{"id":94012,"date":"2015-07-09T17:50:00","date_gmt":"2015-07-09T21:50:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/lgbtt\/20150709\/vuelven-los-penepes-al-tribunal-contra-el-matrimonio-igualitario\/"},"modified":"2025-07-15T14:02:18","modified_gmt":"2025-07-15T14:02:18","slug":"vuelven-los-penepes-al-tribunal-contra-el-matrimonio-igualitario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20150709\/vuelven-los-penepes-al-tribunal-contra-el-matrimonio-igualitario\/","title":{"rendered":"Vuelven los penep\u00e9s al tribunal contra el matrimonio igualitario"},"content":{"rendered":"<p>Un grupo de representantes del Partido Nuevo Progresista radic\u00f3 en la tarde del jueves una petici\u00f3n de interdicto para detener la implementaci\u00f3n de la Orden Ejecutiva 2015-21 sobre la viabilizaci\u00f3n del matrimonio igualitario en Puerto Rico, alegando que las decisiones del Tribunal Supremo de los Estados Unidos no aplican &#8216;ex propio vigore&#8217; a los territorios tal y como es el caso de Puerto Rico.<\/p>\n<p>Los representantes Mar\u00eda Charbonier, Waldemar Quiles, Pedro Julio \u2018Pelle&#8217; Santiago y Luis \u2018Tato&#8217; Le\u00f3n, opinaron en el escrito de sobre 25 p\u00e1ginas, que en Puerto Rico no aplica la D\u00e9cimo Cuarta Enmienda de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos en raz\u00f3n que \u2018somos un territorio no incorporado&#8217;.<\/p>\n<p>&#8216;Por esa raz\u00f3n, la falta de poder &#8216;ex propio vigore&#8217;, es que nos vemos en la obligaci\u00f3n de preguntarnos Cuando el Tribunal Supremo de los Estados Unidos se refiere a &#8216;Estado&#8217;, en la sentencia Obergefell v. Hodges, se estar\u00e1 refiriendo tambi\u00e9n a un territorio? Entendemos que no, precisamente, por el uso y la referencia continua a la palabra estado en toda la sentencia y Puerto Rico es un territorio. Por eso podemos afirmar que la Orden Ejecutiva del Gobernador pretendiendo enmendar el Art\u00edculo 68 de nuestro C\u00f3digo Civil diciendo que es inconstitucional&#8217;, se\u00f1al\u00f3 Charbonier.<\/p>\n<p>Dijeron que el t\u00e9rmino &#8216;ex propio vigore&#8217; se refiere a la aplicabilidad autom\u00e1tica de una decisi\u00f3n judicial u otra norma de derecho. &#8216;La diferencia constitucional fundamental, entre la aplicabilidad de unas decisiones u otras estriba en el hecho, que mientras en los territorios incorporados, como en los estados, aplica en toda su fuerza la Constituci\u00f3n estadounidense en los llamados territorios no incorporados no aplica la constituci\u00f3n ex propio vigore, sino solo aquellos derechos fundamentales que &#8216;seg\u00fan caso a caso fuera reconociendo el poder judicial&#8217;. Por eso estamos hoy aqu\u00ed&#8217;, dijo por su parte Le\u00f3n Rodr\u00edguez, quien representa los constituyentes del municipio de Ponce.<\/p>\n<p>Los demandantes opinaron en que &#8216;la condici\u00f3n jur\u00eddica alcanzada por Puerto Rico con el Estados Libre Asociado no cambi\u00f3 la naturaleza territorial de Puerto Rico, ni los poderes plenipotenciarios del Congreso sobre la isla, amparados en la cl\u00e1usula territorial de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos de Am\u00e9rica&#8217;.<\/p>\n<p>&#8216;Desde el principio de la dominaci\u00f3n americana en Puerto Rico, la \u00faltima palabra sobre qu\u00e9 derecho fundamental aplica y c\u00f3mo aplica, la ha tenido el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Es interesante hacer notar que algunos derechos fundamentales aplicados, como el de la igual protecci\u00f3n de las leyes, no lo ha aplicado como lo aplica a los estados como est\u00e1 definido en el caso Harris v. Rosario, 446 U.S. 651 (1980). La vigencia de los casos insulares ha quedado intacta y establece que en un territorio no incorporado, la soberan\u00eda de los Estados Unidos, es ejercida con aquella restricci\u00f3n de derechos fundamentales, que el Tribunal Supremo, no el Ejecutivo o el Legislativo, determine qu\u00e9 aplicar&#8217;, coment\u00f3 Quiles, representante por Utuado, Lares, Adjuntas y Jayuya.<\/p>\n<p>Los representantes novoprogresistas adem\u00e1s recalcaron que el camino a seguir debe ser el legislar para cambiar el estado de derecho actual en vez de imponer \u00f3rdenes ejecutivas a diestra y siniestra. &#8216;La Orden del Gobernador priva al legislador de poder ejercer su funci\u00f3n constitucional. En otras palabras, las acciones del ejecutivo fue el derogar una ley sin que esta pasara por la Asamblea Legislativa. Ni siquiera nos encontramos ante la figura de la derogaci\u00f3n t\u00e1cita de una ley tal como explicada por nuestro m\u00e1s alto Foro en Rafael Hern\u00e1ndez Col\u00f3n v. Polic\u00eda de Puerto Rico 2009 TSPR 154&#8217;, a\u00f1adi\u00f3 Charbonier.<\/p>\n<p>Por otro lado, los demandantes expresaron que es importante entender que el planteamiento jur\u00eddico, es la afirmaci\u00f3n que la incorporaci\u00f3n de los llamados derechos fundamentales no es autom\u00e1tica, teniendo como fundamento la incorporaci\u00f3n que el Tribunal Supremo Federal haya podido hacer con respecto a los estados, fundamentado en la D\u00e9cimo Cuarta Enmienda. Por eso el Tribunal Apelativo, en el caso Asociaci\u00f3n de Due\u00f1os de Armer\u00edas de Puerto Rico v. Polic\u00eda de Puerto Rico KLAN200900216.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-2957821208\"><div class=\"notic-adlabel\">Advertisements<\/div><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/qrco.de\/bgxd5v\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"300X600-SEBUSCA\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11172452\/300X600-SEBUSCA.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11172452\/300X600-SEBUSCA.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11172452\/300X600-SEBUSCA-150x300.jpg 150w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11172452\/300X600-SEBUSCA-6x12.jpg 6w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"600\"   \/><\/a><\/div>\n<p>&#8216;Por eso reiteramos que en Puerto Rico no aplica la XIV Enmienda de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos, sino que este Honorable Tribunal ha dado a entender, que la soberan\u00eda propia de Puerto Rico, no es distinta de la soberan\u00eda de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, y que el Congreso ejerce los poderes territoriales en Puerto Rico, seg\u00fan el Art\u00edculo 4 de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos&#8217;, indic\u00f3 Charbonier.<\/p>\n<p>&#8216;Tanto Luis Vega Ramos, como el presidente del Senado, Eduardo Bhatia, reconocen nuestro argumento. Tal fue as\u00ed que corrieron a radicar los proyectos PC 2549 y PS 1440, para enmendar el Art\u00edculo 68. Nada m\u00e1s claro. Ellos ya saben&#8217;, not\u00f3Pell\u00e9 Santiago.<\/p>\n<p>&#8216;Lo que quiero que el Tribunal resuelva son las inquietudes jur\u00eddicas que son las siguientes: c\u00f3mo se incorpora un derecho fundamental a la realidad jur\u00eddica territorial de Puerto Rico, quienes son los que pueden incorporar una decisi\u00f3n del Tribunal Supremo de Estados Unidos a nuestra realidad territorial. Es solamente el Tribunal Supremo federal quien determina la incorporaci\u00f3n de los derechos fundamentales o es el Congreso o nuestro Tribunal Supremo y la Legislatura local? Esas son las preguntas que necesitamos que el Tribunal Supremo de Puerto Rico nos respondan&#8217;, termin\u00f3 diciendo.<\/p>\n<p>Por su parte, el activista de derechos humanos Pedro Julio Serrano tron\u00f3 en contra de los legisladores \u2018penep\u00e9s&#8217; que pretenden detener la implantaci\u00f3n de la igualdad matrimonial en Puerto Rico.<\/p>\n<p>&#8216;Da verg\u00fcenza que aquellos que piden igualdad en otros lares se la quieran negar a sus propios compatriotas LGBTT. Cuatro representantes estadistas no reconocen al Circuito de Apelaciones de Boston, ni al Tribunal Supremo de Estados Unidos. El chiste se cuenta solo&#8217;, asever\u00f3 Serrano en un comunicado de prensa.<\/p>\n<p>El portavoz de Puerto Rico Para Tod@s, organizaci\u00f3n que fue co-demandante en el pleito incoado por Ada Conde y su esposa Ivonne Alvarez, indic\u00f3 que &#8216;lo triste para ellos y alegre para el resto es que tanto el Primer Circuito de Apelaciones en Boston como el Tribunal Supremo de Estados Unidos \u2013 del pa\u00eds al cual quieren ser parte \u2013 ya decidieron que la igualdad matrimonial aplica en Puerto Rico&#8217;.<\/p>\n<p>Serrano hizo un llamado a que &#8216;cuando se adjudique el \u2018no ha lugar&#8217; de esta demanda, se le impongan sanciones por temeridad. Que le quede claro a los grupos y legisladores fundamentalistas: la igualdad matrimonial lleg\u00f3 para quedarse. Punto&#8217;.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un grupo de representantes del Partido Nuevo Progresista radic\u00f3 en la tarde del jueves una petici\u00f3n de interdicto para detener la implementaci\u00f3n de la Orden Ejecutiva 2015-21 sobre la viabilizaci\u00f3n del matrimonio igualitario en Puerto Rico, alegando que las decisiones del Tribunal Supremo de los Estados Unidos no aplican &#8216;ex propio vigore&#8217; a los territorios [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":343781,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-94012","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ultima-hora"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/94012","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=94012"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/94012\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":343783,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/94012\/revisions\/343783"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/343781"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=94012"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=94012"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=94012"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}