{"id":16879,"date":"2011-09-21T00:00:00","date_gmt":"2011-09-21T04:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20110921\/el-paso-a-paso-para-impugnar-su-factura-de-aee\/"},"modified":"2025-07-16T20:12:01","modified_gmt":"2025-07-16T20:12:01","slug":"el-paso-a-paso-para-impugnar-su-factura-de-aee","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20110921\/el-paso-a-paso-para-impugnar-su-factura-de-aee\/","title":{"rendered":"El paso a paso para impugnar su factura de AEE"},"content":{"rendered":"<p>Si usted es de los que piensa que el servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica se ha convertido en un lujo por los aumentos inexplicables de la tarifa sepa que por disposiciones legales puede objetar la factura que mensualmente le env\u00eda la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AEE).<\/p>\n<p>Solo le recomendamos que respire hondo y se ba\u00f1e de paciencia porque hacer la reclamaci\u00f3n puede tomarle alg\u00fan tiempo, ya sea por tel\u00e9fono o personalmente en una oficina comercial. No obstante, clientes que se han servido de la ley aseguran que la han usado para, indirectamente, impugnar y evadir el pago del &#8216;ajuste por combustible&#8217; que nadie sabe de cu\u00e1nto vendr\u00e1 de mes a mes. Adem\u00e1s, otros clientes han reportado que han podido completar el procedimiento usando el correo electr\u00f3nico servicios@prepa.com.<\/p>\n<p>De hecho, en el grupo de Facebook, Todo Puerto Rico en Contra del Abuso en la AEE, la alternativa de impugnar y no pagar hasta el 20% de la factura mensual es la opci\u00f3n m\u00e1s popular para una protesta masiva por los costos del servicio el\u00e9ctrico. Esto porque al no ser desglosado, el ajuste por combustible se trata de un cobro ilegal.<\/p>\n<p>Seg\u00fan se desprende de la Ley 33 del 27 de junio de 1985, &#8216;el cliente podr\u00e1 objetar cualquier pago que se refleje por primera vez en su factura o solicitar una investigaci\u00f3n sobre la misma&#8217; antes de la fecha de vencimiento que se indica en la factura.<\/p>\n<p>Si usted decide ir a hasta la oficina comercial, debe acudir al establecimiento que atiende su cuenta, que usualmente es el mismo en que usted activ\u00f3 los servicios de la residencia donde vive actualmente. Una vez all\u00ed, toma un turno para servicio y, cuando le atienda un representante le explica por qu\u00e9 est\u00e1 en desacuerdo con el total que suma su factura.<\/p>\n<p>Si decide hacer la querella por v\u00eda telef\u00f3nica, debe llamar al Centro de Servicio seg\u00fan su localizaci\u00f3n, 787-521-3434 (\u00e1rea metropolitana), 787-521-2435 (Isla) \u00f3 787-521-3050 (audioimpedidos). El representante que tome su llamada, registrar\u00e1 su reclamaci\u00f3n en el sistema para que la oficina correspondiente tome las riendas de la investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para ambos casos, se requiere que el querellante sea el due\u00f1o de la cuenta y, adem\u00e1s, debe tener accesible el n\u00famero de la misma.<\/p>\n<p>Una vez objetado el cargo, se le asignar\u00e1 un n\u00famero de once d\u00edgitos a su reclamaci\u00f3n que comenzar\u00e1 con la letra R. Los primeros dos d\u00edgitos servir\u00e1n para identificar la oficina de distrito en que se maneja su caso, los pr\u00f3ximos seis, la fecha y los \u00faltimos tres el n\u00famero de la reclamaci\u00f3n como tal. <a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/noticia\/110278\/explican-como-impugnar-el-20-de-la-factura-aee-video.html\/\" target=\"_blank\">el testimonio de H\u00e9ctor Arana<\/a>, un ciudadano que desde hace siete a\u00f1os impugna exitosamente el 20% de su factura sin que se le haya cobrado lo que dej\u00f3 de pagar, y sin que se le haya cortado el servicio.<\/p>\n<p>Entonces, la oficina de distrito tendr\u00e1 un plazo de 60 d\u00edas para notificarle por escrito el resultado de la investigaci\u00f3n realizada. De requerir m\u00e1s tiempo para la pesquisa, la oficina debe justificarlo en el periodo de 60 d\u00edas. No obstante, la ley estable que el &#8216;t\u00e9rmino total para realizar y notificar el resultado de la investigaci\u00f3n no podr\u00e1 exceder de seis meses, salvo en circunstancias especiales&#8217;.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-3435369701\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.cst.pr.gov\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"CST Banners Pasa la llave\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/01063812\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_970x90.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/01063812\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_970x90.jpg 970w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/01063812\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_970x90-300x28.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/01063812\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_970x90-768x71.jpg 768w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/01063812\/CST_Suma-Pasa-La-Llave_970x90-18x2.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 970px) 100vw, 970px\" width=\"970\" height=\"90\"   \/><\/a><\/div>\n<p>Los cargos en cuesti\u00f3n se eliminar\u00e1n de su factura para evitar que caigan en retraso mientras se eval\u00faa la reclamaci\u00f3n. Sin embargo, si la investigaci\u00f3n resulta adversa, usted tendr\u00e1 10 d\u00edas a partir de la notificaci\u00f3n para saldar la deuda o para solicitar revisi\u00f3n de la decisi\u00f3n ante el funcionario designado de la regi\u00f3n, somiti\u00e9ndola directamente en la oficina de distrito que atiende la cuenta. Si es una cuenta al por mayor, la solicitud de revisi\u00f3n se realizar\u00e1 mediante la Divisi\u00f3n de Medici\u00f3n y Clientes al por Mayor. En ambos escenarios, se provee un plazo de 20 d\u00edas para que los funcionarios emitan una decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>De este decisi\u00f3n notificada por escrito resultar adversa, el cliente tendr\u00e1 una vez m\u00e1s 10 d\u00edas para pagar o solicitar revisi\u00f3n y vista ante el Director Ejecutivo de la agencia. Esta solicitud deber\u00e1 radicarse en la Oficina del Administrador Regional de Operaciones Comerciales. Mientras que si es una cuenta al por mayor se radicar\u00e1 en la Divisi\u00f3n de Medici\u00f3n y Clientes al por Mayor.<\/p>\n<p>En esta etapa, previo a la vista administrativa, la AEE podr\u00e1 exigirle al cliente que pague una cantidad igual al promedio de la facturaci\u00f3n mensual o bimestral por cada factura objetada.<\/p>\n<p>A partir de la fecha que se someta el caso, la AEE tendr\u00e1 90 d\u00edas para nombrar un abogado ajeno a la agencia como Oficial Examinador para dilucidar los planteamientos del cliente, quien tambi\u00e9n podr\u00e1 contar con representaci\u00f3n legal.<\/p>\n<p>De no tener \u00e9xito y exig\u00edrsele la totalidad del pago o parte del cargo objetado tendr\u00e1 un plazo de 30 d\u00edas para saldar la deuda. Adem\u00e1s, podr\u00e1 presentar una moci\u00f3n de reconsideraci\u00f3n en un t\u00e9rmino de 20 d\u00edas o una solicitud de revisi\u00f3n ante el Circuito de Apelaciones dentro del t\u00e9rmino de 30 d\u00edas.<\/p>\n<p>De llegar a un proceso judicial, el mismo se regir\u00e1 por las disposiciones de la Ley 170 del 12 de agosto de 1988.<\/p>\n<p>Si el resultado de la vista o de la revisi\u00f3n judicial es favorable al cliente, la AEE le devolver\u00e1 o acreditar\u00e1 a su cuenta la cantidad que pag\u00f3 en exceso, si alguna, m\u00e1s intereses a raz\u00f3n de diez por ciento anual.<\/p>\n<p>Lea y vea<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si usted es de los que piensa que el servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica se ha convertido en un lujo por los aumentos inexplicables de la tarifa sepa que por disposiciones legales puede objetar la factura que mensualmente le env\u00eda la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AEE). 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