Procuradora de Edad Avanzada no avaló trueque de residencia por cuidado de envejecientes
La Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) reveló que no había avalado la aprobación del Proyecto de la Cámara 2151 que busca establecer que los ancianos paguen por los servicios de cuidado 'donando' sus hogares.
Según una carta dirigida a la representante María Milagros Charbonier, la OPPEA consideró que el proyecto plantea varios problemas 'y que podrían conllevar a una violación a las limitaciones establecidas para el uso de los fondos federales que se utilizan para proveer los servicios que brindan los municipios a las personas de edad avanzada'.
'Una gran cantidad de los servicios que ofrecen los municipios a las personas de edad avanzada son provistos a través de la Older Americans Act a través de esta agencia [OPPEA], por lo que no podrían aceptar las propiedades de las personas de edad avanzada como pago por dichos servicios', lee la ponencia de la procuradora Carmen Sánchez Salgado.
De igual forma, la OPPEA reveló que al momento otorgan a los municipios fondos de la Older Americans Act para costear el funcionamiento de centros de actividades y servicios múltiples.
Por otro lado, la agencia encontró preocupante que la legislación proponga que los ancianos enajenen sus propiedades sin realmente conocer su deuda al municipio.
'Del proyecto de ley que nos ocupa se puede inferir que la persona de edad avanzada entregaría en dación en pago su propiedad antes de conocer el balance de su deuda, lo que es contrario a los principios generales de la contratación de consentimiento, objeto y causa', establece la OPPEA.
Citando al Tribunal Supremo, la Procuradora esbozó que para que una dación pueda entrar en efecto debe existir una deuda de la persona de edad avanzada y el individuo debe saber exactamente cuál es el costo del servicio.
'Entendemos y conocemos el costo de los servicios que se brindan a las personas de edad avanzada y creemos posible establecer formas de recobrar por los mismos sin menoscabar el derecho propietario de las personas de edad avanzada', concluye el documento.
Puede leer la ponencia completa aquí