{"id":981463,"date":"2026-02-12T06:15:16","date_gmt":"2026-02-12T10:15:16","guid":{"rendered":"https:\/\/noticel.com\/?p=981463"},"modified":"2026-02-12T08:42:02","modified_gmt":"2026-02-12T12:42:02","slug":"contralora-y-ogp-revierten-senalamiento-de-cobro-en-exceso-a-empresa-que-brindo-servicios-a-catano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/noticias\/gobierno\/20260212\/contralora-y-ogp-revierten-senalamiento-de-cobro-en-exceso-a-empresa-que-brindo-servicios-a-catano\/","title":{"rendered":"Contralora y OGP revierten se\u00f1alamiento de cobro en exceso a empresa que brind\u00f3 servicios a Cata\u00f1o"},"content":{"rendered":"<p>La nueva administraci\u00f3n de la Oficina de la Contralora de Puerto Rico (OCPR), el Municipio de Cata\u00f1o y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) acordaron con los abogados de Elisco Software Consultants, solicitar al Tribunal de San Juan que se desestime una demanda de cobro de dinero contra la empresa, a la que se le imput\u00f3 cobrar $149,214 en exceso&nbsp;entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2022 por operar un sistema de emitir y cobrar multas.<\/p>\n\n\n\n<p>El acuerdo se alcanz\u00f3 ya que la OGP acogi\u00f3 la interpretaci\u00f3n legal realizada por los abogados de Elisco, que afirmaron que la contrataci\u00f3n fue v\u00e1lida bajo los par\u00e1metros del C\u00f3digo Municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue la excontralora Yesm\u00edn Valdivieso la que emiti\u00f3 un informe en septiembre del 2025 en que concluy\u00f3 que el gobierno municipal, entonces dirigido por el convicto F\u00e9lix \u201cEl Cano\u201d Delgado, viol\u00f3 el C\u00f3digo Municipal al pagarle el 45% del dinero recaudado en el sistema de multas, cuando el c\u00f3digo fijaba ese monto en no m\u00e1s de 10%. En total fueron cinco contratos firmados entre el 2017 y el marzo del 2023. <\/p>\n\n\n\n<p>Los contratos obligaban a la empresa a proveer 10 computadoras port\u00e1tiles y 10 impresoras a ser utilizadas por la polic\u00eda municipal para repartir boletos de tr\u00e1nsito. Adem\u00e1s, proveer 12 licencias de usuario de la tecnolog\u00eda E-Ticket y su adiestramiento e integrar E-Ticket al sistema David del Departamento de Transportaci\u00f3n y Obras P\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>El actual alcalde de Cata\u00f1o, Julio Alicea, fue uno de los principales detractores de Valdivieso, cuya oficina auditaba las operaciones en la alcald\u00eda al momento en que la gobernadora nombr\u00f3 su sucesora, Carmen Vega Fournier, quien fue confirmada por la Legislatura. En la auditor\u00eda de la OCPR, el alcalde hizo constar su oposici\u00f3n a las conclusiones de Valdivieso en cuanto a que el honorario de la empresa estaba sujeto a un tope de 10%.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora el Municipio de Cata\u00f1o, Vega Fournier y la representaci\u00f3n legal de Elisco Software han firmado la moci\u00f3n anunciando que llegaron a un acuerdo que<strong> <\/strong>eliminan los se\u00f1alamientos sobre la contrataci\u00f3n. Por el Municipio de Cata\u00f1o firmaron Jaime Sanabria Monta\u00f1ez, Christian Arvelo Forteza y Juan R. Gonz\u00e1lez y por Elisco estamparon su firma los licenciados Andr\u00e9s Guillemard Noble y Ram\u00f3n Rosario Cort\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p>En el documento judicial presentado ante el Tribunal de San Juan el 29 de enero, Cata\u00f1o, Elisco y la OCPR se\u00f1alan que la Contralora concluy\u00f3 que se hizo un pago a la empresa superior al permitido por ley a ra\u00edz de una interpretaci\u00f3n de la ley de la entonces direcci\u00f3n de la OGP y la Oficina de Gerencia Municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNo obstante lo anterior, la OGP emiti\u00f3 una nueva directriz el 18 de noviembre de 2025 concluyendo que la limitaci\u00f3n establecida (en el C\u00f3digo Municipal) sobre el porciento de honorarios contingentes que un Municipio puede contratar con un ente privado no aplica a los contratos aludidos con Elisco y sobre el cual la OCPR hab\u00eda pasado juicio con una interpretaci\u00f3n pasada de esta dependencia gubernamental\u201d, lee la moci\u00f3n.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-3526625107\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-970&#215;250\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1.jpg 970w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1-300x77.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1-768x198.jpg 768w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1-18x5.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 970px) 100vw, 970px\" width=\"970\" height=\"250\"   \/><\/a><\/div>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, el gobierno municipal, la OCPR y los abogados de Elisco Software notificaron al tribunal que la demanda contra la empresa debe ser desestimada ya que la nueva conclusi\u00f3n de la OGP constituye el derecho vigente, que los se\u00f1alamientos de la OCPR \u201cno requieren acci\u00f3n correctiva\u201d del Municipio de Cata\u00f1o y que los cinco contratos firmados con la compa\u00f1\u00eda han sido validados por la OGP \u201cbajo su nueva interpretaci\u00f3n de derecho\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La nueva interpretaci\u00f3n de derecho de la OGP est\u00e1 recogida en una carta del 18 de noviembre del a\u00f1o pasado que Rivera Berr\u00edos le envi\u00f3 al presidente de la Federaci\u00f3n de Alcaldes, Gabriel Hern\u00e1ndez. En ese momento, Hern\u00e1ndez le indic\u00f3 que varios alcaldes estaban preocupados porque hab\u00edan llegado a acuerdos similares con Elisco Software.<\/p>\n\n\n\n<p>El C\u00f3digo Municipal (Ley 107-2020) le reconoce a los alcaldes la facultad de autorizar una serie de contratos, como contratos contingentes para la investigaci\u00f3n, asesoramiento y reparaci\u00f3n de documentos en cobro de patentes, arbitrios y contribuciones, por ejemplo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cToda comunicaci\u00f3n dirigida al deudor deber\u00e1 estar firmada por el Director de Finanzas, su representante, o su asesor legal. Los honorarios a pagar en dichos contratos contingentes no sobrepasar\u00e1n de 10% del total de la acreencia determinada y cobrada, sin incluir los servicios legales que, por contrato aparte, fuere necesario suscribir y por los que no podr\u00e1n pagarse honorarios mayores al 10% de lo determinado y cobrado\u201d, lee parte de la ley. \u201cEn ambos casos, tanto en la fase administrativa como en la fase legal, cuando la acreencia por deudor de parte del municipio no exceda los $10,000, los honorarios podr\u00e1n ser hasta un 25% de lo determinado y cobrado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ley 107-2020 define el contrato conti<strong>n<\/strong>gente como aquel que se provee para una obligaci\u00f3n dependiente de los ingresos que se generen como resultado de la ejecuci\u00f3n del contrato.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero la OGP concluy\u00f3 en noviembre, en esencia, que al contrato suscrito con Elisco Software no le aplica el tope de 10% en honorarios pues no es un contrato para cobrar deudas existentes sino para implementar toda una tecnolog\u00eda para generar ingresos adicionales para los municipios.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl prop\u00f3sito del contrato: (1) no es investigar, asesorar y preparar documentos en la determinaci\u00f3n y cobro de patentes, arbitrios, contribuciones, derechos y otras deudas que hayan sido declaradas morosas, incobrables o sean el producto de evasi\u00f3n contributiva, seg\u00fan determinaci\u00f3n oficial del Director de Finanzas; (2) no es proveer servicios legales para el cobro de deudas morosas; y (3) no es realizar actividades propias del \u00e1rea de finanzas municipal para las cuales no cuentan con el peritaje, conocimiento y recursos t\u00e9cnicos. Siendo as\u00ed, el contrato no cae bajo ninguno de los escenarios consignados en el Art\u00edculo 1.018(r) del C\u00f3digo Municipal para los cuales la Asamblea Legislativa dispuso un l\u00edmite en los honorarios\u201d, indic\u00f3 Rivera Berr\u00edos.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La nueva administraci\u00f3n de la Oficina de la Contralora de Puerto Rico (OCPR), el Municipio de Cata\u00f1o y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) acordaron con los abogados de Elisco Software Consultants, solicitar al Tribunal de San Juan que se desestime una demanda de cobro de dinero contra la empresa, a la que se [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":2736,"featured_media":981470,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[4,13],"tags":[1473,260,1152,4210,4211],"class_list":["post-981463","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-gobierno","category-tribunales","tag-carmen-vega-fournier","tag-catano","tag-contralora","tag-elisco-software","tag-yesmin-valdivieso"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/981463","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2736"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=981463"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/981463\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":981672,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/981463\/revisions\/981672"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/981470"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=981463"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=981463"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=981463"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}