de Rivera Schatz en el Senado cuyos argumentos aparecieron repetidos casi palabra por palabra en la exposición de motivos del proyecto que el presidente del Senado radicó el 18 de mayo.
Y, volvemos, ¿por qué la prisa?
Sin entrar en otras teorías truculentas que hay, ajustándonos solo a estos hechos procesales y de relación de poderes constitucionales, si bien la Legislatura no puede crear reglas de procedimiento, las puede modificar. Y eso es lo que buscan los proyectos de retroactividad que se quieren llevar al trote. Si alguno se convierte en ley, Rivera Schatz consigue robarle el tiro al Supremo cambiando la regla antes de que ellos presenten sus nuevas reglas, poniéndolos en la posición de, o someterse a la retroactividad que se legisla ahora, o hacer el papel de villano “arrebatando” en sus nuevas reglas el regalo de lo que ha sido descrito como un “indulto legislativo”.
Aún si el Supremo, como intimó el 8 de mayo, presenta reglas que no incluyen la retroactividad de los veredictos unánimes, si el Presidente del Senado logra meter la retroactividad en las reglas ahora, se abre un espacio que dura hasta por lo menos septiembre de 2021 para que cientos o miles de convictos presenten peticiones de nuevo juicio porque, como explicamos, las reglas nuevas comienzan a aplicar 60 días después de la sesión en la que se presentan y esa sesión, la de enero de 2021, termina en junio de 2021.
Una alternativa para cortar ese período es que la nueva Asamblea Legislativa rápidamente legisle para deshacer la retroactividad en las reglas pero, aún así, habría una cantidad de solicitudes de nuevo juicio radicadas bajo la “gracia” de Rivera Schatz y la mayoría actual.
Nadie puede, ni va a poder decir porque la información no está compilada, cuántos convictos podrían pedir nuevo juicio si se hace retroactiva la unanimidad. Pero solo piense, lógicamente, los delitos más graves (como el asesinato, violación y drogas) conllevan las penas más largas y las penas más largas son las que van a crear el mayor incentivo de buscar una salida como la que promete esta maniobra legislativa.
Por eso es que los oponentes de la retroactividad no deben celebrar el aparente freno que han tenido los proyectos. El tablero está puesto para hacer la jugada, y la jugada se puede hacer por descargue hasta el último día de aprobación de proyectos en esta sesión (25 de junio), o incluso en una extraordinaria. Una de esas extraordinarias interesantes de fin de año que los partidos hacen si pierden las elecciones.
Recuerden que es nuestro Descartes malandrín con el que estamos bregando… “maquino, luego existo”.