{"id":91756,"date":"2015-06-23T10:11:54","date_gmt":"2015-06-23T14:11:54","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20150623\/preparado-hacienda-para-ivu-agrandado\/"},"modified":"2025-07-15T16:51:58","modified_gmt":"2025-07-15T16:51:58","slug":"preparado-hacienda-para-ivu-agrandado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20150623\/preparado-hacienda-para-ivu-agrandado\/","title":{"rendered":"Preparado Hacienda para IVU agrandado"},"content":{"rendered":"<p>El secretario del Departamento de Hacienda, Juan C. Zaragoza G\u00f3mez, inform\u00f3 hoy que la agencia se encuentra preparada para manejar el cambio de tasa del Impuesto de Ventas y Uso (IVU) de 11.5% que entra en vigor el 1ro de julio conforme dispone la Ley 72 del 29 de mayo de 2015.<\/p>\n<p>&#8216;En Hacienda estamos listos para trabajar la aplicabilidad de los cambios que dispone la Ley 72 que enmend\u00f3 varias secciones del C\u00f3digo de Rentas Internas de Puerto Rico del 2011. Ya se revisaron los formularios o planillas de radicaci\u00f3n mensual de IVU as\u00ed como los aspectos de programaci\u00f3n en el Portal Integrado del Comerciante (PICO). Debo destacar que nos mantendremos reforzando las iniciativas de fiscalizaci\u00f3n para que el nivel de captaci\u00f3n de IVU siga en aumento&#8217;, expres\u00f3 el titular de Hacienda.<\/p>\n<p>La Secci\u00f3n 4020.01 del C\u00f3digo aumenta la tasa del IVU aplicable a la porci\u00f3n estatal de dicho impuesto de seis por ciento (6%) a diez punto cinco por ciento (10.5%). La porci\u00f3n municipal de dicho impuesto permanece en uno por ciento (1%), por lo que la tasa total aplicable a la venta de partidas tributables a partir del 1 de julio de 2015 es de once punto cinco por ciento (11.5%). Cabe se\u00f1alar que en el caso de importaciones de partidas tributables, la tasa total aplicable ser\u00e1 de diez punto cinco por ciento (10.5%).<\/p>\n<p>&#8216;En cuanto a las partidas tributables sujetas a la nueva tasa del 11.5%, tanto para individuos como entre comerciantes, hay que aclarar que estas contin\u00faan siendo las mismas que al presente, tanto en el caso de bienes como en el caso de servicios. Es decir, que todo producto y servicio que actualmente no paga IVU continuar\u00e1 exento bajo la nueva tasa&#8217;, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Los servicios entre comerciantes que actualmente son tributables y que desde el 1ro de julio comenzar\u00e1n a tributar al 11.5% incluyen:<\/p>\n<p>Cargos Bancarios<\/p>\n<p>Servicios de Cobros de Cuenta<\/p>\n<p>Arrendamiento ordinario de Veh\u00edculos de Motor<\/p>\n<p>Servicios de Telecomunicaciones<\/p>\n<p>Servicios de Lavander\u00eda<\/p>\n<p>A excepci\u00f3n de los Condominios, tambi\u00e9n los siguientes:<\/p>\n<p>Servicios de Reparaci\u00f3n<\/p>\n<p>Servicios de Mantenimiento<\/p>\n<p>Servicios de Seguridad<\/p>\n<p>Recogido de Desperdicios<\/p>\n<p>Servicios de Limpieza<\/p>\n<p>Efectivo el 1 de octubre los dem\u00e1s servicios entre comerciantes y los servicios profesionales designados estar\u00e1n sujetos a una tasa intermedia introductoria de IVU de 4%.<\/p>\n<p>Zaragoza G\u00f3mez puntualiz\u00f3 que, &#8216;todos los comercios deben revisar sus sistemas para que hagan el ajuste o programaci\u00f3n necesaria. Por eso, deben comunicarse con sus proveedores de servicio para que se informen de los pasos a seguir para realizar los ajustes pertinentes en sus respectivos puntos de ventas (cajas registradoras) o cualquier otro sistema contable que utilicen para m\u00e9todos de facturaci\u00f3n as\u00ed como los relacionados a IVU Loto&#8217;.<\/p>\n<p>A tales efectos la agencia ha emitido varias publicaciones para informar al sector comercial del pa\u00eds, pero tambi\u00e9n habilit\u00f3 una p\u00e1gina en Internet dedicada a la orientaci\u00f3n de este tema: www.CambioIVU.com. En este sitio virtual, entre otras cosas, se encontrar\u00e1 la Ley, Boletines Informativos y otras publicaciones oficiales, detalles sobre los cambios que son efectivos el 1 de julio y los aplicables para el 1ro de octubre de 2015, modelos de Formularios y Planillas e informaci\u00f3n sobre los cambios en el Portal Integrado del Comerciante (PICO). Tambi\u00e9n se podr\u00e1 acceder en el mismo a informaci\u00f3n de las principales compa\u00f1\u00edas procesadoras de pagos con sus instrucciones para actualizar los terminales fiscales en tu negocio.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en aras de que est\u00e9n bien informados, el Departamento de Hacienda estar\u00e1 celebrando una teleconferencia &#8216;webcast&#8217; ma\u00f1ana mi\u00e9rcoles, 24 de junio a las 10:30 a.m. por lo que se invita a todos los comerciantes a participar del mismo. Para ello deben registrarse con anticipaci\u00f3n en la siguiente direcci\u00f3n: http:\/\/edge.media-server.com\/m\/p\/9pg4az6j.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El secretario del Departamento de Hacienda, Juan C. 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