{"id":159888,"date":"2021-04-05T05:45:00","date_gmt":"2021-04-05T09:45:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=159888"},"modified":"2025-07-16T03:31:22","modified_gmt":"2025-07-16T03:31:22","slug":"dealers-de-autos-estan-enganando-con-cargos-escondidos-indica-apelativo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/economia\/20210405\/dealers-de-autos-estan-enganando-con-cargos-escondidos-indica-apelativo\/","title":{"rendered":"Dealers de autos est\u00e1n enga\u00f1ando con cargos escondidos, indica Apelativo"},"content":{"rendered":"<h3>El caso vuelve al tribunal para juicio contra m\u00faltiples concesionarios.<\/h3>\n<p>El Tribunal de Apelaciones determin\u00f3 que sobre 50 concesionarios que representan en la isla a distintos manufactureros de veh\u00edculos de motor deben ir a juicio por cobro de lo indebido, enriquecimiento injusto y da\u00f1os y perjuicios al supuestamente violar la ley cuando cobraron a clientes unos cargos extra por servicio que se supone que el mismo concesionario cubriera dentro del precio del veh\u00edculo.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n del 17 de marzo es de un panel apelativo compuesto por los jueces Carlos Candelaria Rosa,  \u00c1ngel Pag\u00e1n Ocasio y el exsecretario de Justicia, Roberto S\u00e1nchez Ramos, quien escribi\u00f3 la determinaci\u00f3n del panel.<\/p>\n<p>La reclamaci\u00f3n judicial est\u00e1 pendiente desde julio de 2017 cuando una veintena de compradores de veh\u00edculos resaltaron que los concesionarios les hab\u00edan cobrado cargos denominados como \u00abDealer Fee\u00bb, \u00abDocument Fee\u00bb, \u00abRegistro\u00bb, \u00abSello TCFS\u00bb, \u00abTraspaso\u00bb y \u00abEntrega\u00bb, entre otros. Esto correspond\u00eda al trabajo de registrar el veh\u00edculo y obtener la tablilla de parte del gobierno. Seg\u00fan las alegaciones, no se les explic\u00f3 a qu\u00e9 correspond\u00edan esos cargos ni estaba detallado en el contrato de compraventa, por lo que los cargos violentan la Ley de Veh\u00edculos y Tr\u00e1nsito y el Reglamento contra pr\u00e1cticas y anuncios enga\u00f1osos del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).<\/p>\n<p>Los concesionarios demandados, por su parte, sostuvieron que el reglamento de DACO no proh\u00edbe que las partes pacten ese cargo, por lo que puede ser objeto de la negociaci\u00f3n al momento de hacer la venta y que, en ese momento, los demandantes no cuestionaron los cargos. A\u00f1adieron que no hubo enriquecimiento injusto o apropiaci\u00f3n ilegal porque los cargos estaban en el contrato de compraventa.<\/p>\n<p>Inicialmente, el Tribunal de Primera Instancia desestim\u00f3 el caso mediante sentencia sumaria, sin entrar en evaluaci\u00f3n de prueba, al razonar que los cobros no eran contrarios a la ley y que no hubo enriquecimiento injusto porque los compradores obtuvieron el registro y la tablilla de sus veh\u00edculos.<\/p>\n<p>Pero el panel de jueces apelativos revoc\u00f3 y devolvi\u00f3 el caso con \u00f3rdenes de continuar el proceso regular de presentaci\u00f3n de evidencia porque \u00abcontrario a lo planteado por los Dealers, estos s\u00ed est\u00e1n obligados a gestionar la inscripci\u00f3n de los veh\u00edculos que venden\u00bb. El panel tambi\u00e9n resalt\u00f3 que, en vez de estar incluido en el precio final como uno de los costos de los concesionarios, estos cargos est\u00e1n funcionando como unas cantidades sorpresa con las que el comprador se enfrenta despu\u00e9s de haber pactado un precio, en un momento en que la transacci\u00f3n est\u00e1 a punto de cerrarse.<\/p>\n<p>\u00abSe trata de un costo operacional que los concesionarios tienen que asumir, como lo hacen con numerosos otros costos necesarios o convenientes para operar su negocio de conformidad con la ley y su estrategia de negocios. Todos estos costos son eventualmente sufragados por los consumidores, pues el negocio presumiblemente los toma en cuenta al decidir sus precios de venta, de manera que se pueda  obtener una ganancia\u00bb, plantearon los jueces.<\/p>\n<p>\u00abNo obstante, ello no significa que el concesionario pueda, v\u00e1lidamente, negociar un precio de venta y, luego, a\u00f1adir unos &#8216;cargos&#8217; (<em id=\"emphasis-bb8ff3efbacacfd4a99b9f8eb91345c0\">fees<\/em>) que, por su nomenclatura, pueden ser percibidos por el consumidor como obligatorios e impuestos por el estado, especialmente cuando es el concesionario quien est\u00e1 obligado por ley a inscribir los veh\u00edculos, y cuando, seg\u00fan se admite por los Dealers, usualmente se incluye en dichos cargos una partida de ganancia por el &#8216;servicio&#8217; brindado. Bajo dicho escenario, las alegaciones permiten concluir&#8230; que el consumidor es inducido enga\u00f1osamente a creer que se trata de un cargo no negociable cuando, en realidad, se tratar\u00eda de una adici\u00f3n disimulada al precio de venta que supuestamente ya se hab\u00eda negociado, ello con el fin de aumentar, de forma artificial y arbitraria, la ganancia en la transacci\u00f3n de compraventa\u00bb, concluyeron.<\/p>\n<p>Los demandantes est\u00e1n buscando tambi\u00e9n que el tribunal tramite el caso como un pleito de clase para cubrir a todos los compradores de veh\u00edculos en la isla a los que les hayan cobrado estos cargos.<\/p>\n<p>Para ver la decisi\u00f3n del Tribunal de Apelaciones, pulse aqu\u00ed.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El caso vuelve al tribunal para juicio contra m\u00faltiples concesionarios. 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