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Panel sobre el FEI ordena archivo querella contra Rector Interino UPR Carolina

Relacionada a la construcción de una antena de telecomunicaciones.

La investigación de Justicia confirmó que no se configuraron los delitos de incumplimiento del deber, negligencia en el cumplimiento del deber, ni malversación de fondos públicos. Tampoco, intervención indebida en las operaciones gubernamentales.
Foto: Luis Alberto Lopez

Luego de un análisis de la prueba recopilada durante la investigación preliminar realizada por el Departamento de Justicia, el Panel del Fiscal Especial Independiente resolvió no designar un Fiscal Especial Independiente sobre alegadas actuaciones contrarias a la ley contra el rector interino del recinto de Carolina de la Universidad de Puerto Rico (UPR) Jorge Valentín Asencio, trascendió el viernes.

El asunto ante el Panel se originó tras un referido recibido en Justicia por una querella presentada por el Presidente de la Junta de Gobierno de la UPR, Ricardo Dalmau Santana, ante alegadas violaciones de ley relacionadas a la instalación de una torre de telecomunicaciones en los predios de ese recinto.

Finalizada la investigación preliminar sobre la documentación recibida y acorde con la evidencia, entrevista a testigos y el derecho aplicable, la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor de Justicia concluyó que, pese a que ocurrieron omisiones a normas universitarias, no se constituyó ningún delito tipificado en el Código Penal.

Además, que el referido contrato no ocasionó pérdida de fondos públicos ni daños a la propiedad. Por el contrario, se allegaron fondos no contemplados a las arcas de la UPR.

De hecho, según el FEI se evidenció que el entonces rector interino, Valentín Asencio, había obtenido del entonces presidente de la Junta de Gobierno, Walter Alomar Rodríguez, la debida autorización para firmar el contrato, cuyo monto final representaría un recaudo de $595,205.

No obstante, luego de que se firmara el contrato, hubo protestas de la comunidad, alegando posibles perjuicios a su salud. La Cámara de Representantes aprobó la Resolución 1249, para investigar el proceso de obtención de permisos para la construcción de la mencionada torre. Dos años después de su otorgamiento, el contrato fue cancelado.

La investigación de Justicia confirmó que no se configuraron los delitos de incumplimiento del deber (Artículo 262), negligencia en el cumplimiento del deber (Artículo 263), ni malversación de fondos públicos (Artículo 264). Tampoco, intervención indebida en las operaciones gubernamentales (Artículo 254).

“Luego de evaluar cuidadosamente la evidencia recopilada y la investigación realizada por el Departamento de Justicia, así como el contenido del Informe Preliminar sobre dicha investigación, acogemos la recomendación de no designar un Fiscal Especial Independiente, por lo que ordenamos el archivo definitivo de este asunto, sin trámite ulterior”, reza la Resolución emitida por el Panel sobre el FEI.