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Secretario de Hacienda habla sobre Incentivo Reintegrable y el ajuste al Crédito por Trabajo

Para la planilla correspondiente al año contributivo 2023, aumentará el beneficio de Crédito por Trabajo, que comenzó a desembolsarse en el año 2021.

Secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, explicó que miles de familias recibirán beneficios para el año contributivo 2023 con un aumento por ajuste de inflación en el Crédito por Trabajo y un posible incentivo reintegrable que podrían alcanzar unos $1,500 millones en alivios para la clase trabajadora.

“Estamos trabajando sobre una propuesta que concedería un incentivo reintegrable similar al propuesto en el Proyecto de Ley de Alivio Contributivo para el año contributivo 2023. Este, de concretarse, representará un desembolso de aproximadamente $260 millones, beneficiando a más de 177,000 familias de la clase trabajadora principalmente”, explicó el funcionario.

Según propuesto, el incentivo reintegrable sería la diferencia entre la responsabilidad contributiva de cada individuo, según presentada en la planilla correspondiente al año contributivo 2023 y lo que hubiese resultado de dicha responsabilidad contributiva a base de la contribución determinada en el Proyecto de la Cámara 1839.

Por otro lado, para la planilla correspondiente al año contributivo 2023, aumentará el beneficio de Crédito por Trabajo, que comenzó a desembolsarse en el año 2021. El beneficio tendrá un aumento de $233 millones a 669,000 familias, adicional a su costo original, por un ajuste por inflación.

El Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 23-05, informa un ajuste por inflación al Crédito por Trabajo equivalente al 15% del Ingreso Bruto Ganado (IBG). En el caso de un contribuyente individual sin dependiente, si el IBG es mayor de $17,660, pero no excede de $28,700, el crédito máximo será de $1,656, será reducido por una partida igual al 15% del IBG en exceso de $17,660.

Los contribuyentes casados que rindan planilla conjunta sin dependiente, si la suma del IBG por ambos es mayor de $19,870, pero no excede los $30,910, el crédito máximo de $1,656 será reducido por una partida igual al 15% del IBG, en exceso de $19,870.

Para individuos con un dependiente cualificado, el crédito será equivalente a un 33.98% del IBG, hasta un máximo de $3,864. Si el IBG es mayor $19,870, pero no excede $34,222, el crédito máximo será reducido por una partida igual al 26.92% del IBG, en exceso de $19,870.

Los casados con un dependiente, que rindan planilla conjunta, si la suma del IBG es mayor de $24,280, pero no excede $38,632, el crédito máximo de $3,864, será reducido en una partida igual al 26.92% del IBG, en exceso de $24,280.

Los individuos elegibles con dos dependientes cualificados, tendrán un crédito equivalente al 40% del IBG, hasta un máximo de $6,072. En el caso de contribuyente individual, si el IBG es mayor de $23,180, pero no excede los $40,841, el crédito máximo será reducido por una partida igual al 34.38% del IBG, en exceso de $23,180.

Los contribuyentes casados con dos dependientes que tengan un IBG mayor de $27,590, pero que no exceda de los $45,251, tendrán un crédito máximo de $6,072 reducido en una partida igual al 34.38% del IBG, en exceso de $27,590.

Individuos elegibles con tres o más dependientes cualificados recibirán un Crédito por Trabajo equivalente al 44.83% del IBG, hasta un máximo de $7,173. En el caso del contribuyente individual, si el IBG es mayor de $23,180, pero no excede los $44,147, el crédito máximo será reducido por una partida igual al 34.21% del exceso de $23,180.

Los contribuyentes casados con tres o más dependientes que sumen un IBG de $27,590, pero no exceda de $48,557, tendrán un crédito máximo de $7,173 reducido por una partida igual al 34.21% del exceso de $27,590.

Otros requisitos de elegibilidad establecidos en la Sección 1052.01 del Código de Rentas Internas en la Carta Circular de Rentas Internas 22-02, continúan vigentes y deben cumplirse para poder solicitar el Crédito por Trabajo en la Planilla del año contributivo 2023.

Vea la conferencia de prensa en vivo desde el Departamento de Hacienda: