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Gobierno

Damnificados por terremotos pueden apelar decisión de FEMA sobre asistencia federal

Residentes de estos 33 municipios califican para solicitar Asistencia Individual de FEMA.

Cada damnificado tiene 60 días a partir de la fecha en la carta de FEMA para presentar una apelación.
Foto: Archivo/Nahira Montcourt

La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) informó que los residentes afectados por los terremotos tienen el derecho de apelar la decisión sobre la asistencia federal.

"Esto no solo incluye las decisiones sobre qué asistencia usted es elegible a recibir, sino también la cantidad o tipo de asistencia proporcionada por FEMA", puntualizó el ente federal.

Los solicitantes que no estén de acuerdo con la decisión de FEMA tienen derecho de presentar una apelación por escrito detallando por qué no están de acuerdo. "Usted tiene 60 días a partir de la fecha en la carta de FEMA para presentar una apelación", informó la agencia.

Los terremotos comenzaron el 28 de diciembre, y desde entonces varias réplicas fuertes podrían haber causado daños adicionales a los hogares y propiedades. Los residentes de estos 33 municipios pueden solicitar Asistencia Individual de FEMA: Adjuntas, Aguada, Añasco, Arecibo, Barceloneta, Cabo Rojo, Ciales, Coamo, Corozal, Guánica, Guayanilla, Hormigueros, Jayuya, Juana Díaz, Lajas, Lares, Las Marías, Maricao, Mayagüez, Moca, Morovis, Naranjito, Orocovis, Peñuelas, Ponce, Sabana Grande, Salinas, San Germán, San Sebastián, Santa Isabel, Utuado, Villalba y Yauco.

FEMA agregó que algunas de las razones de inelegibilidad podrían resolverse fácilmente.

La agencia informó que una de las razones más comunes para la denegación de ayudas es que usted no presentó todos los documentos necesarios para respaldar sus reclamaciones.

"Por ejemplo, es posible que haya olvidado incluir una prueba de que esa es su residencia o prueba de uso de la misma, prueba de titularidad de la propiedad dañada, una identificación o un documento de liquidación de seguro, indicó FEMA.

Agregó que si se determina que la propiedad dañada por desastre de un solicitante es una unidad de alquiler o un segundo hogar, la solicitud puede considerarse inelegible para recibir asistencia.

"Un solicitante podría ser determinado inelegible si otra persona en el hogar ya recibió asistencia. Un solicitante también podría ser inelegible si un informe de inspección demuestra que el hogar era seguro de ocupar y no tenía daños suficientes para cualificar", añadió la agencia federal.

La asistencia también puede verse afectada si FEMA no logra contactar el solicitante.

La línea de ayuda de FEMA es 800-621-3362 (FEMA) o (TTY) 800-462-7585. Presione 2 para un operador que hable español. Las líneas están abiertas de 7 a.m. a 11 p.m. todos los días.

Las apelaciones se pueden presentar de diferentes maneras:

Correo: FEMA National Processing Service Center

P.O. Box 10055

Hyattsville, MD 20782-8055

Fax: 800-827-8112

En línea: Desde su cuenta en DisasterAssistance.gov/es

De no recibir una respuesta dentro de las dos semanas luego de la presentación de apelación, debe llamar a la Línea de Ayuda de FEMA.

"Los solicitantes pueden apelar tantas veces como sea necesario después de recibir una carta de determinación de FEMA. Para presentar otra apelación, tendrá que enviar nuevos documentos o nuevas pruebas que justifiquen la reclamación", puntualizó la agencia.

Para obtener más información sobre la recuperación por desastre de Puerto Rico, visite https://www.fema.gov/es/disaster/4473 y Facebook: www.facebook.com/femapuertorico.