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Junta de Control Supervisión certifica Plan Fiscal de COFINA

El ente fiscal señala que el pago de la deuda resulta sostenible si se considera la recaudación proyectada del Impuesto de Ventas y Uso.

Los recaudos del IVU disminuyeron en un 9.7 por ciento durante el año fiscal 2019.
Foto: Archivo

La Junta de Control Fiscal certificó hoy la versión sometida por el Gobierno de Puerto Rico del Plan Fiscal actualizado de la Corporación del Fondo de Interés Apremiante de Puerto Rico (COFINA).

El Plan Fiscal 2020 de COFINA se basa en las proyecciones macroeconómicas delineadas en el Plan Fiscal Certificado del Gobierno de Puerto Rico, y comprueba que COFINA cuenta con suficientes ingresos para cubrir todos sus gastos operacionales y los pagos de la deuda, señaló la Junta en un parte de prensa.

El ente fiscal declaró que as obligaciones de deuda de COFINA son sostenibles si se considera la recaudación proyectada del Impuesto de Ventas y Uso (IVU). Proyectó que los recaudos del IVU para el próximo año fiscal aumentarán un 6.7 por ciento, de $2,400 millones en el año fiscal 2020 a $2,500 millones en el año fiscal 2021. Los recaudos del IVU se habían reducido un 9.7 por ciento, de $2,800 millones en el año fiscal 2019 al año fiscal en curso, debido al impacto de la pandemia del COVID-19.

En noviembre de 2019, COFINA recibió $437 millones aproximadamente en recaudos correspondientes al IVU, cumpliendo así con sus obligaciones con los bonistas y con sus gastos operacionales. La parte restante de los recaudos del IVU en el año fiscal 2020 ha estado disponible para el Gobierno de Puerto Rico. El 1ro de julio de 2020, COFINA comenzará a pagar a los bonistas los recaudos del IVU correspondientes al año fiscal 2021, que ascienden a $454 millones.

En febrero de 2019, la Junta de Supervisión, el Gobierno de Puerto Rico y los bonistas de COFINA completaron el Plan de Ajuste de COFINA, que reduce en $6,000 millones el total de la deuda de $18,000 millones, y el pago de la deuda anual por casi 50 por ciento, respecto al pago de la deuda contractual anterior.