{"id":88388,"date":"2015-12-02T10:44:00","date_gmt":"2015-12-02T14:44:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/la-calle\/20151202\/sentencian-a-mas-de-200-anos-a-sanchez-asencio-por-masacre-de-guaynabo\/"},"modified":"2025-07-15T21:48:50","modified_gmt":"2025-07-15T21:48:50","slug":"sentencian-a-mas-de-200-anos-a-sanchez-asencio-por-masacre-de-guaynabo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/noticias\/la-calle\/20151202\/sentencian-a-mas-de-200-anos-a-sanchez-asencio-por-masacre-de-guaynabo\/","title":{"rendered":"Sentencian a m\u00e1s de 200 a\u00f1os a S\u00e1nchez Asencio por masacre de Guaynabo"},"content":{"rendered":"<p>Christopher S\u00e1nchez Asencio, culpable por los asesinatos del suceso conocido como la Masacre de Guaynabo, enfrentar\u00e1 una pena de 254 a\u00f1os, cinco meses y seis d\u00edas, de los cuales los primeros 96 a\u00f1os deber\u00e1 cumplirlos de forma natural, sin derecho a salir en libertad bajo palabra ni utilizar los servicios del programa de desv\u00edo.<\/p>\n<p>Esa fue la sentencia dictada por la jueza superior Vivian Durieux a las 10:20 de la ma\u00f1ana del mi\u00e9rcoles en la sala 704 del Tribunal de Bayam\u00f3n, ante la mirada atenta del acusado y los bancos de la audiencia repletos de familiares y conocidos de las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Luego de la lectura de sentencia, la jueza le concedi\u00f3 la oportunidad a S\u00e1nchez Asencio para emitir unas \u00faltimas palabras antes de salir de la sala. El joven neg\u00f3 con la cabeza. No quiso hablar.<\/p>\n<p>&#8216;Estamos contentos porque se ha hecho justicia. Es un muchacho que pasar\u00e1 toda su vida en la c\u00e1rcel por una decisi\u00f3n mala que tom\u00f3\u2026 Esper\u00e1bamos que se disculpara por el da\u00f1o que le caus\u00f3 a nuestra familia, y a su familia\u2026 Estamos un poco decepcionados&#8217;, expres\u00f3 Alfredo Ortiz al finalizar el juicio, el hermano de Miguel Ortiz, uno de los fenecidos aquella noche de noviembre del 2014 en la Urbanizaci\u00f3n los Frailes.<\/p>\n<p>No obstante, al iniciar las labores cerca de las 9:30 de la ma\u00f1ana, la defensa de S\u00e1nchez Asencio, quien fue hallado culpable en juicio por jurado de 19 cargos en su contra, defendi\u00f3 el mi\u00e9rcoles una moci\u00f3n radicada en la ma\u00f1ana para solicitar un nuevo juicio para su representado, argumentando que el veredicto del jurado en uno de los cargos no fue un\u00e1nime.<\/p>\n<p>Ampar\u00e1ndose en la decisi\u00f3n que emiti\u00f3 la semana pasada el Tribunal Apelativo en el caso de Pablo Casellas, en que resolvi\u00f3 que el acusado de asesinar a su esposa y hallado culpable por un jurado ten\u00eda derecho a un nuevo juicio debido a la falta de unanimidad en el veredicto de 11 a 1. Aunque la Constituci\u00f3n de Puerto Rico admite veredictos por mayor\u00eda, las disposiciones federales requieren total unanimidad.<\/p>\n<p>En la noche del pasado viernes, 13 de noviembre, los doce miembros del Jurado que evaluaron el caso de S\u00e1nchez Asencio emitieron su veredicto.<\/p>\n<p>En votaci\u00f3n un\u00e1nime, las ocho mujeres y cuatro hombres del jurado hallaron culpable al acusado de los 19 cargos en su contra, entre los cuales inclu\u00eda cuatro cargos de asesinato en primer grado y uno de tentativa de asesinato, as\u00ed como varias infracciones a la Ley de Armas, secuestro, robo, conspiraci\u00f3n, agresi\u00f3n agravada y destrucci\u00f3n de evidencia.<\/p>\n<p>Christopher S\u00e1nchez Asencio entr\u00f3 sigiloso. Las mu\u00f1ecas esposadas, los tobillos esposados, el uniforme azul oscuro, los tenis blancos. Se sent\u00f3 en la silla y mir\u00f3 con detenimiento a su abogado de defensa explicar la moci\u00f3n radicada.<\/p>\n<p>El abogado de defensa Orlando Cameron Gordon manifest\u00f3 que el Tribunal de Apelaciones es de mayor jerarqu\u00eda al Tribunal de Primera Instancia, y que su decisi\u00f3n en el caso de Casellas Toro &#8216;determin\u00f3 que exist\u00eda un nuevo estado de derecho en nuestro ordenamiento procesal penal que consist\u00eda en que los veredictos deb\u00edan ser un\u00e1nimes por la relaci\u00f3n pol\u00edtica entre Puerto Rico y Estados Unidos&#8217;.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-2876143009\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.cst.pr.gov\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"CST Banners Pasa la llave\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/29122752\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_300x250.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/29122752\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_300x250.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/29122752\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_300x250-14x12.jpg 14w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"250\"   \/><\/a><\/div>\n<p>Sin embargo, la fiscal Janet Parra Mercado enseguida sali\u00f3 al paso para corregir al licenciado. &#8216;Parte de una premisa sumamente equivocada, de que el estado cambi\u00f3. El estado de derecho no ha cambiado&#8217;, sostuvo. Al finalizar el juicio, dir\u00eda que traer el planteamiento era &#8216;absurdo&#8217;.<\/p>\n<p>La representante del Ministerio P\u00fablico explic\u00f3 que es el Tribunal Supremo es quien tiene palabra final y firme en el cambio de un estado de derecho, foro judicial que&#8217;desde el a\u00f1o 55 hasta el presente, ha resuelto esta situaci\u00f3n de los casos de unanimidad, y siempre ha dicho que los casos son por mayor\u00eda&#8217;.<\/p>\n<p>Luego de escuchar a ambas partes, la jueza Vivian Durieuxdio no ha lugar a la petici\u00f3n, ampar\u00e1ndose en que la sentencia del Tribunal de Apelaciones solo aplica al momento al caso de Casellas, la cual incluso a\u00fan no es final y firme. Tampoco proced\u00eda la petici\u00f3n de que se esperara la decisi\u00f3n del Supremo en este caso.<\/p>\n<p>&#8216;Son muchas condiciones que se tienen que cumplir antes de que ese estado de dereco se aclare en Puerto Rico y sea aplicable&#8217;, manifest\u00f3.<\/p>\n<p>A tan solo ocho d\u00edas de esa decisi\u00f3n del Apelativo, prosigui\u00f3 Durieux, ya el tribunal ha recibido m\u00faltiples solicitudes de nuevos juicios, radicados por abogados en defensa de sus clientes.<\/p>\n<p>De igual modo, el secretairo de Justicia, C\u00e9sar Miranda, reiter\u00f3 igualmente que &#8216;Dicha sentencia no es final y firme, tampoco es vinculante a otros casos. Precisamente, nos encontramos en proceso de solicitar reconsideraci\u00f3n de la misma, en aras de darle oportunidad al propio panel de jueces a que corrijan la decisi\u00f3n&#8217;. Adem\u00e1s, advirti\u00f3 que con la moci\u00f3n que presentara la defensa de S\u00e1nchez Asencio, &#8216;comenzamos a ver las consecuencias de la decisi\u00f3n en el caso Casellas Toro y los riesgos que acarrea el que se pretenda imponer el requisito de veredicto de culpabilidad por unanimidad, aspecto que en reiteradas ocasiones hemos se\u00f1alado como contrario a lo dispuesto en nuestra Constituci\u00f3n, en la que s\u00f3lo se requiere mayor\u00eda, no unanimidad&#8217;.<\/p>\n<p>En la noche del 17 de noviembre de 2014, y la madrugada del 18, aconteci\u00f3 lo que luego se conocer\u00eda como la masacre de Guaynabo en que S\u00e1nchez Asencio, en conjunto alegadamente al otro acusado, Jos\u00e9 Bosch Mulero, asesinaron a una familia en su residencia en la Urbanizaci\u00f3n Los Frailes, y secuestraron a los dos menores del hogar, acabando con la vida de uno de ellos, y arrojando a su hermano, de 13 a\u00f1os, por un puente. Este \u00faltimo sobrevivi\u00f3 y testific\u00f3 en contra de S\u00e1nchez Asencio.<\/p>\n<p>A partir del veredicto del jurado, se estimaba que S\u00e1nchez Asencio se expon\u00eda a m\u00e1s de 300 a\u00f1os de c\u00e1rcel, sin embargo, la jueza record\u00f3 que en diciembre del 2014 se aprob\u00f3 la ley 246, en que se aprobaron enmiendas sustanciales al c\u00f3digo penal, y que contiene una cl\u00e1usula de principio de favorabilidad que establece que &#8216;cualquier persona que vaya a ser sentenciada y se apruebe una ley m\u00e1s benigna, le ser\u00e1 aplicada&#8217;.<\/p>\n<p>De esa forma, se redujo la sentencia de S\u00e1nchez Asencio, en que los delitos de tentativa de asesinato, secuestro agravado, robo agravado, conspiraci\u00f3n y destrucci\u00f3n de pruebas fueron absorbidos por la pena de 99 a\u00f1os contenida en el primer cargo de asesinato en primer grado. Incluso, la condena de 96 a\u00f1os que deber\u00e1 cumplir corresponde a infracciones a la Ley de Armas, que a\u00fan no ha sido atemperada.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Christopher S\u00e1nchez Asencio, culpable por los asesinatos del suceso conocido como la Masacre de Guaynabo, enfrentar\u00e1 una pena de 254 a\u00f1os, cinco meses y seis d\u00edas, de los cuales los primeros 96 a\u00f1os deber\u00e1 cumplirlos de forma natural, sin derecho a salir en libertad bajo palabra ni utilizar los servicios del programa de desv\u00edo. 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