{"id":151119,"date":"2020-09-26T06:00:00","date_gmt":"2020-09-26T10:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=151119"},"modified":"2025-07-16T17:24:29","modified_gmt":"2025-07-16T17:24:29","slug":"organizaciones-podran-hacer-campana-sobre-la-consulta-estadidad-si-o-no","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/noticias\/la-calle\/20200926\/organizaciones-podran-hacer-campana-sobre-la-consulta-estadidad-si-o-no\/","title":{"rendered":"Organizaciones podr\u00e1n hacer campa\u00f1a sobre la consulta &#8216;Estadidad S\u00ed o No&#8217;"},"content":{"rendered":"<h3>Prevalece impugnaci\u00f3n en el tribunal federal en contra de la ley del plebiscito<\/h3>\n<p>El abogado de un grupo de organizaciones y ciudadanos que radicaron una demanda en el Tribunal Federal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico para que se le permita participar en campa\u00f1as educativas sobre las opciones de la consulta de \u2019Estadidad S\u00ed o No\u2019, se mostr\u00f3 complacido con la sentencia emitida el viernes por el juez Francisco A. Besosa.<\/p>\n<p>El reclamo de los demandantes contra el Gobierno de Puerto Rico, la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones (CEE) y la Oficina del Contralor Electoral (OCE), era que se declarara inconstitucional la restricci\u00f3n sobre quienes ser\u00e1n los representantes de las alternativas en la elecci\u00f3n especial que se celebrar\u00e1 el 3 de noviembre junto con los comicios generales. Los demandantes alegaron que esa limitaci\u00f3n atenta contra los derechos de libertad de expresi\u00f3n, de asociaci\u00f3n, el debido proceso de ley, la igual protecci\u00f3n de las leyes y la ley federal de Derechos Civiles.<\/p>\n<p>En junio se determin\u00f3 que el Partido Nuevo Progresista (PNP) representar\u00e1 el \u2018S\u00ed\u2019 mientras que el Partido Independentista Puertorrique\u00f1o (PIP) lo har\u00e1 con el \u2018No\u2019.<\/p>\n<p>\u201cLa columna vertebral de la demanda que era la correspondiente a que los art\u00edculos de la ley que el juez declar\u00f3 inconstitucional fueran declarados inconstitucionales. El juez acogi\u00f3 nuestro pedido y lo hizo precisamente por los fundamentos jur\u00eddicos que nosotros le planteamos\u201d, dijo NotiCel el licenciado Roberto Maldonado Nieves.<\/p>\n<p>Los demandantes fueron VAMOS Concertaci\u00f3n Ciudadana Inc., Pedro Mu\u00f1\u00edz Garc\u00eda, Mar\u00eda de Lourdes Guzm\u00e1n Rivera (candidata al Senado por el Movimiento Victoria Ciudadana), Eliza Llensa Zuecca, Justo M\u00e9ndez Aramburu, Jos\u00e9 Gonz\u00e1lez Gierbolini, Jos\u00e9 Enrique Estrada Carrau, Raquel Gonz\u00e1lez Sparks, Rub\u00e9n Col\u00f3n Morales, Jes\u00fas Danilo Chinea Rivera, Ineabelle Col\u00f3n Rivera, Alice Sparks Horner y Jos\u00e9 Rodr\u00edguez Baez.<\/p>\n<p>\u201cUn juez puede adjudicar una controversia a favor de uno por los planteamientos que uno le haga o por otras razones que el juez quiera utilizar. Y \u00e9l no solamente acogi\u00f3 la mayor parte de los planteamientos que nosotros le hicimos, tambi\u00e9n hizo otros planteamientos para favorecer nuestra posici\u00f3n\u201d, agreg\u00f3 Maldonado Nieves quien enfatiz\u00f3 en que su demanda no era para evitar que el PNP o PIP fueron representantes oficiales de las alternativas, sino para permitir la participaci\u00f3n de personas o grupos que as\u00ed lo quisieran.<\/p>\n<p>\u201cNosotros no est\u00e1bamos impugnando el que al PNP se le hubiera asignado representar la anexi\u00f3n y al PIP el \u2018No\u2019. Lo que nosotros est\u00e1bamos atacando era la noci\u00f3n de que el gobierno pudiese determinar que determinado grupo en la sociedad representa una idea. Eso es absurdo dentro del marco de la libertad de expresi\u00f3n. Aprueban una ley sin vistas p\u00fablicas durante un &#8216;lockdown&#8217; y tambi\u00e9n me est\u00e1s imponiendo registrarme cinco meses antes de la consulta para poder representar a una de las alternativas Todo eso el juez determin\u00f3 que era irrazonable, que era inconstitucional, que hay una noci\u00f3n que el derecho a la libertad de expresi\u00f3n el gobierno lo puede reglamentar\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s con su acci\u00f3n en el Tribunal Federal, los demandantes retaron la Ley 51 ,\u201cLey para la Definici\u00f3n Final del Estado Pol\u00edtico de Puerto Rico\u201d, que establece que toda controversia sobre la misma tendr\u00eda que llevarse al Tribunal Supremo de Puerto Rico.<\/p>\n<p>\u201cEl juez dijo que no, que eso era absurdo, que no se puede le puede negar a una persona al amparo de la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos, ir a impugnar esa ley en el Tribunal Federal. Esa se la bate\u00f3 enseguida\u201d, sostuvo el abogado.<\/p>\n<p>En su sentencia, el juez Besosa estableci\u00f3 que \u00abtodas las causas de acci\u00f3n contra el Estado Libre Asociado, la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones y la Oficina del Contralor Electoral son desestimadas sin perjuicio. Por las razones establecidas en la Opini\u00f3n y Orden emitida hoy, el fallo se ingresa de la siguiente manera: La solicitud de los demandantes de desagravio por mandato judicial permanente se concede en parte y se niega en parte\u00bb.<\/p>\n<p>Maldonado sostuvo que con esa sentencia \u00ab&#8216;\u00e9l lo que hace es que saca del medio al Estado Libre Asociado, la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones, pero se enfoca sobre la figura del presidente de la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones (Francisco Rosado-Colomer ) en su car\u00e1cter oficial y se enfoca en la oficina del Contralor Electoral (Walter V\u00e9lez) en su car\u00e1cter oficial para determinar que esas secciones da la ley (en los Art\u00edculos 6.1, 6.2, 6.3 y 8.3) son inconstitucionales y para establecer que ninguno de ellos dos pueden hacer nada contra los demandantes al amparo de esas disposiciones de la ley. Y, obviamente, si no lo puede hacer contra los demandantes, no lo puede hacer con mas nadie en Puerto Rico\u00bb.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Prevalece impugnaci\u00f3n en el tribunal federal en contra de la ley del plebiscito El abogado de un grupo de organizaciones y ciudadanos que radicaron una demanda en el Tribunal Federal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico para que se le permita participar en campa\u00f1as educativas sobre las opciones de la consulta [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":462823,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[12,13],"tags":[],"class_list":["post-151119","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-la-calle","category-tribunales"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/151119","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=151119"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/151119\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":462825,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/151119\/revisions\/462825"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/462823"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=151119"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=151119"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=151119"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}