{"id":163778,"date":"2021-06-18T17:46:00","date_gmt":"2021-06-18T21:46:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/economia\/gobierno\/top-stories\/20210618\/luma-pierde-en-su-intento-de-limitar-manifestaciones-de-la-utier\/"},"modified":"2025-07-15T20:47:34","modified_gmt":"2025-07-15T20:47:34","slug":"luma-pierde-en-su-intento-de-limitar-manifestaciones-de-la-utier","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20210618\/luma-pierde-en-su-intento-de-limitar-manifestaciones-de-la-utier\/","title":{"rendered":"LUMA pierde en su intento de limitar manifestaciones de la UTIER"},"content":{"rendered":"<h3>Juez desestim\u00f3 solicitud de interdicto porque LUMA no present\u00f3 evidencia suficiente para un interdicto contra el sindicato.<\/h3>\n<p>El juez Alfonso Mart\u00ednez Piovanetti archiv\u00f3 hoy la solicitud del operador privado de la red el\u00e9ctrica, LUMA Energy LLC, porque no presentaron evidencia suficiente para sostener una orden que prohib\u00eda a la Uni\u00f3n de Trabajadores de la Industria El\u00e9ctrica y Riego (UTIER) hacer manifestaciones que bloquearan acceso a las instalaciones del sistema el\u00e9ctrico.<\/p>\n<p>\u201cAhora bien, el inter\u00e9s p\u00fablico \u2013asunto que el Tribunal debe tomar en consideraci\u00f3n al atender cualquier solicitud de injunction\u2013 aconseja que aclaremos que esta determinaci\u00f3n no implica que persona alguna est\u00e9 autorizada a obstaculizar ilegalmente el acceso a las instalaciones para la transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica administradas por la parte demandante; ni de colocar en riesgo mediante conducta il\u00edcita la continuidad de las operaciones de este servicio esencial\u201d, concluy\u00f3 el juez al recordar que la Polic\u00eda tiene el deber de investigar conducta delictiva relacionada a las instalaciones del sistema el\u00e9ctrico as\u00ed como que LUMA podr\u00eda traer cualquier otra reclamaci\u00f3n que entienda al tribunal.<\/p>\n<p>El juez hab\u00eda emitido una orden de emergencia el 4 de junio pasado que prohib\u00eda a la UTIER, a la codemandada Asociaci\u00f3n de Jubilados de la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AJAEE) y a cualquier otra persona bloquear el acceso de LUMA a las instalaciones de la AEE que est\u00e1n ahora bajo su control. Particularmente, LUMA hab\u00eda se\u00f1alado a incidentes y problemas de acceso en la t\u00e9cnica de Utuado, la Central Palo Seco y dos instalaciones alternas que la empresa privada estableci\u00f3 como parte de su toma de control del sistema el\u00e9ctrico el 1 de junio, en Caguas y la Base A\u00e9rea Mu\u00f1\u00edz. Tambi\u00e9n, hicieron alegaciones de que sus empleados ten\u00edan que pernoctar en el Centro de Control de Monacillos porque el sindicato imped\u00eda las entradas y salidas.<\/p>\n<p>Pero esa orden de emergencia ten\u00eda duraci\u00f3n limitada y, por ley, est\u00e1 sujeta a que el solicitante presente evidencia para que el tribunal pueda convertir la orden en preliminar y luego en permanente.<\/p>\n<p>Tras varios d\u00edas de vista, y un intento de transacci\u00f3n, el juez sac\u00f3 del pleito esta semana a la AJAEE por falta de evidencia en su contra y hoy acab\u00f3 de resolver el caso mediante una sentencia en la que concluye que el operador privado \u201cno present\u00f3 prueba testifical o documental de los empleados de LUMA que supuestamente intentaron tener acceso a las localidades del Sistema (de transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n) y no pudieron hacerlo por raz\u00f3n de las manifestaciones; ni de aquellos empleados que supuestamente observaron e identificaron a la parte demandada participar en actividades ilegales dirigidas a obstaculizar o impedir su trabajo\u201d. \u201cTampoco se presentaron testimonios, declaraciones ni informes de los funcionarios de la Polic\u00eda que en efecto acreditaran que estos agentes del orden p\u00fablico no pod\u00edan ni estaban dispuestos a manejar las alegadas situaciones delictivas\u201d, a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n<p>LUMA present\u00f3 como testigos a su jefa de Seguridad, la exsuperintendente Michelle Hern\u00e1ndez, uno de sus supervisores en el Centro de Monacillos, Herminio Ramos Mel\u00e9ndez, y su vicepresidente y director de operaciones encargado del sistema de transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n Todd McLaren. Anunciados, pero sin presentar, quedaron oficiales de la Polic\u00eda y varios videos de incidentes entre el 31 de mayo y 1 de junio, d\u00eda en que tomaron control de la red el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>El juez enfatiz\u00f3 que las declaraciones juradas iniciales que LUMA present\u00f3 fueron base para la orden de emergencia, pero que \u201c[n]o es hasta que tales declarantes testificaron en corte abierta que sale a relucir concretamente la falta de conocimiento personal de estos testigos sobre tales hechos\u201d.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-2004291078\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.facebook.com\/magnapremiumlager\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"106-2026-21_Magna Verano Display v.02\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30090709\/106-2026-21_Magna-Verano-Display-v.02_300x600-2.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30090709\/106-2026-21_Magna-Verano-Display-v.02_300x600-2.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30090709\/106-2026-21_Magna-Verano-Display-v.02_300x600-2-150x300.jpg 150w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30090709\/106-2026-21_Magna-Verano-Display-v.02_300x600-2-6x12.jpg 6w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"600\"   \/><\/a><\/div>\n<p>\u201c[G]ran parte de lo declarado por los tres testigos presentados por la parte demandante careci\u00f3 de valor probatorio y de confiabilidad para sustentar las alegaciones de la demanda presentada por LUMA\u2026 admitieron que no ten\u00edan conocimiento personal alguno sobre las alegaciones medulares de la demanda de ep\u00edgrafe.<\/p>\n<p>Sobre los videos, Mart\u00ednez Piovanetti subray\u00f3 que solo mostraron tres de los nueve que hab\u00edan anunciado y que LUMA \u201cno logr\u00f3 autenticar ninguno de estos v\u00eddeos de conformidad con la normativa aplicable a la presentaci\u00f3n y admisibilidad de evidencia almacenada electr\u00f3nicamente\u201d. \u201c[A]\u00fan si tom\u00e1ramos en consideraci\u00f3n el contenido de los tres v\u00eddeos mostrados en la vista evidenciaria, estos carecen del peso y valor probatorio necesario para sustentar\u201d, acot\u00f3.<\/p>\n<p>El juez consign\u00f3 tambi\u00e9n que LUMA \u201cadmiti\u00f3 y reconoci\u00f3 que la situaci\u00f3n que le provoc\u00f3 a presentar la demanda de ep\u00edgrafe ha cesado\u201d. \u201cEs decir, en la actualidad no se est\u00e1n llevando a cabo manifestaciones o actividades relacionadas, ya sea por parte de los codemandados o terceros, que obstaculicen el acceso de LUMA a sus instalaciones o que impidan a estos realizar sus labores de operaci\u00f3n y mantenimiento del Sistema TD\u201d, dijo.<\/p>\n<p>Durante la vista evidenciaria, el operador trat\u00f3 tambi\u00e9n de introducir preguntas relacionadas al fuego del jueves de la semana pasada en Monacillos que provoc\u00f3 un apag\u00f3n general, pero el juez no lo permiti\u00f3 porque no hab\u00eda sido parte de las alegaciones de LUMA en el pleito ni lo hab\u00edan tra\u00eddo como una violaci\u00f3n a la orden que estaba vigente contra el sindicato. Sobre ese fuego, el Departamento de Seguridad P\u00fablica ya descart\u00f3 mano criminal.<\/p>\n<p>En una discusi\u00f3n legal t\u00e9cnica, Mart\u00ednez Piovanetti expuso tambi\u00e9n que LUMA inicialmente trae la solicitud de interdicto como una bajo la ley que cubre disputas obrero-patronales, pero luego argumentaron que no era una disputa obrera. Para efectos de sentencia, el juez determin\u00f3 que, en efecto, se trata de una disputa obrero patronal. \u201cSi bien es cierto que entre LUMA y los miembros de la UTIER no existe una relaci\u00f3n directa de patrono y empleado, los miembros de dicha organizaci\u00f3n sindical son obreros de la misma industria en que LUMA opera, esto es, la industria de la energ\u00eda el\u00e9ctrica en Puerto Rico\u201d, escribi\u00f3 sobre esto.<\/p>\n<p>Para ver la sentencia, pulse aqu\u00ed.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Juez desestim\u00f3 solicitud de interdicto porque LUMA no present\u00f3 evidencia suficiente para un interdicto contra el sindicato. 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