{"id":77642,"date":"2016-09-05T00:00:00","date_gmt":"2016-09-05T04:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20160905\/estudiantes-y-confinados-dos-poblaciones-que-los-tribunales-dominan-con-pl\/"},"modified":"2025-07-16T14:43:31","modified_gmt":"2025-07-16T14:43:31","slug":"estudiantes-y-confinados-dos-poblaciones-que-los-tribunales-dominan-con-pl","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20160905\/estudiantes-y-confinados-dos-poblaciones-que-los-tribunales-dominan-con-pl\/","title":{"rendered":"Estudiantes y confinados, dos poblaciones que los tribunales dominan con pl"},"content":{"rendered":"<p>La pol\u00edtica p\u00fablica del pa\u00eds en \u00e1reas medulares como la educaci\u00f3n y la rehabilitaci\u00f3n de confinados se ha ido construyendo utilizando como base dos de lospleitosdeclasem\u00e1s extensos y complejos que se han visto en los tribunales de Puerto Rico y Estados Unidos.<\/p>\n<p>Una de las controversias m\u00e1s \u00e1lgidas en la historia judicial del pa\u00eds ha sido el caso de Rosa Lydia V\u00e9lez contra el Departamento de Educaci\u00f3n (DE). Por casi tres d\u00e9cadas, elpleitodeclasesobre el acceso a la educaci\u00f3n de los ni\u00f1os y ni\u00f1as participantes del Programa de Educaci\u00f3n Especial del DE ha pasado de mano en mano entre los Secretarios de la agencia. En menos de un a\u00f1o luego de su presentaci\u00f3n, ya el Tribunal hab\u00eda dispuesto las obligaciones del DE para con los estudiantes de Educaci\u00f3n Especial, entre estas: evaluar y ofrecer los servicios a los demandantes, implementar un programa de divulgaci\u00f3n de los derechos de laclasey orientar a los recursos humanos de la agencia sobre el alcance de la sentencia parcial.<\/p>\n<p>El 24 de septiembre de 1997, el Tribunal emite Resoluci\u00f3n y Orden, por estipulaci\u00f3n, en la cual requiere que el DE asuma la administraci\u00f3n total del remedio provisional; ordena al DE la preparaci\u00f3n de un manual de operaciones para la implementaci\u00f3n de los aspectos administrativos del tr\u00e1mite de querellas y la creaci\u00f3n de una Secretar\u00eda para la administraci\u00f3n del procedimiento de querellas y el remedio provisional. Fue el continuo incumplimiento de Educaci\u00f3n el que finalmente desemboc\u00f3 en la designaci\u00f3n de un Comisionado Especial en 1984 y la imposici\u00f3n de multas millonarias contra la agencia en el 2002.<\/p>\n<p>A principios de este a\u00f1o, cay\u00f3 una de las \u00faltimas l\u00edneas de defensa del gobierno cuando el Tribunal Supremo de Puerto Rico dict\u00f3 sentencia para que se revocara una determinaci\u00f3n del Tribunal de Apelaciones por medio de la cual se excluy\u00f3 a los padres, madres, y encargados de ni\u00f1os y ni\u00f1as registrados en el Programa de Educaci\u00f3n Especial del Departamento de Educaci\u00f3n como partes reclamantes en elpleitode da\u00f1os y perjuicios contra la agencia. Como victoria p\u00edrrica para el Estado, las reclamaciones deber\u00e1n probar que la negligencia del DE fue causante directa del da\u00f1o a los demandantes.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-2330341208\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-970&#215;250\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1.jpg 970w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1-300x77.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1-768x198.jpg 768w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30100504\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x250-1-18x5.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 970px) 100vw, 970px\" width=\"970\" height=\"250\"   \/><\/a><\/div>\n<p>Igualmente extenso y complejo ha sido el caso Morales Feliciano, incoado ante los tribunales para exigir mejoras en las condiciones que el Estado manten\u00eda a los confinados en las c\u00e1rceles de la Isla. Presentado en 1979 durante la administraci\u00f3n del exgobernador Carlos Romero Barcel\u00f3, al a\u00f1o siguiente el tribunal acogi\u00f3 el reclamo contra el hacinamiento de la poblaci\u00f3n penal. En el 1986, se ampl\u00edan mediante estipulaci\u00f3n las medidas para corregir las condiciones de vivienda de los presos. No es hasta la d\u00e9cada de los 90s que el Gobierno decide establecer un programa piloto en la c\u00e1rcel Las Cucharas de Ponce y por estipulaci\u00f3n se establece un fondo de garant\u00eda de cumplimiento y la imposici\u00f3n de multas por incumplimiento a los acuerdos. Al igual que en elpleitode Rosa Lydia V\u00e9lez, el Tribunal no estuvo satisfecho con el desempe\u00f1o de la agencia a finales de los 90 por lo que en el a\u00f1o 2000 se ordena el nombramiento de un asesor t\u00e9cnico para la Administraci\u00f3n de Correcci\u00f3n. Desde finales del 2015 hasta mediados del presente a\u00f1o, se dieron los toques finales a la estipulaci\u00f3n que dio fin alpleitom\u00e1s largo en la historia judicial federal. Marcados por la crisis econ\u00f3mica del erario, el remedio provisto por el tribunal se caracteriz\u00f3 por incentivos y beneficios en las \u00e1reas de vivienda y educaci\u00f3n principalmente.<\/p>\n<p>Elpleitodeclasesobre el pago excesivo de primas de Seguro de Responsabilidad Obligatorio ha sido el que en menos tiempo el gobierno de Puerto Rico ha llegado a una transacci\u00f3n con los demandantes. Adem\u00e1s, no ha sido unpleitoque estableciera est\u00e1ndares de pol\u00edtica p\u00fablica sino que representa un acuerdo puramente monetario y la reiteraci\u00f3n del principio de derecho del debido proceso de ley.<\/p>\n<p>Hacienda intent\u00f3 sin \u00e9xito dar la batalla ante las cortes estatales y federales para que se desestimaran los reclamos de los consumidores. A nivel estatal, en el 2001 se solicit\u00f3 la certificaci\u00f3n comopleitodeclaseen el Tribunal de Primera Instancia en San Juan. El gobierno, como codemandante junto a la Asociaci\u00f3n de Suscripci\u00f3n Conjunta, logr\u00f3 que el foro denegara sin vista la certificaci\u00f3n depleitodeclase, decisi\u00f3n que fue confirmada en 2004 por el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Sin embargo, en una opini\u00f3n suscrita por el juez Rebollo L\u00f3pez, el Tribunal Supremo de Puerto Rico devolvi\u00f3 los procesos al tribunal de primera instancia para que se celebrara la vista de certificaci\u00f3n comopleitodeclase.<\/p>\n<p>Al mismo tiempo que Hacienda perd\u00eda una batalla en el foro estatal, los demandantes acudieron a la corte federal donde finalmente luego de varios incidentes procesales el Primer Circuito de Boston determin\u00f3 en el 2011 que el Estado viol\u00f3 el debido proceso de ley al crear una ley que le da derecho a los conductores a reclamar un reembolso por primas duplicadas sin establecer una clara notificaci\u00f3n del proceso para hacer valer ese derecho. Este proceso a nivel federal detuvo la marcha del caso en el Tribunal de Primera Instancia local, foro que acogi\u00f3 un acuerdo entre Hacienda y los demandantes para establecer un proceso de reembolso para los pagos duplicados realizados desde el 1998 hasta el 2010. Elpleitoprosigue a finales de este a\u00f1o contra la Asociaci\u00f3n de Suscripci\u00f3n Conjunta que no fue parte de las estipulaciones con Hacienda.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La pol\u00edtica p\u00fablica del pa\u00eds en \u00e1reas medulares como la educaci\u00f3n y la rehabilitaci\u00f3n de confinados se ha ido construyendo utilizando como base dos de lospleitosdeclasem\u00e1s extensos y complejos que se han visto en los tribunales de Puerto Rico y Estados Unidos. Una de las controversias m\u00e1s \u00e1lgidas en la historia judicial del pa\u00eds ha [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":450679,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-77642","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ultima-hora"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/77642","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=77642"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/77642\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":450682,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/77642\/revisions\/450682"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/450679"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=77642"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=77642"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=77642"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}