Negociado de Energía ordena evaluación de todas las fuentes de generación de energía
Esto tras la firma de la nueva Ley 1-2025 que puntualiza la necesidad de nuevas fuentes.
El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público emitió una Resolución y Orden en la que se expresa sobre la nueva Ley 1-2025 que puntualiza la necesidad de nuevas fuentes de generación.
El Negociado determinó que es necesario auscultar costos y el tiempo que tomaría desarrollar nuevas y modernas fuentes de generación de energía que permitan alcanzar las metas establecidas en la nueva política pública energética y que además, sea beneficioso para los consumidores de electricidad.
El presidente del NEPR, el licenciado Edison Avilés Deliz, sostuvo que la Resolución y Orden señala que, preferiblemente, las nuevas unidades de generación no deben exceder los 400 megavatios y que deben tener flexibilidad para facilitar la integración de energías renovables para alcanzar la meta establecida en la Ley, de 100 por ciento para el 2050.
“Además, no deben limitarse a plantas de gas, sino que deben incluir todos los tipos de generación, siempre que se consideren como generación de carga base según la política pública vigente. También debe promoverse que, en la medida de lo posible, la ubicación de estas unidades debe estar lo más cerca posible de los centros carga”, establece el documento.
De hecho, el Negociado sostiene que se espera que los costos de nuevas unidades sean menores si se desarrollan en las zonas que ya cuentan con infraestructura eléctrica, portuaria y de manejo de combustible o en los lugares de generación existentes de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
Para darle paso al proceso de auscultar nuevas fuentes de generación, que podría explorar un total de 2,500 a 3,000 megavatios de nueva capacidad, el Negociado de Energía ordenó a la AEE a notificar a la Autoridad de Alianzas Público Privadas (AAPP), dentro los próximos cinco (5) días laborables, la determinación del NEPR de que se comience con la Solicitud de Propuestas para nuevas fuentes de generación con las especificaciones contenidas en la Resolución y Orden.
Según se explicó, la Ley 120-2018 establece específicamente que toda transacción de la AEE debe realizarse mediante el proceso establecido en la Ley Núm. 29-2009 para el establecimiento de Alianzas Público Privadas y que la AAPP es la entidad gubernamental autorizada y responsable de implementar la política pública sobre las transacciones de la AEE relacionadas con la generación, distribución y transmisión de energía eléctrica, así como la medición y cualquier otra función, servicio o instalación de la AEE.
Finalmente, el NEPR ordenó a la AEE a presentar, dentro del mismo término, evidencia de que cumplieron con la Resolución y Orden.