{"id":83959,"date":"2016-06-21T00:00:00","date_gmt":"2016-06-21T04:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/economia\/20160621\/aprobado-el-cargo-por-transicion-para-la-revitalizacion-de-la-aee\/"},"modified":"2025-07-16T03:53:50","modified_gmt":"2025-07-16T03:53:50","slug":"aprobado-el-cargo-por-transicion-para-la-revitalizacion-de-la-aee","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/economia\/20160621\/aprobado-el-cargo-por-transicion-para-la-revitalizacion-de-la-aee\/","title":{"rendered":"Aprobado el cargo por transici\u00f3n para la &#8216;revitalizaci\u00f3n&#8217; de la AEE"},"content":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n de Energ\u00eda de Puerto Rico (CEPR) aprob\u00f3 hoy, martes, la Metodolog\u00eda de C\u00e1lculo y Mecanismo de Ajuste propuesto por la Corporaci\u00f3n para la Revitalizaci\u00f3n de la Autoridad de Energ\u00eda Electrica de Puerto Rico (CRAEEPR) para el establecimiento de un cargo de transici\u00f3n, conforme a la Ley 4-2016, conocida como la Ley para la Revitalizaci\u00f3n de la Autoridad de Energ\u00eda Electrica (AEE).<\/p>\n<p>El cargo de transici\u00f3n que resultar\u00e1 de la aplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda aprobada por la Comisi\u00f3n aparecer\u00e1 como un nuevo rengl\u00f3n en la factura de cada cliente una vez emitidos los bonos de reestructuraci\u00f3n. No obstante, este cargo no ser\u00e1 mayor de lo que el consumidor pagar\u00e1 una vez la Comisi\u00f3n establezca nuevas tarifas en un procedimiento de revisi\u00f3n tarifaria. Inicialmente, la metodolog\u00eda de c\u00e1lculo aprobada por la Comisi\u00f3n resultar\u00e1 en un cargo de transici\u00f3n de 3.10 centavos el kilovatio hora. El mismo se aplicar\u00e1 al consumo bruto de kWh de todos los clientes de la AEE, excepto para: (1) los clientes fijos de bloques de viviendas p\u00fablicas (seg\u00fan lo dispuesto por la Ley 22-2016), cuyo cargo de transici\u00f3n solo aplica al excedente del bloque de consumo kWh por el uso de la electricidad; y (2) los clientes de medici\u00f3n neta con derecho adquirido, cuyo cargo de transici\u00f3n aplica solo a su consumo neto.<\/p>\n<p>El director ejecutivo de la AEE, Javier Quintana, se expres\u00f3 complacido con la aprobaci\u00f3ndel cargo, seg\u00fan manifest\u00f3 en comunicado de prensa.&#8217;Este es un importante paso para que la Autoridad pueda ejecutar su plan de recuperaci\u00f3n y su transformaci\u00f3n integral. Esta orden de la CEPR permitir\u00e1 a la Corporaci\u00f3n, una vez que otras condiciones sean satisfechas, de emitir nuevos bonos de titulizaci\u00f3n (securitization bonds) que se van a intercambiar con bonos existentes de la Autoridad conforme a los t\u00e9rminos del acuerdo de reestructuraci\u00f3n con sus acreedores. Como efecto del intercambio de titulizaci\u00f3n (securitization exchange), la Autoridad va a reducir su deuda y obtendr\u00e1 acceso a liquidez para cumplir con sus obligaciones, invertir en su infraestructura y modernizarla, mejorar el servicio al cliente, cumplir con las regulaciones ambientales y garantizar un ambiente laboral seguro para nuestros empleados&#8217;, asegur\u00f3.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-3415358699\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/aldiacontigopr.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"300&#215;600-JGO-Agua\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/13130815\/300x600-JGO-Agua.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/13130815\/300x600-JGO-Agua.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/13130815\/300x600-JGO-Agua-150x300.jpg 150w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/06\/13130815\/300x600-JGO-Agua-6x12.jpg 6w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"600\"   \/><\/a><\/div>\n<p>La titulizaci\u00f3n es un mecanismo com\u00fanmente utilizado para colaterizar deuda. En el caso de la AEE, este concepto reducir\u00eda los costos para los clientes de la AEE al permitir que un grupo de bonos existentes de la AEE sean refinanciados a trav\u00e9s de bonos de reestructuraci\u00f3n emitidos por la CRAEE. Los nuevos bonos de reestructuraci\u00f3n reflejar\u00e1n una reducci\u00f3n del 15% del capital (para los bonos no asegurados), una tasa de inter\u00e9s promedio de 5.22% (en comparaci\u00f3n con el 5.86% de los bonos existentes de la AEE) y una moratoria de cinco a\u00f1os para el pago de intereses. A cambio, la transacci\u00f3n de titulizaci\u00f3n proporciona un mecanismo de repago seguro que aumenta la confianza del mercado en la condici\u00f3n financiera de la AEE. Esta acci\u00f3n reduce los costos de capital de la AEE y, a su vez, reduce por aproximadamente $867 millones los costos que de lo contrario asumir\u00edan los clientes.<\/p>\n<p>La transacci\u00f3n de titulizaci\u00f3n no recupera costos en exceso de aquellos que la AEE debe recuperar de parte de sus clientes; ni da lugar a la AEE a incurrir en una deuda adicional. Es m\u00e1s bien un medio para asegurar el pago de la deuda actual a los mismos bonistas participantes, a cambio de estos aceptar una reducci\u00f3n de 15% en el valor nominal de su deuda y una tasa de inter\u00e9s m\u00e1s baja. Debido a que la AEE es una corporaci\u00f3n p\u00fablica sin fines de lucro propiedad del gobierno, los costos relacionados a la deuda deben recuperarse a trav\u00e9s de sus clientes, a diferencia de utilidades que son propiedad de inversionistas donde una parte de sus costos es absorbida por sus accionistas. La transacci\u00f3n, adem\u00e1s, identifica una porci\u00f3n del total del pago del cliente (alrededor del 12% en el primer a\u00f1o), que la AEE debe tratar de manera diferente del resto de pago del cliente. En concreto, la AEE debe separar los pagos de transacci\u00f3n de titulizaci\u00f3n del resto de sus ingresos, para luego transferir los pagos a los tenedores de bonos sin demora. Ese es el prop\u00f3sito del mecanismo de la transacci\u00f3n de titulizaci\u00f3n &#8211; separar los fondos para el repago de la deuda de los fondos generales de la AEE, y lograr que el dinero sea transferido sin demora.<\/p>\n<p>La <a href=\"http:\/\/energia.pr.gov\/wp-content\/uploads\/2016\/06\/21-junio-2016-Orden-de-Reestructuracion-Espa\u00f1ol-1.pdf\" target=\"_blank\">Orden de Reestructuraci\u00f3n<\/a> emitida por la Comisi\u00f3n es el resultado de un per\u00edodo de evaluaci\u00f3n de 75 d\u00edas, durante el cual la CEPR, junto con los interventores participantes, fueron capaces de obtener concesiones significativas de CRAEE en beneficio a todos los clientes del servicio el\u00e9ctrico. La Ley 4-2016 no permit\u00eda a la CEPR rechazar la petici\u00f3n a\u00fan si entendiera que la AEE debi\u00f3 obtener un mayor ahorro por parte de los tenedores de bonos con el fin de producir un cargo de transici\u00f3n menor. Tampoco requer\u00eda que la CRAEE demostrara que el cargo de transici\u00f3n propuesto ser\u00eda el m\u00e1s bajo posible, o que la AEE obtuvo el m\u00e1ximo ahorro de sus bonistas. Mientras que la jurisdicci\u00f3n de la CEPR era limitada en este procedimiento, la Ley 57-2014 concede a la Comisi\u00f3n amplios poderes y discreci\u00f3n con respecto a la petici\u00f3n de la AEE para la revisi\u00f3n de nuevas tarifas presentada el 27 de mayo de 2016.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n de Energ\u00eda de Puerto Rico (CEPR) aprob\u00f3 hoy, martes, la Metodolog\u00eda de C\u00e1lculo y Mecanismo de Ajuste propuesto por la Corporaci\u00f3n para la Revitalizaci\u00f3n de la Autoridad de Energ\u00eda Electrica de Puerto Rico (CRAEEPR) para el establecimiento de un cargo de transici\u00f3n, conforme a la Ley 4-2016, conocida como la Ley para la [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":406957,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[22],"tags":[],"class_list":["post-83959","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/83959","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=83959"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/83959\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":406959,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/83959\/revisions\/406959"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/406957"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=83959"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=83959"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=83959"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}