Resumen: Lo más importante que debes saber de la nueva Orden Ejecutiva
Las nuevas directrices entran en vigor el próximo lunes
La nueva Orden Ejecutiva para atender la pandemia fue dada a conocer hoy por el gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia y trajo consigo más flexibilizaciones, debido a la reducción de casos positivos, hospitalizaciones y muertes reportadas en la Isla en las pasadas semanas.
La suspensión del toque de queda, el aumento en el aforo en comercios y restaurantes y la eliminación del uso de la mascarillas en playas y parques son algunas novedades en la nueva directriz, que entrará en vigor este lunes, 24 de mayo, y se extenderá hasta el domingo 6 de junio.
A continuación, un resumen de los puntos más importantes de esta nueva Orden Ejecutiva:
- Se elimina el toque de queda impuesto el 15 de marzo del 2020.
- Se mantiene la restricción de aglomeraciones y se exige el distanciamiento físico, así como el uso de mascarilla en todo establecimiento público.
- Se requiere trabajo presencial en las operaciones gubernamentales mientras sea viable y se elimina la restricción del 30% de ocupación de la facilidad gubernamental cuando esta recibe público.
- Los establecimientos comerciales, incluyendo los restaurantes, podrán operar de 5:00 a.m. a 12:00 de la medianoche. Están excluidos de esa restricción las entidades médicas, farmacias, hospitales, los servicios religiosos, las gasolineras y los servicios de comida en hoteles y paradores.
- Las operaciones privadas, tales como manufactureras o industrias que no atienden público, podrán operar sin limitación de horario.
- Se aumenta a 50% la ocupación de la capacidad de los establecimientos, incluyendo los restaurantes, teatros, anfiteatros y cines. Se sigue requiriendo que se cumpla con las reglas del distanciamiento físico de seis pies o más, el uso de desinfectante y el uso de mascarillas.
- Se autoriza la apertura de coliseos, pero con una ocupación máxima de 30% de la capacidad de la facilidad y se le exige prueba negativa a los asistentes, excepto si están vacunados completamente.
- Las actividades sociales tienen que cumplir con los límites de ocupación de la capacidad de los establecimientos. Los asistentes tienen que presentar prueba viral negativa (PCR o antígeno) excepto si están vacunados completamente. Las personas que prueben que están vacunados y los menores de 2 años quedan exentos de tener que hacerse pruebas.
- Los campamentos de verano están sujeto al cumplimiento del protocolo que deberá realizar y publicar el Departamento de Recreación y Deportes en coordinación con el Departamento de Salud.
- Se elimina la exigencia de mascarilla a personas vacunadas en playas, parques y cuando se estén ejercitando.
- Se elimina la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en playas y piscinas.
- Se aumenta el 50% de la ocupación máxima de la capacidad de las piscinas.
- El anclaje en las playas, cayos e islotes será a 100 pies de la orilla.
- Se elimina la referencia a que la Compañía de Turismo solo puede promocionar turismo interno.
- Se elimina la limitación de las cirugías electivas que requieren cuidado intensivo.
- Se elimina la prohibición de los valet parking.
- Se enmienda la orden de viajeros para eximir a personas que puedan probar que están vacunadas completamente de la exigencia de pruebas PCR para viajar a Puerto Rico de destinos domésticos. Para destinos internacionales se sigue requiriendo la prueba PCR.
Vea aquí el documento de la Orden Ejecutiva: