{"id":166942,"date":"2021-08-26T05:45:00","date_gmt":"2021-08-26T09:45:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=166942"},"modified":"2025-07-15T15:47:06","modified_gmt":"2025-07-15T15:47:06","slug":"nuevo-salario-minimo-excluye-al-sector-agricola-los-que-reciben-propina-y-a-todo-el-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/economia\/20210826\/nuevo-salario-minimo-excluye-al-sector-agricola-los-que-reciben-propina-y-a-todo-el-gobierno\/","title":{"rendered":"Nuevo salario m\u00ednimo excluye al sector agr\u00edcola, los que reciben propina y a todo el gobierno"},"content":{"rendered":"<h3>La medida busca aumentar el sueldo b\u00e1sico a $8.50 la hora para el 1 de enero del 2022; a $9.50 para el 1 de julio de 2023; y a $10.50 para el 1 de julio de 2024<\/h3>\n<p>La \u201cLey de Salario M\u00ednimo de Puerto Rico\u201d, reci\u00e9n aprobada por la C\u00e1mara de Representantes y que se espera apruebe tambi\u00e9n el Senado tras un acuerdo con Fortaleza, excluye de sus beneficios a los empleados gubernamentales, los trabajadores de la industria agr\u00edcola, aquellos que reciben propinas y tambi\u00e9n a los \u201cadministradores, ejecutivos y profesionales\u201d.<\/p>\n<p>El proyecto establece textualmente que \u201clos aumentos aplicar\u00e1n a todos(as) los(as) trabajadores(as) cobijados bajo la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo, seg\u00fan ha sido o fuere subsiguientemente enmendada, exceptuando aquellos(as) trabajadores(as) de la industria agr\u00edcola aquellos(as) empleados(as)de las agencias gubernamentales, instrumentalidades, municipios, Rama Judicial y Rama Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico\u201d .<\/p>\n<p>Agrega que \u201cel referido aumento tampoco aplicar\u00e1 a los(as) llamados(as) \u201cadministradores(as)\u201d, \u201cejecutivos(as)\u201d y \u201cprofesionales\u201d, seg\u00fan dichos t\u00e9rminos son definidos mediante el Reglamento N\u00famero 13 de la Junta de Salario M\u00ednimo.<\/p>\n<p>Los(as) empleado(as) que reciben propinas tendr\u00e1n derecho al salario m\u00ednimo federal vigente para dichos trabajadores(as) que, sumado a las propinas, deber\u00e1 alcanzar al menos el salario m\u00ednimo que se establece en esta Ley o el decreto mandatorio que sea aprobado\u201d.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-e1fb3c2dd7dfd9d8619009451753cbb7\">Nota relacionada: <\/strong><a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/legislatura\/ahora\/top-stories\/20210825\/camara-ratifico-acuerdo-con-el-gobernador-para-aumentar-salario-minimo\/\" id=\"link-cdba85ca700cdef79a60cf484b3f1a65\">C\u00e1mara ratific\u00f3 acuerdo con el Gobernador para aumentar salario m\u00ednimo<\/a><\/p>\n<p>En el caso de los trabajadores agr\u00edcolas y para aquellos que reciben propinas, la legislaci\u00f3n autoriza a la Comisi\u00f3n Evaluadora de Salario M\u00ednimo -que se crea en el mismo estatuto-  a establecer en su momento decretos mandatorios \u201cespeciales\u201d  para cubrir a estos grupos.<\/p>\n<p>Para los del sector agr\u00edcola se le otorga a un plazo a la comisi\u00f3n para emitir dicho decreto, que debe ser \u201cen o antes del 1 de julio de 2022, incluyendo para aquellos excluidos de la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo\u201d.<\/p>\n<p>Los trabajadores sujetos a ingresos por propina no tienen ese plazo, aunque se autoriza tambi\u00e9n a la Comisi\u00f3n que emita un decreto especial que los beneficie.<\/p>\n<p>Lo mismo se aplica a los \u201cadministradores, ejecutivos y profesionales\u201d, que seg\u00fan lee la medida estos t\u00e9rminos est\u00e1n definidos por el Reglamento N\u00famero 13 de la Junta de Salario M\u00ednimo, el cual continuar\u00e1 en vigor \u201chasta que la Comisi\u00f3n lo derogue o lo enmiende\u201d.<\/p>\n<p>Para los que no se dispone decreto especial alguno es para los trabajadores de las agencias, instrumentalidades y municipios del Gobierno.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-14dbc9930b50dad12abb39812269b4c5\">La Comisi\u00f3n Evaluadora<\/strong><\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-3540356211\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese Noticel_JUL-AGO 300&#215;250\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30143204\/Acodese-Noticel_JUL-AGO-300x250-1-1.png\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30143204\/Acodese-Noticel_JUL-AGO-300x250-1-1.png 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30143204\/Acodese-Noticel_JUL-AGO-300x250-1-1-14x12.png 14w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"250\"   \/><\/a><\/div>\n<p>La Comisi\u00f3n Evaluadora del Salario M\u00ednimo que crea esta ley estar\u00e1 adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y la integrar\u00e1n hasta ahora siete personas \u201cde reconocida simpat\u00eda con los prop\u00f3sitos de esta Ley\u201d.<\/p>\n<p>Estos ser\u00e1n dos  representantes de los intereses de los  trabajadores y de estos al menos uno(a) ser\u00e1 economista; otros dos ser\u00e1n representantes de los intereses de los patronos, y tambi\u00e9n uno de ellos ser\u00e1 economista; uno(a) ser\u00e1 economista recomendado(a) por los Departamentos de Econom\u00eda de la Universidad de Puerto Rico y la Asociaci\u00f3n de Economistas de Puerto Rico; uno(a) ser\u00e1 economista experto(a)  en asuntos laborales recomendado por el Instituto de Relaciones del Trabajo de la Universidad de Puerto Rico y de los Departamentos de Econom\u00eda de la Universidad de Puerto Rico; y el s\u00e9ptimo ser\u00e1 representante del inter\u00e9s p\u00fablico, manifestado en el cargo del Secretario(a) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, quien presidir\u00e1 la Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Este nuevo organismo deber\u00e1 realizar o comisionar un Informe Anual respecto a los salarios, horario, beneficios, remuneraciones y las condiciones de trabajo que prevalecen en las distintas industrias en Puerto Rico, que deber\u00e1 contener un an\u00e1lisis comprensivo del costo de vida y la inflaci\u00f3n en Puerto Rico, as\u00ed como recomendaciones puntuales sobre cu\u00e1l deber\u00eda ser el salario m\u00ednimo para ese a\u00f1o natural.<\/p>\n<p>Dicho reporte deber\u00e1 tambi\u00e9n tomar en consideraci\u00f3n el valor monetario de los programas de beneficencia social en contraste con el salario m\u00ednimo vigente y propuesto, as\u00ed como su interacci\u00f3n con programas de recompensa y cr\u00e9dito al trabajo, tales como, pero sin limitarse al Earned Income TaxCredit  y el Child Tax Credit con su respectiva aplicaci\u00f3n local.<\/p>\n<p>Recogiendo las recomendaciones del Grupo Asesor del Gobernador Sobre Salario M\u00ednimo y como parte del acuerdo con Fortaleza, se dispone en la legislaci\u00f3n que dicho informe anual \u201cdebe tomar en consideraci\u00f3n indicadores del mercado laboral en Puerto Rico tales como, pero sin limitarse, a empleo, desempleo, participaci\u00f3n laboral y salarios. De igual forma, debe tomar en consideraci\u00f3n los indicadores de desarrollo econ\u00f3mico de Puerto Rico tales como, pero sin limitarse, al \u00edndice de actividad econ\u00f3mica y productividad\u201d.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-4602320003e1e3b9c13aa122ccdba005\">Lea tambi\u00e9n: <\/strong><a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/economia\/top-stories\/20210719\/alza-en-salario-minimo-podria-beneficiar-hasta-un-22-de-los-trabajadores\/\" id=\"link-ea3b4d9be86bdd1d4fa4db772d7e4cf3\">Alza en salario m\u00ednimo podr\u00eda beneficiar hasta un 22% de los trabajadores<\/a><\/p>\n<p>Tras la publicaci\u00f3n del mencionado informe anual, la Comisi\u00f3n deber\u00e1 entonces emitir decretos mandatorios y dictar el salario m\u00ednimo adecuado para cubrir los costos de vida b\u00e1sicos de los trabajadores. Estos decretos mandatorios tendr\u00e1n que ser aprobados, al menos, una vez cada dos a\u00f1os, pero no se podr\u00e1 aprobar m\u00e1s de dos decretos mandatorios para variar el salario m\u00ednimo vigente en un mismo a\u00f1o.<\/p>\n<p>Se establece adem\u00e1s la limitaci\u00f3n de que, con excepci\u00f3n del primer decreto mandatorio que establezca la Comisi\u00f3n por encima del salario m\u00ednimo base fijado en esta Ley, ning\u00fan otro cambio en el salario m\u00ednimo de determinado a\u00f1o podr\u00e1 exceder m\u00e1s del 25% del salario m\u00ednimo anteriormente fijado por la propia Comisi\u00f3n o por el Gobierno Federal.<\/p>\n<p>Otra importante disposici\u00f3n en esta legislaci\u00f3n es que se le ordena a las agencias que est\u00e9n a cargo solicitar y\/o supervisar programas de beneficencia social atemperar o solicitar que se atemperen, los requisitos y topes de ingreso para la cualificaci\u00f3n de los mismos, a los fines de minimizar cualquier posible impacto negativo a sus beneficiados y que los mismos no sean descalificados autom\u00e1ticamente.<\/p>\n<p>Esta legislaci\u00f3n tiene como objetivo principal aumentar el salario m\u00ednimo en Puerto Rico a $8.50 la hora para el 1 de enero del a\u00f1o 2022; a $9.50 para el 1 de julio de 2023; y a  $10.50 para el 1 de julio de 2024 \u201ca menos que la Comisi\u00f3n Evaluadora de Salario M\u00ednimo emita un decreto mandatorio variando el mismo\u201d.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La medida busca aumentar el sueldo b\u00e1sico a $8.50 la hora para el 1 de enero del 2022; a $9.50 para el 1 de julio de 2023; y a $10.50 para el 1 de julio de 2024 La \u201cLey de Salario M\u00ednimo de Puerto Rico\u201d, reci\u00e9n aprobada por la C\u00e1mara de Representantes y que se [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":352179,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[22],"tags":[],"class_list":["post-166942","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/166942","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=166942"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/166942\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":352182,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/166942\/revisions\/352182"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/352179"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=166942"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=166942"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=166942"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}