{"id":166490,"date":"2021-08-15T20:25:00","date_gmt":"2021-08-16T00:25:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/top-stories\/tribunales\/20210815\/juez-cometio-errores-crasos-para-favorecer-a-jueza-de-caso-ruiz-costas-2\/"},"modified":"2025-07-15T16:26:24","modified_gmt":"2025-07-15T16:26:24","slug":"juez-cometio-errores-crasos-para-favorecer-a-jueza-de-caso-ruiz-costas-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20210815\/juez-cometio-errores-crasos-para-favorecer-a-jueza-de-caso-ruiz-costas-2\/","title":{"rendered":"Juez cometi\u00f3 errores \u201ccrasos\u201d para favorecer a jueza de caso Ruiz Costas"},"content":{"rendered":"<h3>Tribunal de Apelaciones hizo un determinaci\u00f3n mixta en una demanda de cobro contra la jueza e hicieron observaciones sobre el manejo del caso por parte del juez D\u00edaz Rever\u00f3n.<\/h3>\n<p>El juez superior Jorge D\u00edaz Rever\u00f3n, quien cabilde\u00f3 sin \u00e9xito en el Senado para un ascenso al Tribunal de Apelaciones, y a quien el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia mantiene en lista corta para volver a nominarlo, recibi\u00f3 cr\u00edticas fuertes precisamente de un panel de jueces apelativos por su manejo de un caso de cobro cuya determinaci\u00f3n benefici\u00f3 a otra jueza superior.<\/p>\n<p>Se trata del caso de cobro que la Asociaci\u00f3n de Propietarios y Residentes Ciudad Jard\u00edn Bairoa Inc. (APRCJB) someti\u00f3 contra la jueza Ingrid Alvarado Rodr\u00edguez y su esposo, Jos\u00e9 Ulises Dalmau Santiago.<\/p>\n<p>Alvarado Rodr\u00edguez es una de las dos juezas a las que acudi\u00f3 Andrea Ruiz Costas en busca de protecci\u00f3n por el maltrato al que la somet\u00eda su expareja, Miguel Ocasio Santiago, quien la asesin\u00f3 poco m\u00e1s de un mes despu\u00e9s de que las juezas denegaran las solicitudes.<\/p>\n<p>Alvarado Rodr\u00edguez es objeto de varios pleitos y en este se le imput\u00f3 al matrimonio esencialmente no haber pagado las cuotas de mantenimiento de su urbanizaci\u00f3n en ning\u00fan momento, acumulando una deuda de $12,240 por cuotas, $1,224 por mora y otrs $5,000 por honorarios de abogado.<\/p>\n<p>Cuando D\u00edaz Rever\u00f3n atendi\u00f3 el caso, Alvarado Rodr\u00edguez ya era una compa\u00f1era jueza superior, pero no estaba en el Tribunal de Caguas, como lo estaba el tambi\u00e9n esposo de la exgobernadora Wanda V\u00e1zquez Garced.<\/p>\n<p>El juicio fue un solo d\u00eda y los demandados no presentaron prueba. Seg\u00fan el r\u00e9cord, D\u00edaz Rever\u00f3n elimin\u00f3 prueba que hab\u00eda sido estipulada, intervino en el interrogatorio de los testigos de los demandantes, hizo expresiones para presionar a los demandantes a que cedieran y, finalmente, emiti\u00f3 una sentencia en la que determin\u00f3 que la APRCJB no hab\u00eda podido establecer la procedencia de la deuda, por lo que el matrimonio solo ten\u00eda que pagar $901.72 por cuotas, $104 por mora y $3,000 de honorarios de abogados. Esto, a pesar de que en documentos sometidos al tribunal, el matrimonio admit\u00eda una deuda m\u00ednima de $8,400, de que hab\u00edan consignado en el tribunal $10,241.72 y de que los $5,000 de honorarios est\u00e1n mandatados en la escritura de compraventa.<\/p>\n<p>La APRCJB acudi\u00f3 al Apelativo alegando abuso de discreci\u00f3n, errores y parcialidad de D\u00edaz Rever\u00f3n. El 29 de julio, un panel del foro revisor compuesto por los jueces Abelardo Berm\u00fadez Torres, Ivelisse Dom\u00ednguez Irizarry y Grace Grana Mart\u00ednez emiti\u00f3 una sentencia dividida en la que sostuvo la determinaci\u00f3n del juez superior en cuanto a las cuotas y los cargos por mora, pero impuso los $5,000 del pago de honorarios. Aunque hubo una disidencia de la jueza Dom\u00ednguez Irizarry, los tres jueces coincidieron en resaltar las fallas de D\u00edaz Rever\u00f3n en su manejo del caso.<\/p>\n<p>\u201c[C]onstituy\u00f3 un abuso de discreci\u00f3n y un error craso de parte de (D\u00edaz Rever\u00f3n), no permitir a la representaci\u00f3n legal de la parte demandante interrogar a los testigos interrogados por \u00e9l ni ofrecer evidencia pertinente a la luz de sus interrogantes\u201d, indicaron los jueces Berm\u00fadez Torres y Grana Mart\u00ednez en su opini\u00f3n mayoritaria.<\/p>\n<p>En referencia a la forma en que D\u00edaz Rever\u00f3n rehus\u00f3 aceptar como prueba la escritura que impon\u00eda los honorarios de abogado, los jueces a\u00f1adieron que \u201cla exclusi\u00f3n de la copia certificada de la Escritura N\u00fam. 78 de Servidumbre en Equidad fue un craso error de derecho incurrido por (D\u00edaz Rever\u00f3n), toda vez que dicho instrumento p\u00fablico es admisible en virtud de las Reglas (de Evidencia)\u201d. \u201cCiertamente, su admisibilidad no requer\u00eda la comparecencia al Tribunal del notario que la prepar\u00f3 como prueba extr\u00ednseca para probar su autenticidad\u201d, a\u00f1adieron sobre el hecho de que D\u00edaz Rever\u00f3n hab\u00eda requerido a la representaci\u00f3n legal de la APRCJB que presentara como testigo al notario.<\/p>\n<p>En su disidencia, la jueza Dom\u00ednguez Irizarry sostuvo que el tribunal debi\u00f3 reconocer que las admisiones de la jueza y su esposo sobre la deuda eran suficiente evidencia para considerarla adjudicada y que D\u00edaz Rever\u00f3n solo se limitara a evaluar los honorarios de abogado y los intereses por mora.<\/p>\n<p>El propio D\u00edaz Rever\u00f3n, seg\u00fan lo cita la jueza apelativa, dijo que \u201cnos parece que la controversia no es la deuda de la cuota de mantenimiento\u201d. \u201cLo anterior, contrastado con la final disposici\u00f3n del caso mediante la sentencia ante nos apelada, evidencia una errada y, en cierto punto, sorpresiva incongruencia en la intervenci\u00f3n (de D\u00edaz Rever\u00f3n) con los m\u00e9ritos de la controversia\u201d, subray\u00f3 la jueza Dom\u00ednguez Irizarry quien detall\u00f3 la prueba documental y testifical que present\u00f3 la APRCJB y concluy\u00f3 que era suficiente para que los otros dos jueces apelativos revocaran al juez superior en cuanto a la cantidad de deuda por cuotas e intereses.<\/p>\n<p>\u201c[S]i ustedes borran lo que ha pasado hasta ahora, y se sientan, yo creo que eso es un caso que no tiene que llegar a juicio. \u00bfSabes? No tiene que llegar a juicio. Verdaderamente, yo\u2026 es el t\u00edpico caso, y\u2026 y uno ve qui\u00e9nes son las\u2026 uno no resuelve por qui\u00e9nes son las personas. Pero a veces el uno resolver, usted es el que ve\u2026 pues, puede tener un efecto. Un poquito. Que uno no quisiera\u201d, fue una de las citas de D\u00edaz Rever\u00f3n que se le presentaron al Apelativo para argumentar su parcialidad.<\/p>\n<p>\u201c[E]s un vecino, o sea, que no es un particular, es un vecino. Usted no sabe si ma\u00f1ana ese vecino le puede resolver el problema de su vida. \u00bfVerdad? Y usted, pues, tiene que tran\u2026 tiene que bregar aqu\u00ed\u201d, fue otra.<\/p>\n<p>NotiCel ha rese\u00f1ado que D\u00edaz Rever\u00f3n y su esposa han enfrentado demanda de ejecuci\u00f3n de hipoteca y otro pleito por atraso de $18,541.61 en el pago de sus cuotas de mantenimiento. Ambas controversias ya est\u00e1n resueltas.<\/p>\n<p>La APRCJB solicit\u00f3 reconsideraci\u00f3n al Apelativo en cuanto al monto de la deuda.<\/p>\n<p>Vea:<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/tribunales\/ahora\/top-stories\/20210524\/ante-tribunal-de-apelaciones-alegaciones-de-que-juez-favorecio-a-la-jueza-alvarado-en-un-pleito-de-c\/\" id=\"link-a17b3e59476294488120967f9ea54629\" target=\"_blank\"> Ante Tribunal de Apelaciones alegaciones de que juez favoreci\u00f3 a la jueza Alvarado en un pleito de cobro <\/a><\/p>\n<p>Para leer la sentencia del Apelativo, pulse aqu\u00ed.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tribunal de Apelaciones hizo un determinaci\u00f3n mixta en una demanda de cobro contra la jueza e hicieron observaciones sobre el manejo del caso por parte del juez D\u00edaz Rever\u00f3n. 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