{"id":66734,"date":"2016-11-28T00:00:00","date_gmt":"2016-11-28T04:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20161128\/nuevo-reglamento-para-revision-de-facturas-y-suspension-de-servicio-electri\/"},"modified":"2025-07-18T08:55:06","modified_gmt":"2025-07-18T08:55:06","slug":"nuevo-reglamento-para-revision-de-facturas-y-suspension-de-servicio-electri","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20161128\/nuevo-reglamento-para-revision-de-facturas-y-suspension-de-servicio-electri\/","title":{"rendered":"Nuevo reglamento para revisi\u00f3n de facturas y suspensi\u00f3n de servicio el\u00e9ctri"},"content":{"rendered":"<p>El presidente de la Comisi\u00f3n de Energ\u00eda de Puerto Rico (CEPR), licenciado Agust\u00edn Carb\u00f3 Lugo anunci\u00f3 el lunes, que se aprob\u00f3 el Reglamento sobre el Procedimiento de Revisi\u00f3n de Facturas y Suspensi\u00f3n del Servicio Electrico para establecer las normas que regir\u00e1n los mecanismos y procedimientos disponibles a los consumidores a los fines de atender y resolver toda disputa que surja en relaci\u00f3n a las facturas por concepto de consumo energetico.<\/p>\n<p>De igual forma, el Reglamento establece el procedimiento para la objeci\u00f3n de las facturas, el cual estar\u00e1 disponible para los clientes, y que deber\u00e1 ser agotado antes de solicitar una revisi\u00f3n ante la CEPR. Por otro lado, se incluyen adem\u00e1s las normas generales para la suspensi\u00f3n del servicio el\u00e9ctrico por falta de pago para todos los clientes.<\/p>\n<p>&#8216;La CEPR promulg\u00f3 este Reglamento a tenor con las disposiciones del Art\u00edculo 6.27 de la Ley 57-2014, seg\u00fan enmendada, tambi\u00e9n conocida como Ley de Transformaci\u00f3n y ALIVIO Energ\u00e9tico, que establece que la Comisi\u00f3n adoptar\u00e1 los reglamentos necesarios para regir en Puerto Rico los procedimientos de revisi\u00f3n de facturas y las gu\u00edas para la suspensi\u00f3n del servicio el\u00e9ctrico por falta de pago&#8217;, se\u00f1al\u00f3 Carb\u00f3 Lugo en declaraciones escritas.<\/p>\n<p>Mencion\u00f3 que a partir de la vigencia de este Reglamento, el principal proveedor de servicios de energ\u00eda el\u00e9ctrica al detal en Puerto Rico, la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AEE), deber\u00e1 implementar en sus operaciones de mercadeo, servicio al cliente, o cualquier otra \u00e1rea de negocio relevante, todas las disposiciones del mismo para el manejo de objeciones que presenten sus clientes sobre sus facturas de servicio el\u00e9ctrico. El Reglamento aplicar\u00e1 a los procedimientos informales que implementar\u00e1 la AEE, o cualquier otra compa\u00f1\u00eda de servicio el\u00e9ctrico en Puerto Rico que se dedique a ofrecer a consumidores de energ\u00eda el\u00e9ctrica el servicio de distribuci\u00f3n o suministro de energ\u00eda el\u00e9ctrica al detal, para la revisi\u00f3n de facturas y la suspensi\u00f3n de servicio al cliente. Cada compa\u00f1\u00eda ser\u00e1 responsable de la gesti\u00f3n de sus operaciones conforme a las normas establecidas en este Reglamento. La CEPR supervisar\u00e1 el fiel y cabal cumplimiento de estas normas mediante el ejercicio de sus poderes para la regulaci\u00f3n del sector el\u00e9ctrico conforme a la Ley 57-2014.<\/p>\n<p>Explic\u00f3 que el Reglamento regir\u00e1, adem\u00e1s, los procedimientos informales para la objeci\u00f3n de las facturas de servicio el\u00e9ctrico de las entidades p\u00fablicas, as\u00ed como de las facturas de servicio el\u00e9ctrico de los municipios por el consumo el\u00e9ctrico de instalaciones o entidades municipales que no est\u00e9 cubierto por el mecanismo de la Contribuci\u00f3n en Lugar de Impuestos (CELI), seg\u00fan lo establecido en la Secci\u00f3n 22 de la Ley N\u00famero 83 de 2 de mayo de 1941, seg\u00fan enmendada, y en los reglamentos de la CEPR.<\/p>\n<p>&#8216;Cabe destacar que este Reglamento es, en parte, el producto del an\u00e1lisis de los comentarios y las preocupaciones expresadas en vistas p\u00fablicas durante el proceso de participaci\u00f3n ciudadana. Mediante este Reglamento, la CEPR atiende, entre otras, una de las preocupaciones m\u00e1s reiteradas por el p\u00fablico. Se trata de la aplicabilidad de las nuevas disposiciones en los procedimientos formales e informales que, antes de entrar en vigor este Reglamento, hayan iniciado al amparo de lo dispuesto en la Ley N\u00famero 33 de 27 de junio de 1985, seg\u00fan enmendada, conocida como la Ley para Establecer Requisitos Procesales M\u00ednimos para la Suspensi\u00f3n de Servicios P\u00fablicos Esenciales. Estos procedimientos continuar\u00e1n su curso ante la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AEE), siendo cobijados por la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme&#8217;, a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n<p>No obstante, se\u00f1al\u00f3 que las decisiones finales de la AEE respecto a los procedimientos iniciados al amparo de la Ley N\u00famero 33 ser\u00e1n revisables ante la CEPR, seg\u00fan las disposiciones de este Reglamento. Las disposiciones del mismo y las disposiciones del Reglamento N\u00famero 8543, conocido como el Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisi\u00f3n de Tarifas e Investigaciones, relacionadas con la revisi\u00f3n de decisiones finales de la AEE sobre objeciones a facturas, aplicar\u00e1n a las objeciones y solicitudes de investigaci\u00f3n presentadas ante cualquier compa\u00f1\u00eda de servicio el\u00e9ctrico luego de la entrada en vigor de este Reglamento.<\/p>\n<p>&#8216;Con la adopci\u00f3n de este Reglamento, la CEPR ha procurado crear un balance adecuado, justo, eficaz y transparente entre los intereses de las compa\u00f1\u00edas de servicio el\u00e9ctrico y los intereses de los consumidores teniendo como norte el bien com\u00fan para todo Puerto Rico&#8217;, concluy\u00f3 Carb\u00f3 Lugo.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presidente de la Comisi\u00f3n de Energ\u00eda de Puerto Rico (CEPR), licenciado Agust\u00edn Carb\u00f3 Lugo anunci\u00f3 el lunes, que se aprob\u00f3 el Reglamento sobre el Procedimiento de Revisi\u00f3n de Facturas y Suspensi\u00f3n del Servicio Electrico para establecer las normas que regir\u00e1n los mecanismos y procedimientos disponibles a los consumidores a los fines de atender y [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":502363,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-66734","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ultima-hora"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66734","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=66734"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66734\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":502371,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/66734\/revisions\/502371"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/502363"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=66734"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=66734"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=66734"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}