{"id":60502,"date":"2014-03-14T00:00:00","date_gmt":"2014-03-14T04:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/credito-de-pr\/economia\/20140314\/radican-medida-para-que-corporaciones-publicas-se-puedan-ir-a-la-quiebra\/"},"modified":"2025-08-20T11:09:30","modified_gmt":"2025-08-20T11:09:30","slug":"radican-medida-para-que-corporaciones-publicas-se-puedan-ir-a-la-quiebra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20140314\/radican-medida-para-que-corporaciones-publicas-se-puedan-ir-a-la-quiebra\/","title":{"rendered":"Radican medida para que corporaciones p\u00fablicas se puedan ir a la quiebra"},"content":{"rendered":"<p>Los senadores \u00c1ngel Rosa y Jose Nadal Power radicaron el jueves el Proyecto del Senado 993 para poder reestructurar y hasta liquidar una corporaci\u00f3n p\u00fablica declarada insolvente.<\/p>\n<p>Las deudas de las corporaciones p\u00fablicas conforma m\u00e1s de la mitad de la deuda total de Puerto Rico de sobre $70,000 millones. La medida fue escrita en ingl\u00e9s y en espa\u00f1ol pero establece que de haber cualquier incongruencia, prevalecer\u00e1 la versi\u00f3n en ingl\u00e9s. La medida comenz\u00f3 a discutirse ayer mismo en el mercado financiero fuera de la Isla y se une a las se\u00f1ales que ha dado el Gobierno de que reestructurar la deuda del pa\u00eds no es una estrategia descartada.<\/p>\n<p>El proyecto permite atender un problema de insolvencia de forma balanceada protegiendo los intereses de todos, dijo Rosa.<\/p>\n<p>&#8216;Ante una posible insolvencia fiscal, el remedio menos oneroso es que tanto los empleados como los acreedores puedan negociar un plan que facilite la reestructuraci\u00f3n de las obligaciones financieras. La presente medida nos establece un procedimiento bien dise\u00f1ado que permitir\u00e1 resolver estas situaciones de manera eficiente y organizada&#8217;, dijo Rosa.<\/p>\n<p>Nadal Power dijo que la medida representa un compromiso de mantener credibilidad ante los inversionistas.<\/p>\n<p>Aunque la quiebra es un campo ocupado por el Gobierno federal, los gobiernos estatales, en el ejercicio de su poder de raz\u00f3n de Estado tienen dentro de sus facultades aprobar legislaci\u00f3n para atender la insolvencia de las personas jur\u00eddicas y naturales. &#8216;Como parte de ese poder se encuentra la facultad de los Tribunales para nombrar s\u00edndicos que administren empresas insolventes. Legislaci\u00f3n similar goza de amplia aceptaci\u00f3n en los estados federados, y ha sido particularmente importante en la liquidaci\u00f3n y reorganizaci\u00f3n de empresas en la industria de la tecnolog\u00eda&#8217;, dice la medida.<\/p>\n<p>La propuesta ley crea un proceso para que corporaciones p\u00fablicas elegibles puedan reestructurar sus deudas bajo la supervisi\u00f3n del Tribunal y en consenso con los acreedores.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la medida, todas las corporaciones son elegibles para el plan de reestructuraci\u00f3n si no pueden pagar sus deudas. Los acreedores ser\u00e1n parte de la reestructuraci\u00f3n, la cual se notificar\u00edan en Internet y al Banco Gubernamental de Fomento (BGF).<\/p>\n<p>El proceso comenzar\u00eda mediante una resoluci\u00f3n sometida ya sea por la Junta de la corporaci\u00f3n p\u00fablica o por un acreedor.<\/p>\n<p>En el caso de que lo haga la Junta, la misma se someter\u00eda a un tribunal luego de ser aprobada por el Gobernador. En el caso de que la solicitud la haga la Junta, la misma debe contener las razones por las que la corporaci\u00f3n p\u00fablica es elegible bajo las disposiciones de la propuesta ley y si la solicitud es causada por falta de liquidez; recomendaciones sobre la administraci\u00f3n interina de la corporaci\u00f3n p\u00fablica; y las recomendaciones sobre un plan para restaurar la solvencia si es posible, cumpliendo con las obligaciones existentes o liquid\u00e1ndose si es necesario.<\/p>\n<p>Si la solicitud la hace un acreedor, la misma debe establecer las razones por las que la corporaci\u00f3n p\u00fablica es elegible a la reestructuraci\u00f3n; recomendaciones sobre la administraci\u00f3n interina de la corporaci\u00f3n p\u00fablica y recomendaciones de ser necesarias sobre un plan para restaurar la solvencia.<\/p>\n<p>El Tribunal tendr\u00e1 el poder de disponer remedios provisionales, emitir \u00f3rdenes, nombrar expertos, anular contratos, consolidar procedimientos de deuda y aprobar un plan de reorganizaci\u00f3n o liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La propuesta medida establece que mientras se vea el procedimiento en el tribunal, la corporaci\u00f3n p\u00fablica deber\u00e1 ser administrada por un Comit\u00e9 de S\u00edndicos, compuesto por cinco miembros, de los cuales dos son nombrados por el Gobernador y tres por el Tribunal.<\/p>\n<p>Luego de una vista sobre el plan propuesto o modificado y si fuese aprobado por 75% de los acreedores que representan el monto de las obligaciones afectadas por el plan, el Tribunal podr\u00e1 aprobar el plan si determina que la corporaci\u00f3n p\u00fablica es incapaz de pagar sus obligaciones. Dicho plan es vinculante a todas las partes.<\/p>\n<p>El plan puede proveer para una emisi\u00f3n de bonos para pagar la deuda. &#8216;En el grado en que dicho plan provea para la sustituci\u00f3n de bonos, notas u otras obligaciones de la corporaci\u00f3n p\u00fablica en lugar de bonos, notas u otras obligaciones ya emitidas, dicha sustituci\u00f3n se llevara a cabo y ser\u00e1 efectiva desde la fecha que se establezca en el plan&#8217;, dice la medida.<\/p>\n<p>Si no es posible una reorganizaci\u00f3n, el Tribunal podr\u00e1 ordenar la liquidaci\u00f3n de la corporaci\u00f3n p\u00fablica. Al as\u00ed hacerlo permitir\u00e1 a los acreedores de la corporaci\u00f3n p\u00fablica el mayor grado de repago posible.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los senadores \u00c1ngel Rosa y Jose Nadal Power radicaron el jueves el Proyecto del Senado 993 para poder reestructurar y hasta liquidar una corporaci\u00f3n p\u00fablica declarada insolvente. 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