Gobernador firma 6 cambios para la industria de seguros
El gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó seis medidas de la Cámara y el Senado que traen cambios a la industria de seguros en Puerto Rico, sumamente criticada por su lenta y accidentada respuesta para con los asegurados despues del huracán María.
Las medidas firmadas hoy, martes, en Fortaleza junto al comisionado de Seguros, Javier Rivera, el secretario de Estado, Luis G. Rivera Marín, y el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, son los proyectos senatoriales 1056, 1054 y 1058 así como las medidas de la Cámara 1645, 1727 y 1729.
'Fuimos enfáticos en que no estábamos complacidos con el trámite que las aseguradoras dieron a sus asegurados en la recuperación luego de los desastres naturales del año pasado. A esos fines, convocamos una cumbre --que incluyó asegurados, aseguradoras, comercios, sector privado, municipios e individuos-- donde se recogió el insumo de todos los sectores para atemperar el Código de Seguros a las realidades contemporáneas y para buscar mayores protecciones a los asegurados que son la parte vulnerable en un contrato de seguros', expresó en conferencia de prensa hoy el gobernador Ricardo Rosselló Nevares.
Todos los proyectos firmados enmiendan el Código de Seguros. El PS 1056 provee para asegurar que los fondos necesarios para la recuperación comiencen a fluir rápidamente. Esta ley requiere a las aseguradoras, ante un estado de emergencia en la Isla, proceder con la emisión de pagos parciales aplicable a las partidas donde no existe controversia dentro de diez días calendario de que la oferta sea aceptada.
De otro lado, el PS 1054 incorpora el proceso obligatorio para las aseguradoras de valoración (appraisal) por medio de un árbitro, lo cual permitirá agilizar la resolución de discrepancias sobre el valor de los daños o perdida. Este proceso de valoración --disponible en las demás jurisdicciones de los Estados Unidos-- no suplantará o constituirá una renuncia del derecho del asegurado a iniciar una acción judicial. Tambien crea salas especializadas y con jueces preparados en materias de seguros para que atiendan de manera expedita este tipo de casos.
El PS 1056, por ejemplo, requiere que las aseguradoras adelanten pagos parciales a los asegurados de aquellas partidas que no esten en controversia. A su vez, el PS 1058 requiere que las aseguradoras adelanten sus planes de emergencia para catástrofes a la Oficina del Comisionado de Seguros. El mismo debe ser revisado y certificado por un profesional experto en planificación de continuidad de negocios al menos cada cinco años. Esta medida tambien provee para que cada asegurador objeto de auditoría reembolse los gastos incurridos en la investigación o examen.
Esto permitirá que la Oficina del Comisionado de Seguros pueda contar con mayores recursos de fiscalización y garantizar a la ciudadanía que, aún ante un desastre mayor, la entidad cuenta con la capacidad financiera para responder de conformidad a lo pactado.
De otro lado, el PC 1727 busca permitir mayor acceso del sector comercial al mercado de líneas excedentes de seguros. Y el PC 1729 define y regula el sector de los microseguros, lo que viabiliza y autoriza una nueva cubierta a bajo costo con beneficios definidos, conocida como microseguros que --en caso de ocurrir un evento catastrófico-- permitiría al asegurado recibir una indemnización predeterminada sin necesidad de pasar por los procesos de ajuste de la reclamación. En tanto, el proyecto de la Cámara 1645 crea una nueva causa de acción para casos donde el asegurador no haya procedido con buena fe o que el manejo de la reclamación fuera irrazonable. Lo anterior incluye el no resolver las reclamaciones con prontitud, cuando la responsabilidad de la aseguradora sea clara. El asegurador que incurra en esta práctica estará sujeto al pago de daños, incluyendo daños punitivos, y el pago de costas y honorarios de abogado.
Puede leer todos los proyectos a continuación.