Con presupuesto para hacer estudios la Comisión de Salario Mínimo
Contará con una asignación de $205,000.
La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) autorizó una reasignación de $205,000 solicitada por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos para financiar los estudios que tiene que realizar la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo.
Según la Ley 47-2021, conocida como la Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, a partir del 1 de julio entraría en vigor un nuevo salario mínimo de $10.50 a menos que la comisión evaluadora emita un decreto mandatorio variando el incremento. El incremento salarial del 1 de julio aplicaría a todos los trabajadores cobijados por la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo, exceptuando aquellos trabajadores de la industria agrícola y aquellos empleados de gobierno, incluyendo el Poder Judicial, la Legislatura y los municipios.
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En el caso de los trabajadores que reciben propinas, tendrán derecho al salario mínimo federal vigente para dichos cuando se tome en cuenta el salario devengado y las propinas que reciben.
La comisión evaluadora tiene cuórum en propiedad desde noviembre para realizar sus trabajos, aunque celebró su primera reunión en agosto al contar con la presencia de Jaimé Núñez Acosta, quien fue nombrado en receso, pero no había sido confirmado. Han recibido la autorización del Senado Wilkin López Del Valle e Iyari Ríos González, en representación de los trabajadores; Núñez Acosta, en representación de los patronos e Indira Luciano Montalvo, en calidad de economista.
El quinto integrante es el secretario del Trabajo, Gabriel Maldonado González.
Faltan por ser confirmados los ocupantes de tres sillas, incluyendo un economista y un representante de los patronos. Esta última silla sería llenada por Nydia Watlington Castro, pero su nominación fue retirada por el gobernador Pedro Pierluisi.
Según dispone la ley, la comisión tiene que rendir un informe anual sobre los salario, horario, beneficios, remuneraciones y las condiciones de trabajo que prevalecen en las distintas industrias en Puerto Rico. Este Informe, según dispuesto en la Ley 47-2021, deberá contener un análisis comprensivo del costo de vida y la inflación, así como recomendaciones puntuales sobre cuál debería ser el salario mínimo para ese año natural.
El informe anual debe estar accesible a través de la página electrónica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.
Los decretos mandatorios, que tienen fuerza de ley, tendrán que ser aprobados, al menos, una vez cada dos años.
La Comisión Evaluadora también tiene la responsabilidad de aprobar decretos mandatorios que contemplen aumentos al salario mínimo a modo prospectivo, emitir un decreto mandatorio especial aplicable a los trabajadores agrícolas y otro para aquellos trabajadores que reciben propinas.
Igualmente tendrá que determinar si es necesario aprobar un decreto mandatorio para los administradores, ejecutivos y profesionales, quienes tradicionalmente se conocen como empleados exentos.