{"id":191873,"date":"2023-04-04T05:45:00","date_gmt":"2023-04-04T09:45:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=191873"},"modified":"2025-07-12T09:37:26","modified_gmt":"2025-07-12T09:37:26","slug":"juez-federal-prohibe-al-gobierno-criminalizar-la-expresion-publica-durante-una-emergencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20230404\/juez-federal-prohibe-al-gobierno-criminalizar-la-expresion-publica-durante-una-emergencia\/","title":{"rendered":"Juez federal proh\u00edbe al gobierno criminalizar la expresi\u00f3n p\u00fablica durante una emergencia"},"content":{"rendered":"<h3>Sentencia del juez Pedro Delgado anula parte de ley que la legislatura del PNP y la exgobernadora Wanda V\u00e1zquez aprobaron en respuesta a emergencia del covid-19.<\/h3>\n<p>El juez federal Pedro Delgado Hern\u00e1ndez prohibi\u00f3 al gobierno poner en vigor la secci\u00f3n de la Ley del Departamento de Seguridad P\u00fablica (DSP) que permit\u00eda procesar a las personas que expresen rumores o falsas alarmas durante un per\u00edodo de emergencia y que la legislatura de mayor\u00eda novoprogresista y la exgobernadora Wanda V\u00e1zquez Garced aprobaron en 2020 bajo la declaraci\u00f3n de emergencia por la pandemia del coronavirus.<\/p>\n<p>Que se conozca, solo una persona, que result\u00f3 ser un pastor, enfrent\u00f3 cargo bajo una ley de 2017 que fue precursora de la ley impugnada en este caso, pero los tribunales locales no dieron lugar al arresto. Pero, aunque no hab\u00edan procesado a nadie por la nueva ley, el gobierno se manten\u00eda defendiendo la validez de la misma en el pleito que Delgado Hern\u00e1ndez ten\u00eda ante s\u00ed, por lo que este lo resolvi\u00f3 el viernes en la noche, casi tres a\u00f1os despu\u00e9s de que la American Civil Liberties Union (ACLU) entablara la reclamaci\u00f3n en nombre de los periodistas Sandra Rodr\u00edguez Cotto y Rafelli Gonz\u00e1lez Cotto.<\/p>\n<p>Aunque en el camino ocurrieron enmiendas, en la secci\u00f3n 5.14 de la Ley 20 del DSP permaneci\u00f3 la disposici\u00f3n que convierte en delito menos grave castigable con hasta seis meses de c\u00e1rcel y $5,000 de multa al que, durante un periodo de emergencia, exprese una \u201cfalsa alarma\u201d sobre una cat\u00e1strofe o al que disemine la misma por cualquier medio, incluyendo redes sociales. El delito se convierte en grave, con c\u00e1rcel de tres a\u00f1os, si la \u201cfalsa alarma\u201d causa gastos de sobre $10,000 o resulta en da\u00f1o f\u00edsico a cualquier persona.<\/p>\n<p>A lo largo de 45 p\u00e1ginas de opini\u00f3n, Delgado Hern\u00e1ndez hace un recorrido por la jurisprudencia relacionada con Primera Enmienda, y espec\u00edficamente un caso del Tribunal Supremo federal de 2012 (US v. Alvarez) que concluy\u00f3 que hay circunstancias en las que el gobierno podr\u00eda castigar una expresi\u00f3n falsa. Al aplicar los criterios de los casos, el juez encontr\u00f3 que la ley que firm\u00f3 V\u00e1zquez Garced no cumpl\u00eda con ninguna de las condiciones para sobrevivir la impugnaci\u00f3n que hicieron los periodistas.<\/p>\n<p>\u201cLos tribunales deben ser vigilantes para asegurar que la Primera Enmienda no se debilita durante periodos declarados de emergencia. La funci\u00f3n fiscalizadora de la expresi\u00f3n nunca es m\u00e1s vital que durante una crisis de gran escala\u201d, dijo Delgado Hern\u00e1ndez para resumir su ejercicio de desgranar cada elemento de la secci\u00f3n 5.14.<\/p>\n<p>En varias secciones de su opini\u00f3n el juez hizo cr\u00edticas a la redacci\u00f3n legislativa del estatuto, la que encontr\u00f3 que adolece de una \u201cgeneralidad\u201d fatal, y mencion\u00f3 que la secci\u00f3n no hace lo que la exposici\u00f3n de motivos dice que hace.<\/p>\n<p>Ante alegaciones del gobierno de que el estatuto no tiene problemas de constitucionalidad porque no hace cosas como discriminar sobre el contenido de la expresi\u00f3n porque proh\u00edbe todo el que sea falso, el juez ripost\u00f3. \u201cEl gobierno se equivoca, porque, de su faz, (la secci\u00f3n 5.14) directamente apunta y criminaliza un tipo de expresi\u00f3n: con la que no est\u00e1 de acuerdo\u201d, plante\u00f3. \u201cDe su faz, se proh\u00edbe decir que una cat\u00e1strofe est\u00e1 a punto de ocurrir, pero no apaciguar falsamente al p\u00fablico dici\u00e9ndoles que la situaci\u00f3n est\u00e1 bajo control\u201d, contrast\u00f3 tambi\u00e9n.<\/p>\n<p>De hecho, el juez hizo una cr\u00edtica elaborada a c\u00f3mo la respuesta del gobierno puede empeorar la alarma p\u00fablica. Lo hizo a partir del mismo ejemplo del pastor que fue acusado que en los primeros d\u00edas del encierro provoc\u00f3 aglomeraci\u00f3n en comercios al decir mediante un mensaje en la plataforma WhatsApp que el gobierno cerrar\u00eda todos los negocios y los puertos el d\u00eda siguiente. La respuesta del gobierno fue, por un lado, el entonces Secretario de Estado negando que se fuera a ordenar el cierre de los supermercados y, por el otro, el entonces Secretario de Seguridad P\u00fablica diciendo que no pod\u00eda negar no confirmar lo que dec\u00eda el mensaje del pastor. \u201c<\/p>\n<p>\u201cSi as\u00ed fue que los eventos se desarrollaron, en vez de cualificar como transparente, la informaci\u00f3n que se origin\u00f3 de fuentes gubernamentales fue contradictoria porque, a la misma vez, se estaba negando pero tambi\u00e9n se estaba diciendo que ni se negaba ni se confirmaba\u201d, observ\u00f3 al comentar que otra forma que ten\u00eda la legislatura para atender el problema de informaci\u00f3n falsa difundida durante una emergencia era legislar para lograr una mejor coordinaci\u00f3n y un uso m\u00e1s eficiente de las m\u00faltiples plataformas de comunicaci\u00f3n del gobierno, algunas de las cuales enumer\u00f3 en un anejo a su opini\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201c[E]l gobierno no prob\u00f3 porque una respuesta a la expresi\u00f3n falsa, en la forma de mayor transparencia, no atender\u00eda sus intereses\u2026 las din\u00e1micas de libre expresi\u00f3n, contraexpresi\u00f3n y refutaci\u00f3n pueden vencer las mentiras efectivamente\u201d, asegur\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cQue el gobierno tenga el poder constitucional para prohibir la diseminaci\u00f3n de representaciones falsas bajo ciertas circunstancias no significa que puede ejercer ese poder sin observar las limitaciones constitucionales, particularmente las encontradas en la Primera Enmienda\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<p>Para la opini\u00f3n del juez, pulse aqu\u00ed.<\/p>\n<p>Vea:<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/tribunales\/ahora\/gobierno\/20200520\/aclu-y-periodistas-demandan-al-gobierno-por-leyes-sobre-fake-news\/\" id=\"link-68f50c04157779fd3fbea80047f10842\" target=\"_blank\"> ACLU y periodistas demandan al gobierno por leyes sobre \u00bbfake news\u00bb <\/a><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sentencia del juez Pedro Delgado anula parte de ley que la legislatura del PNP y la exgobernadora Wanda V\u00e1zquez aprobaron en respuesta a emergencia del covid-19. 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