{"id":162371,"date":"2021-05-20T19:52:00","date_gmt":"2021-05-20T23:52:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/top-stories\/tribunales\/20210520\/ataque-legal-contra-el-plan-de-movilidad-de-los-empleados-de-la-aee\/"},"modified":"2025-07-15T23:04:32","modified_gmt":"2025-07-15T23:04:32","slug":"ataque-legal-contra-el-plan-de-movilidad-de-los-empleados-de-la-aee","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20210520\/ataque-legal-contra-el-plan-de-movilidad-de-los-empleados-de-la-aee\/","title":{"rendered":"Ataque legal contra el Plan de Movilidad de los empleados de la AEE"},"content":{"rendered":"<h3>Juez concede 10 d\u00edas al gobierno y la corporaci\u00f3n p\u00fablica para contestar, lo que lleva la controversia casi al 1 de junio, que es la fecha de efectividad de los movimientos de personal.<\/h3>\n<p>Con una base similar a la que tiene bajo evaluaci\u00f3n la jueza de quiebras Laura Taylor Swain, la Asociaci\u00f3n de Empleados Gerenciales (AEG) de la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AEE) present\u00f3 hoy una demanda en la que solicita que el tribunal ordene la paralizaci\u00f3n del llamado Plan de Movilidad mediante el cual los empleados de la corporaci\u00f3n p\u00fablica ser\u00edan transferidos a otras agencias de gobierno de manera involuntaria.<\/p>\n<p>Aunque la fecha de efectividad de las transferencias es el 1 de junio, y de que los demandantes recalcaron la urgencia de obtener una determinaci\u00f3n judicial que no convierta la controversia en acad\u00e9mica, el juez Anthony Cuevas Ramos concedi\u00f3 a los demandados 10 d\u00edas para contestar, lo que coloca la pugna pr\u00e1cticamente a la puerta de la fecha de efectividad. En ese periodo de 10 d\u00edas tambi\u00e9n podr\u00eda surgir la decisi\u00f3n de la jueza de quiebras en la demanda que present\u00f3 en ese foro la Uni\u00f3n de Trabajadores de la Industria El\u00e9ctrica y Riego (UTIER), que tambi\u00e9n impugna los efectos laborales que tendr\u00e1 la entrada de LUMA Energy LLC el 1 de junio como operador de la red y el sistema el\u00e9ctrico de la isla.<\/p>\n<p>El pleito de la UTIER y el que present\u00f3 la AEG se manejan en foros distintos y presentan argumentos variados pero, la base del argumento es similar: \u00bfqu\u00e9 significa y qu\u00e9 efecto tiene la cl\u00e1usula de la Ley para Transformar el Sistema El\u00e9ctrico de Puerto Rico (Ley 120) cuando dice que los empleados de la AEE \u201cconservar\u00e1n todos los derechos adquiridos conforme a las leyes, normas, convenios colectivos y reglamentos que les sean aplicables, as\u00ed como los privilegios, obligaciones y estatus respecto a cualquier sistema existente de pensi\u00f3n, retiro o fondo de ahorro y pr\u00e9stamo establecidos por ley, a los cuales estuvieran acogidos antes de la aprobaci\u00f3n de esta Ley y que sean compatibles con lo dispuesto en la Ley 26-2017 conocida como Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal\u201d? La Ley 120 a\u00f1ade que \u201c[n]ing\u00fan empleado regular de la AEE quedar\u00e1 sin empleo ni perder\u00e1 beneficios como resultado de las transacciones de la AEE\u201d.<\/p>\n<p>De hecho, esta semana, en una vista argumentativa sobre la demanda de la UTIER, la jueza Laura Taylor Swain inquiri\u00f3 al sindicato sobre qu\u00e9 significado le daban al t\u00e9rmino \u201cderechos adquiridos\u201d en esa ley.<\/p>\n<p>La impugnaci\u00f3n de la AEG se presenta en nombre de 296 empleados que recibieron cartas el 27 de abril bajo el Plan de Movilidad. Aparte del argumento de los derechos que se supone la Ley 120 les proteja, la AEG especifica tambi\u00e9n que el Plan de Movilidad es ilegal porque \u201ctransferencia\u201d no es un concepto que exista en el derecho laboral del gobierno ni responde al Principio de M\u00e9rito. Sostienen que las \u00fanicas acciones posibles ser\u00edan \u201cascenso, traslado, o descenso\u201d.<\/p>\n<p>\u201c[E]l movimiento de personal de que fueron objeto los demandantes, etiquetados como \u2018transferencia\u2019, no solo no existe en la legislaci\u00f3n laboral aplicable, sino que tampoco est\u00e1 incluido dentro de las \u00e1reas esenciales al Principio de M\u00e9rito, de las leyes bajo las cuales se ampara la parte demandada para llevar a cabo la movilidad de estos\u2026 El Plan de Movilidad que aqu\u00ed se objeta e impugna adolece de dar fiel cumplimiento a disposiciones legales, reglamentarias y memorandos emitidos por la propia agencia reguladora\u201d, se argumenta en la demanda.<\/p>\n<p>La carta violenta el debido proceso de ley por no dar un aviso de cu\u00e1l de las acciones admitidas en ley es la que se est\u00e1 tomando, provoca da\u00f1os en la forma de p\u00e9rdida de cobertura de plan m\u00e9dico y de beneficios de retiro, y constituir\u00eda un \u201cdespido constructivo\u201d porque \u201cel ambiente de empleo que ha ocasionado el Plan de Movilidad impugnado ocasiona vej\u00e1menes y humillaci\u00f3n de tal magnitud que el ambiente de empleo se ha tornado intolerable, a tal nivel que la \u00fanica alternativa razonable para muchos de los empleados afectados ser\u00eda dimitir\u201d, son otros de los argumentos que presentan los demandantes.<\/p>\n<p>La demanda de la AEG no menciona el contrato de LUMA, pero la transferencia de los empleados de la AEE a agencias del gobierno, al igual que el contrato de LUMA, son parte de la misma pol\u00edtica p\u00fablica de transformaci\u00f3n del sistema el\u00e9ctrico.<\/p>\n<p>Para ver la demanda, pulse aqu\u00ed.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Juez concede 10 d\u00edas al gobierno y la corporaci\u00f3n p\u00fablica para contestar, lo que lleva la controversia casi al 1 de junio, que es la fecha de efectividad de los movimientos de personal. 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