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Cuestionan viabilidad fiscal para el alza en las pensiones de los bomberos

La legislación fue radicada por petición del Sindicato de Bomberos.

Una propuesta legislativa que busca aumentar las pensiones que reciben los miembros retirados del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, fue apoyada por el Sindicato de Bomberos Unidos de Puerto Rico (SBUPR), pero no recibió el visto bueno de la Junta de Retiro, que cuestionó la capacidad de financiamiento de sus costos.

El Proyecto de la Cámara 2071 crearía la ‘’Ley de Ajuste Razonable al Retiro de los Bomberos’’ y fue objeto de vistas públicas por la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes.

El sindicato de los bomberos estuvo representado por su presidente, José Tirado García, que fue identificado como el autor y peticionario de la medida legislativa.

‘’El Sindicato tiene conocimiento de los retos que representan los proyectos legislativos que tienen o pudieran tener un impacto fiscal y sobre las estrictas normas que impone la Junta a toda pieza legislativa para que cumplan con las disposiciones del Plan Fiscal y Ley Promesa. Ante eso entendemos que nuestra propuesta cuenta con los fondos necesarios para lograr un retiro digno con fondos recurrentes y autosustentables’’, dijo en defensa del proyecto.

Recordó que el proyecto propone la creación de un Fideicomiso sin fines pecuniarios que será custodio de los fondos que nutrirán este sistema de retiro. La fuente de esos fondos, indicó, es “la transferencia de las aportaciones a los planes de retiro de todos los empleados de rango activos, la provenientes de los recaudos por concepto de la emisión del certificado de prevención de incendios en los establecimientos de alquiler a corto plazo, el 8.5% que los empleados activos aportan al Plan 106, así como cualesquier otros bienes que en el futuro adquiera o aquellos que le sean donados”.

La creación de la “Ley del Fideicomiso para el Retiro de los Bomberos” está contenida también en este proyecto 2071.

“Para reforzar los ingresos al fideicomiso, exponemos a la honorable Cámara de Representantes que por virtud de la Ley 20 de 2017, el Negociado de Prevención de Incendios, que es una división dentro del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, lleva a cabo por lo menos una inspección anual de los edificios comerciales, industriales o gubernamentales, así como los hoteles, hospitales, escuelas e instituciones de educación superior, los sitios de recreo y deportes y todos aquellos edificios destinados a la celebración de asambleas, exhibiciones o espectáculos públicos, edificios multipisos de uso comercial, así como las áreas comunes de edificios multipisos de uso residencial. No así, los ingresos por concepto de certificación de prevención de incendios en los alquileres a corto plazo y que este proyecto regulará”, agregó.

Indicó que actualmente, los alquileres a corto plazo no están regulados en cuanto a prevención de incendios se refiere. “Es decir, no es un requisito tener la certificación de prevención de incendios. El gobierno de Puerto Rico, como política pública tiene la responsabilidad de velar por la seguridad de sus ciudadanos. La certificación de prevención de incendios busca que los ciudadanos puedan disfrutar de los alquileres a corto plazo de manera segura y eso solo se puede garantizar si aplicamos la correspondiente reglamentación de seguridad. Esto a su vez, generaría ingresos recurrentes para mejorar el retiro de los bomberos”.

Afirmó finalmente que que la aprobación de este proyecto de ley para los bomberos es de suma importancia “ya que entendemos que es apremiante, urgente y necesario mejorar el retiro de nuestros bomberos”.

Junta de Retiro cuestiona origen fondos

Por su parte el director ejecutivo de la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico, Luis Collazo Rodríguez, no avaló la medida, mayormente por el impacto fiscal que podría tener, y que no está estimado en el proyecto bajo discusión.

“En síntesis, la medida propone crear un fideicomiso de bomberos con los fondos por concepto de inspecciones a los alquileres a corto plaza y las aportaciones del 8.5% realizadas por los miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos al Nuevo Plan de Aportaciones Definidas (Plan I06) para garantizarles un retiro de un cincuenta (50%) de su salario promedio de los (últimos tres (3) años previo a la fecha de retiro. Ademas, busca enmendar la Ley para reducir la edad de retiro a cincuenta (50) anos”, sostuvo Collazo en su presentación a la Comisión.

Reconoció la importancia de ofrecer garantías y beneficios a los Miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos para que puedan retirarse con una compensación justa, pero advirtió que la intención del Proyecto es ofrecer beneficios adicionales a los que hoy en día tienen derecho, y que inclusive son mayores, a los dispuestos en la Ley 81 – 2020, que fue anulada por disposición del Tribunal Federal en agosto de 2023.

“Por consiguiente, consideramos que lo propuesto en el PC 2071 tendría un impacto fiscal no considerado y representa un reto legal ante las disposiciones establecidas en el Plan de Ajuste. De igual manera, del PC 2071 no se desprenden estudios, análisis y/o proyecciones económicas que sustenten la vialidad fiscal de lo propuesto en el PC 2071. De igual forma, no surge de la medida si el 50% a pagarse será pagado en su totalidad a través del Fideicomiso propuesto o si será pagado a través de! PayGo, o si será pagado el porciento existente del PayGo y la diferencia entre el porciento existente y el 50% del Fideicomiso”, afirmó.

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