{"id":158116,"date":"2021-02-27T08:00:00","date_gmt":"2021-02-27T12:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=158116"},"modified":"2025-07-16T06:22:53","modified_gmt":"2025-07-16T06:22:53","slug":"trabajo-y-salud-apoyan-extender-protecciones-laborales-a-pacientes-de-cannabis-medicinal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20210227\/trabajo-y-salud-apoyan-extender-protecciones-laborales-a-pacientes-de-cannabis-medicinal\/","title":{"rendered":"Trabajo y Salud apoyan extender protecciones laborales a pacientes de cannabis medicinal"},"content":{"rendered":"<h3>Aunque en el 2017 se aprob\u00f3 una ley para uso medicinal del cannabis, hay pacientes que han sido despedidos de su empleo por uso de la sustancia, cosa que el PC 152 busca cambiar.<\/h3>\n<p>Fuera de ofrecer enmiendas de lenguaje para que el proyecto sea m\u00e1s espec\u00edfico, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), el Departamento de Salud, la Junta Reglamentadora de Cannabis Medicinal y otras entidades respaldaron el Proyecto de la C\u00e1mara (PC) 152, que a\u00f1ade protecciones de empleo para usuarios de cannabis medicinal y les proh\u00edbe ser discriminados si son pacientes registrados y autorizados.<\/p>\n<p>El PC 152, de la autor\u00eda de Jes\u00fas Manuel Ortiz Gonz\u00e1lez, enmendar\u00eda la Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci\u00f3n del Cannabis para la Innovaci\u00f3n, Normas Aplicables y L\u00edmites, conocida como la \u201cLey MEDICINAL\u201d o Ley 42 de 2017, para incluir esta disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n estipula tres salvedades a su aplicaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u201cEntendemos que el uso autorizado del cannabis medicinal requiere legislaci\u00f3n apropiada y espec\u00edfica que atienda su interacci\u00f3n en el lugar de empleo m\u00e1s all\u00e1 de las disposiciones vigentes, las cuales han causado cierta incertidumbre sobre la estabilidad laboral de las personas que utilizan cannabis medicinal\u201d, expuso el licenciado Carlos Rivera Santiago, secretario del DTRH.<\/p>\n<p>El funcionario argument\u00f3 que un patrono no puede discriminar a un empleado-paciente por uso de cannabis porque, de acuerdo a la \u201cLey para reglamentar las pruebas de detecci\u00f3n de sustancias controladas en el sector laboral privado\u201d (Ley 59 de 1997), las sustancias controladas que se utilizan por prescripci\u00f3n m\u00e9dica o que son autorizadas por ley no tienen los mismos efectos en el entorno laboral que tienen las dem\u00e1s sustancias en las Clasificaciones I y II del Art\u00edculo 202 de la enmendada Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico (Ley 4-1971).<\/p>\n<p>La Clasificaci\u00f3n I agrupa a:<\/p>\n<p>La Clasificaci\u00f3n II agrupa a:<\/p>\n<p>\u201cEn ese sentido, aunque los cannabinoides se encuentran en la Clasificaci\u00f3n I, se podr\u00eda argumentar que los patronos no est\u00e1n autorizados por ley a tomar acciones adversas o activar las disposiciones sobre programas de rehabilitaci\u00f3n o medidas disciplinarias contra aquellos empleados o candidatos a empleo que tienen autorizaci\u00f3n para utilizar cannabis medicinal\u201d, explic\u00f3 el Secretario del DTRH, quien luego reiter\u00f3 que esa era una de las razones por las cuales se requer\u00eda llenar con legislaci\u00f3n la carencia de este tipo de protecciones.<\/p>\n<p>El Departamento de Salud y la Junta Reglamentadora de Cannabis Medicinal subrayaron que la enmienda que provee el PC 152 es necesaria para evitar que estos pacientes se vean en la obligaci\u00f3n de elegir entre ser juzgados, cuidar su salud y\/o mantener su trabajo.<\/p>\n<p>\u201cLuego de m\u00e1s de cinco a\u00f1os de existencia del programa de cannabis medicinal, se ha podido determinar que la falta de lenguaje expl\u00edcito para proteger a los pacientes ha sido uno de los principales retos\u201d, declar\u00f3 el nominado secretario de Salud, Carlos Mellado L\u00f3pez, en su ponencia.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el licenciado Jos\u00e9 Antonio Maes Aponte, del Programa de Cannabis Medicinal, hay 111,500 pacientes de cannabis medicinal registrados en Puerto Rico. Por lo tanto, hay 111,500 personas sin protecci\u00f3n laboral desde el 2017.<\/p>\n<p>Por otro lado, la procuradora del paciente Edna I. D\u00edaz De Jes\u00fas, especific\u00f3 que hay 25 debilitantes para las cuales la ley autoriza el uso del cannabis medicinal, entre ellas autismo, el tratamiento de quimioterapia para el c\u00e1ncer, la depresi\u00f3n, la ansiedad, la epilepsia, la migra\u00f1a y el dolor cr\u00f3nico, entre otros.<\/p>\n<p>\u201cSugerimos muy respetuosamente que se aclare en el texto que ning\u00fan patrono en el sector p\u00fablico o privado podr\u00e1 discriminar contra una persona que sea un paciente registrado y autorizado para utilizar cannabis medicinal ya sea en el proceso de reclutamiento, contrataci\u00f3n, nombramiento, terminaci\u00f3n o la imposici\u00f3n de cualquier condici\u00f3n de penalizaci\u00f3n en el empleo, entre otros\u201d, solicit\u00f3 D\u00edaz De Jes\u00fas.<\/p>\n<p>El PC 152 establece que \u201cning\u00fan patrono\u201d podr\u00e1 discriminar, pero enmiendas como la de D\u00edaz De Jes\u00fas fueron reiteradas por los dem\u00e1s deponentes para prop\u00f3sitos de claridad y especificidad.<\/p>\n<p>Los deponentes acudieron a una vista p\u00fablica ante la Comisi\u00f3n de Gobierno, presidida por el representante Ortiz Gonz\u00e1lez.<\/p>\n<p>\u201cLo que buscamos al radicar este proyecto es proteger a miles de pacientes registrados para tratar sus condiciones utilizando cannabis medicinal. En Puerto Rico existen leyes\u00a0que permiten la utilizaci\u00f3n de cannabis medicinal a pacientes autorizados y debidamente certificados por el Estado\u201d, expres\u00f3 Ortiz Gonz\u00e1lez.<\/p>\n<p>El representante del Partido Popular Democr\u00e1tico a\u00f1adi\u00f3 que \u201csin embargo, no existen leyes de protecci\u00f3n laboral para proteger a empleados o aspirantes a empleados de discrimen por dar positivo a cannabis a ra\u00edz de alg\u00fan medicamento que necesiten para atender sus condiciones. Esto, pone a los pacientes en una situaci\u00f3n vulnerable para ser discriminados y en riesgo de perder sus empleos\u201d.<\/p>\n<p>A la vista p\u00fablica tambi\u00e9n comparecieron Teresita Santiago, presidenta del Comit\u00e9 del Cannabis de la C\u00e1mara de Comercio, Jos\u00e9 Rivera, presidente de Miembros de la Industria del Cannabis Medicinal (MICaM) y la presidenta de la organizaci\u00f3n PSS Pathfinder, Georyanne G. R\u00edos.<\/p>\n<p>\u00abSi bien entendemos la importancia de proveer ciertas protecciones para empleados que est\u00e9n certificados para el uso de cannabis medicinal, tambi\u00e9n es relevante proteger la capacidad del patrono de mantener un ambiente de trabajo seguro y su derecho de atender adecuadamente cualquier situaci\u00f3n que surja en el espacio laboral a causa del uso de cannabis medicinal\u00bb, mencion\u00f3 Santiago.<\/p>\n<p>La marihuana no tiene uso m\u00e9dico aceptado seg\u00fan el Controlled Substances Act, que la incluye en la Clasificaci\u00f3n I, como la legislaci\u00f3n local mencionada arriba. No obstante, 36 de los 50 estados y cuatro territorios, incluidos Puerto Rico y Washington D.C., permiten su uso medicinal.<\/p>\n<p>En la Isla, se aprob\u00f3 una Orden Ejecutiva en el 2015 que luego se convirti\u00f3 en la Ley 42 en el 2017 para autorizar el uso de cannabis medicinal para ciertas condiciones de salud.<\/p>\n<p>La discrepancia entre el derecho federal y el estatal, de acuerdo al PC 152, ha causado que usuarios de cannabis medicinal sean despedidos tras arrojar positivo en ex\u00e1menes toxicol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>Igualmente, las personas con diversidad funcional que utilicen el cannabis como medicina son excluidas las protecciones del \u201cAmerican with Disabilities Act, o Ley ADA (Ley 101-336).<\/p>\n<p>Ese estatuto prohibe a los patronos p\u00fablicos y privados y a los sindicatos discriminar contra personas con diversidad funcional en t\u00e9rminos de solicitud de empleo, contrataci\u00f3n, despido, ascenso, compensaci\u00f3n, entrenamiento para el empleo y otros t\u00e9rminos, condiciones y privilegios de empleo.<\/p>\n<p>La Ley ADA protege a las personas con diversidad funcional que utilizan drogas legalmente recetadas, pero para prop\u00f3sitos legales, la marihuana contin\u00faa como una sustancia ilegal a nivel federal.<\/p>\n<p>El PC 152 se\u00f1ala que el Departamento de Justicia federal (DOJ, por sus siglas en ingl\u00e9s) ha emitido cuatro memorandos en los que dicta que los fiscales federales no intervendr\u00e1n con programas de cannabis medicinal. Mientras, el Congreso de los Estados Unidos decret\u00f3 que no se utilizar\u00e1n recursos para interferir con la implementaci\u00f3n de leyes estatales que establezcan programas de cannabis medicinal, dictamen que comenz\u00f3 en el 2014.<\/p>\n<p>En la Isla se ha discutido la posibilidad de despenalizar la marihuana, precisamente porque es utilizada para prop\u00f3sitos medicinales, pero no se ha aprobado legislaci\u00f3n al respecto.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aunque en el 2017 se aprob\u00f3 una ley para uso medicinal del cannabis, hay pacientes que han sido despedidos de su empleo por uso de la sustancia, cosa que el PC 152 busca cambiar. 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