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Johnny Méndez se arrepiente de firmar orden administrativa que regula acceso a información cuando lo hizo, pero no la retirará

Esa directriz excede el ámbito de la Ley de Transparencia, según expertos.

La directriz del presidente de la Cámara, Carlos "Johnny" Méndez Núñez provocó una avalancha de críticas y cuestionamientos.
Foto: Archivo/Juan R. Costa

El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos J. Méndez Núñez, defendió ayer la orden administrativa que regula el acceso a la información pública del cuerpo que preside, pero lamentó haber firmado la directriz a un mes de los arrestos y acusaciones federales contra los legisladores María Milagros Charbonier y Nelson del Valle por supuestamente participar en esquemas fraudulentos mediante el cual inflaban el salario de empleados para cobrar comisiones ilegales y quedarse con una tajada de su sueldo.

La orden administrativa 2020-016 permite el examen físico de los documentos, pero impone cargos de hasta 50 centavos por copia sencilla de las facturas y contratos de los contratistas de la Legislatura. Dicha orden -firmada el 15 de septiembre- también consigna que los expedientes de personal no constituyen información pública como lo estipula la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública del año pasado.

Esta directriz de Méndez Núñez, sin embargo, agrega que tampoco será de dominio público la información personal de los representantes y sus familias, pese a que muchos funcionarios públicos contratan a familiares o allegados para realizar tareas oficiales.

“No, claro que no (retiraría la orden). Me arrepiento de haberla firmado en ese momento, pero es que la orden es justa. La orden es correcta. Es en derecho. La orden no tiene nada en contra de la ley y yo lo que estoy protegiendo es la integridad de las personas”, aseguró Méndez Núñez a NotiCel.

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Rechazó que la orden administrativa de cuatro páginas surgiera en respuesta a los arrestos por corrupción pública y con la intención de ocultar información para proteger a sus colegas de cara a las elecciones generales del próximo 3 noviembre.

“Siempre van a decir algo. Eso fue pura casualidad, de verdad. Ni cuenta me di yo de eso y es triste que le den esa connotación porque nada de eso tiene que ver con el arresto de ninguno de los compañeros. Eso es algo que se viene trabajando desde febrero y precisamente se estuvo analizando, evaluando para no afectarle derechos a nadie y surgió en el momento en que surgió y yo tengo que asumir la responsabilidad por el tiempo en que la firmé”, apuntó.

“Esa es la impresión de algunas personas. La orden es un complemento de lo que dice la Ley. La orden lo único que hace es que establece cuál es el alcance, qué se va a brindar y siempre se va a garantizar la privacidad de los empleados, de las personas. Si quieren solicitar algo que pueda transgredir esa privacidad pueden ir directamente al empleado luego que se le da la información general y el empleado o la persona que brinde la información”, añadió.

La Ley de Transparencia establece que “la información y documentación que produce el gobierno se presume pública y accesible a todas las personas por igual. La información y documentación que produce el gobierno en sus estudios, transacciones y en el ejercicio de la autoridad pública, de manera directa o delegada, son patrimonio y memoria del pueblo de Puerto Rico”.

El Artículo 4 impone al Gobierno la responsabilidad de facilitar el acceso a la información pública, que tiene que divulgar rutinariamente a través de sus páginas electrónicas oficiales y de otros medios de comunicación.

“Como regla general, el derecho de acceso o de inspección de un documento público será permanente y gratuito. La expedición de copias simples o certificadas, grabaciones y reproducciones estará sujeta al pago de derechos y cargos razonables. Los cargos correspondientes se establecerán por reglamento u orden administrativa. Se entenderá razonable el pago de los costos directos de reproducción, el costo de envío por correo regular y los derechos expresamente autorizados en ley”, dispone el Artículo 8.

A tenor con esta disposición, la Orden Administrativa estableció un régimen de pago. El examen del documento no conlleva costo, pero una copia en papel o certificada tiene menor costo que una copia digital, que es la opción más rápida y ambientalmente segura. Por ejemplo, las primeras 200 copias sencillas tienen un costo de 50 centavos, pero si son copias certificadas hay que pagar $1.00. Ese mismo documento digitalizado tiene un costo de $3.00 por página hasta un máximo de 1,000 páginas.

El Presidente de la Cámara baja justificó este cargo, que según la Ley de Transparencia no aplica a personas indigentes.

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“La situación que ha causado la Ley, es que ahora tenemos que crear una oficina o una persona que se destaque exclusivamente para eso. Hubo una persona que me requirió a mí una información desde el 2013 al presente. Eso requiere ir al archivo inactivo a buscar documentos. Tengo que sacar una persona que trabaje exclusivamente con eso y, que, adicional, a eso busque cuáles son los documentos que se van a sacar copias. Tú sabes los costos de la copia, de la tinta, todo eso. ¿Quién la va a afrontar? Nosotros hemos tenido una reducción de $29 millones y obviamente tenemos que tomar en consideración esos factores”, explicó.

Pero la Ley de Transparencia exige que cada agencia identifique al menos tres servidores públicos, dos de ellos empleados carrera para ocupar los puestos de oficiales de información. Los oficiales recibirán el debido adiestramiento y rendirán informes mensuales sobre el número de solicitudes recibidas, la información solicitada y el estatus de dicha petición.

"¿Estos requerimientos coartan el acceso a la información o buscan ocultar información?", insistió este medio digital.

“Mira lo que está sucediendo, algunas personas me están pidiendo información sobre salarios de empleados, si usted quiere obtener el salario de un empleado vaya a la oficina del legislador y pídaselo al legislador o al empleado”, respondió.

“Sabes por qué no se da el salario, en una ocasión sacaron en la prensa que un abogado se ganaba $180,000. Ese era el contrato y es que a lo mejor el contrato era hasta un máximo de $180,000 dependiendo de las horas que facture, pero en el año el abogado lo que facturó fueron $30,000, pero al publicar esa nota, la gente cuenta y jura que se ganó $180,000. Quién me asegura a mí que no haya puesto en riesgo a esa persona porque cualquier malandrín haya dicho que ‘éste tiene chavos, vamos para allá.’ De la misma manera, yo protejo la seguridad e integridad de los empleados”, agregó.

Dijo que divulga información dentro de los confines de las leyes vigentes como en el caso del representante Rafael “Tatito” Hernández, quien lo demandó para obtener información de los contratistas del cuerpo tras agotar el proceso administrativo de requerimiento de información.

La candidata a la Cámara baja por el Movimiento Victoria Ciudadana, Eva Prados Rodríguez también lo demandó en busca de información precisa sobre la nómina de los últimos ocho años. El tribunal desestimó el pleito porque la controversia no estaba madura. Prados Rodríguez recibió información parcial, pero ha mantenido públicamente su intención de acudir a los juzgados del país si no recibe la información solicitada.

La orden excede la Ley de Transparencia

El exrepresentante del Partido Independentista Puertorriqueños, Víctor García San Inocencio, aseguró que la orden ejecutiva busca restringir el acceso a la información pública y de interés público como saber cuánto gana y que servicios prestan los empleados de la Rama Legislativa.

“Es un alambrado para dificultar el acceso a la información eminentemente pública sino para dificultarlo, para hacerlo imposible antes de las elecciones”, insistió.

Planteó también que la amplitud de la directriz viola la Ley de Transparencia.

“Para acceder a información pública no hay que estar pagando esa suma, no estás copiando obras de arte. Son totalmente irrazonables. Además, permitir la inspección y no permitir el verdadero acceso para que la personas tenga la copia, es una manera de coartar la utilización de la información”, indicó.

El licenciado Frank Torres Viada, quien al igual que García Inocencio se ha especializado en el tema del acceso a la información, apuntó que el Artículo de Exclusiones de la orden ejecutiva “no superaría escrutinio constitucional”.

Mira la orden administrativa aquí:

PDF: Orden Administrativa 2020-016.pdf

Mira la Ley de Transparencia aquí.

PDF: Ley de Transparencia.pdf