{"id":156000,"date":"2021-01-16T08:00:00","date_gmt":"2021-01-16T12:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=156000"},"modified":"2025-07-16T09:58:45","modified_gmt":"2025-07-16T09:58:45","slug":"natal-pide-nueva-eleccion-en-unidad-77-de-san-juan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20210116\/natal-pide-nueva-eleccion-en-unidad-77-de-san-juan\/","title":{"rendered":"Natal pide nueva elecci\u00f3n en Unidad 77 de San Juan"},"content":{"rendered":"<h3>El candidato a alcalde quiere elecci\u00f3n nueva para Unidad 77 y la candidata a representante una elecci\u00f3n nueva en todo el Distrito 3.<\/h3>\n<p>Los candidatos del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) a la alcald\u00eda de San Juan, Manuel Natal Albelo, y al distrito representativo 3 de ese municipio, Eva Prados Rodr\u00edguez, argumentaron al tribunal que la cantidad de errores registrados en las elecciones de ese municipio, y la imposibilidad de subsanarlos, requieren que se declaren nulas las elecciones en la ciudad capital y se realicen nuevos comicios.<\/p>\n<p>En el caso de Natal, se pide votaci\u00f3n nueva solo para la Unidad 77 (voto ausente y adelantado), mientras que en el caso de Prados se pide votaci\u00f3n nueva completa para el Distrito 3. El juez Anthony Cuevas Ramos emiti\u00f3 una orden en el caso de Natal para que los demandados comparezcan a m\u00e1s tardar el 21 de enero a las 4:00 pm. Una orden similar no se ha registrado todav\u00eda en el caso de Prados.<\/p>\n<p>Las solicitudes se registraron mediante demandas separadas. En ambos casos, los candidatos que la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones (CEE) certific\u00f3 ya han juramentado a sus cargos, a saber, Miguel Romero Lugo a la alcald\u00eda de San Juan por el Partido Nuevo Progresista (PNP) y Juan O. Morales Rodr\u00edguez al esca\u00f1o representativo por el Distrito 3, tambi\u00e9n del PNP. Por eso, la reclamaci\u00f3n de Prados tambi\u00e9n fue presentada a la C\u00e1mara de Representantes para que, como \u00fanica juez de la capacidad de sus miembros, se active, eval\u00fae la evidencia y determine la exclusi\u00f3n de Morales de su cargo, dando paso a una elecci\u00f3n especial en el distrito.<\/p>\n<p>Como elemento adicional, la acci\u00f3n de Prados incluye como codemandados a un grupo de electores, identificados con nombre y apellido, contra quienes se alega que ejercieron ilegalmente su derecho al votar en dos ocasiones, o que aparecen votando sin haber realizado el proceso previo para reactivarse como electores.<\/p>\n<p>Las decisiones del Tribunal Supremo en este ciclo electoral han tocado en m\u00e1s de una ocasi\u00f3n el principio de que \u201ctodo voto v\u00e1lidamente emitido tenga la oportunidad de ser contado\u201d. Esto es una vertiente del derecho al voto que procura que el voto emitido no pierda validez porque se cuenten votos de menos. Pero los argumentos que presentan los dos casos de San Juan van al otro extremo del espectro, y buscan que el voto emitido no pierda validez porque se cuentan votos de m\u00e1s. Ya que las alegaciones nacen de irregularidades en el manejo del voto ausente y adelantado que produjeron m\u00e1s papeletas que las que se puede corroborar que debieron haber votado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, las demandas obligar\u00edan al tribunal a examinar si la CEE cumpli\u00f3 con el proceso <a href=\"http:\/\/www.ramajudicial.pr\/ts\/2020\/2020tspr131.pdf\" id=\"link-884518170f74fe41785490c1908a09df\" target=\"_blank\">que el mismo Supremo dict\u00f3 el 28 de octubre<\/a>, menos de una semana antes de las elecciones, sobre c\u00f3mo manejar las votaciones por correo que llegaron sin la identificaci\u00f3n requerida.<\/p>\n<p>La certificaci\u00f3n de la CEE para la alcald\u00eda de San Juan indica que Romero aventaj\u00f3 a Natal por 3,465 votos, pero Natal en su demanda sostiene que hay \u201cpor lo menos 6,593 papeletas municipales de la Unidad 77 que son ilegales y cuyos electores, cadena de custodia y procedencia son imposibles de determinar\u201d. \u201cEsta cantidad extraordinaria de papeletas ilegales y de votos en exceso, por s\u00ed, y en su conjunto con las dem\u00e1s irregularidades que en este recurso se detallan, son suficientes para cambiar el resultado de la elecci\u00f3n. Se trata de un excedente de papeletas cuya aparici\u00f3n y adjudicaci\u00f3n, a\u00fan despu\u00e9s de concluido el Escrutinio General, siguen siendo misteriosas e indescifrables\u201d, a\u00f1ade.<\/p>\n<p>Natal reclama que el tribunal act\u00fae para proteger \u201clos derechos constitucionales de las 112,713 personas que votaron legalmente fuera de la Unidad 77\u201d. La noche del evento, Natal termin\u00f3 al frente de Romero pero, al a\u00f1adir la Unidad 77, Romero recuper\u00f3 y aventaj\u00f3 a Natal.<\/p>\n<p>El candidato present\u00f3 sus argumentos bas\u00e1ndose en actas de incidencias que los funcionarios levantaron, en decisiones y expresiones del presidente de la CEE, Francisco Rosado Colomer, en una auditor\u00eda que hizo la Oficina del Inspector General y en un reportaje del Centro de Periodismo Investigativo sobre las deficiencias en el procesamiento del voto ausente y adelantado.<\/p>\n<p>\u201cAl evaluar el total de papeletas escrutadas en cada precinto seg\u00fan las actas disponibles y compararlo con el total de votos divulgados en la p\u00e1gina de la CEE para cada precinto, el total de votos ilegales es de 20,418\u201d, indica el documento.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-3018723105\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-970&#215;90\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30100146\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x90-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30100146\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x90-1.jpg 970w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30100146\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x90-1-300x28.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30100146\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x90-1-768x71.jpg 768w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30100146\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-970x90-1-18x2.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 970px) 100vw, 970px\" width=\"970\" height=\"90\"   \/><\/a><\/div>\n<p>\u201c[I]ndependientemente de la existencia de fraude intencional, nuestro ordenamiento exige una nueva elecci\u00f3n como remedio cuando, debido precisamente a la naturaleza de las irregularidades se\u00f1aladas, resulta imposible determinar con certeza el resultado de la elecci\u00f3n original. De las alegaciones contenidas en este recurso y la prueba que en su d\u00eda se presentar\u00e1, surge claramente que (1) hubo serias irregularidades en el proceso electoral, incluyendo la existencia de papeletas excedentes, (2) que las irregularidades se\u00f1aladas y la cantidad de los votos ilegales identificados son suficientes para cambiar el resultado de la elecci\u00f3n, (3) que la naturaleza de dichas irregularidades y votos ilegales imposibilitan saber con certeza el resultado de la elecci\u00f3n, (4) por lo que el \u00fanico remedio requerido estatutariamente es la celebraci\u00f3n de una nueva elecci\u00f3n, seg\u00fan se solicita en este recurso\u201d, sostiene.<\/p>\n<p>Al defender la solicitud de nueva elecci\u00f3n limitada a la Unidad 77, Natal opina que \u201c[e]l remedio solicitado es uno viable, pr\u00e1ctico y razonable ya que se trata de repetir el voto adelantado para un n\u00famero reducido de electores por medio de m\u00e9todos alternos que no requieren montar el andamiaje de una Elecci\u00f3n General\u201d.<\/p>\n<p>Prados, por su parte, precisa m\u00e1s detalles en su demanda sobre las fallas del voto ausente y adelantado, las deficiencias en la Junta Administrativa de Voto Adelantado y Ausente (JAVAA) e, incluso, las circunstancias de la pelea entre funcionarios electorales que qued\u00f3 grabada el 1 de diciembre y que, seg\u00fan expone, se debi\u00f3 a que un funcionario de MCV detect\u00f3 irregularidades y supervisores del PNP provocaron el altercado durante el cual se \u201calter\u00f3 la evidencia f\u00edsica\u201d de las irregularidades.<\/p>\n<p>La candidata plantea dos tipos de fraude. Uno \u201cprima facie\u201d porque hay m\u00e1s papeletas adjudicadas que loss votantes registrados v\u00e1lidamente en la Unidad 77 del Distrito 3 y otro que es resultado de por lo menos 11 tipos de violaciones a la ley y reglamentos.<\/p>\n<p>La ventaja de Morales sobre Prados fue de 28 votos, pero la demanda apunta a que los propios informes de JAVAA dicen que en el Precinto 3 \u201chay 139 papeletas legislativas en exceso del n\u00famero de personas que votaron en alguna modalidad de las categor\u00edas de (voto adelantado y ausente)\u201d. Pero subraya que el problema se aprecia a\u00fan m\u00e1s al tomar en cuenta que en el voto adelantado y ausente del Precinto 3 hubo 772 papeletas del plebiscito en exceso del n\u00famero total de electores que pod\u00edan ejercer su voto mediante esa modalidad.<\/p>\n<p>\u201cSin embargo, el tama\u00f1o de la contaminaci\u00f3n del proceso de Escrutinio General del voto ausente y adelantado reportado en la Unidad 77 del Precinto 3 solo se logra apreciar con las 772 papeletas de plebiscito en exceso del n\u00famero total posible de electores que ejercieron su derecho al voto, seg\u00fan cifras del informe de las gerentes de JAVAA y del informe de OSIPE.<\/p>\n<p>El remedio que Prados pide al tribunal es una elecci\u00f3n especial entre ella y Morales a realizarse en o antes de marzo de este a\u00f1o. Seg\u00fan la CEE, en ese distrito votaron 24,614 electores.<\/p>\n<p>Para ver la demanda de Manuel Natal, pulse aqu\u00ed.<\/p>\n<p>Para ver la demanda de Eva Prados, pulse aqu\u00ed.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El candidato a alcalde quiere elecci\u00f3n nueva para Unidad 77 y la candidata a representante una elecci\u00f3n nueva en todo el Distrito 3. 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