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Panel sobre el FEI refiere al Contralor Electoral querella contra Alcalde de Hatillo

Los hechos imputados al alcalde ocurrieron en el contexto de la campaña primarista que tuvo lugar por la posición de alcalde, tras la renuncia de José “Chely” Rodríguez.

Carlos Román Román, alcalde de Hatillo.
Foto: CyberNews

Con un referido a la Oficina del Contralor Electoral para que se examine la propiedad y buen uso de fondos públicos, culminó este miércoles, el Panel sobre el FEI una querella recibida contra Carlos Román Román, alcalde de Hatillo.

El Departamento de Justicia evaluó la querella y le recomendó al Panel la designación de un FEI, al entender que había causa suficiente de que Román Román había incurrido en delito. La investigación de los fiscales especiales determinó lo contrario.

Los hechos imputados al alcalde ocurrieron en el contexto de la campaña primarista que tuvo lugar por la posición de alcalde, tras la renuncia de José “Chely” Rodríguez.

Según el tracto que establece la Resolución del Panel, en marzo de 2022, William Xavier Rosales presentó ante el Departamento de Justicia una querella contra Román Román, por alegados hechos ocurridos mientras se desempeñaba como Alcalde interino de Hatillo.

Se alegaba que Román Román, aprovechando su posición, grabó un video de corte partidista en el despacho del Alcalde y utilizando personal del municipio.

Los fiscales especiales Manuel Núñez Corrada y Zulma Fúster Troche realizaron múltiples entrevistas a diversos testigos y tomaron declaraciones juradas sobre ello.

Un ciudadano particular grabó el video, no cobró por el mismo y tampoco figura como contratista del municipio. El video estuvo colgado en la red social Facebook por un breve período de tiempo. Román Román admitió los hechos y así lo aceptó, ante la Oficina de Ética Gubernamental (OEG). y durante la pesquisa de los fiscales.

De hecho, antes de la intervención de Justicia y del referido al PFEI, Román Román había aceptado la imposición de multas de la OEG por 6 mil dólares.

Los fiscales especiales le informaron al Panel que no presentarían cargos, ya que considerada la totalidad de todas las circunstancias registradas, sería difícil demostrar una intención corrupta del alcalde. Esa es una condición que el Tribunal Supremo ha determinado como base para establecer el delito.

Para cualquier trámite ulterior según dictan las leyes aplicables, el caso será referido a la Oficina del Contralor Electoral.

El Panel acogió la determinación de los fiscales Núñez Corrada y Fúster Troche, ordenando el archivo en el ámbito penal del caso.