{"id":142162,"date":"2014-09-14T15:40:52","date_gmt":"2014-09-14T19:40:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/credito-de-pr\/economia\/20140914\/pedido-para-desestimar-demandas-contra-quiebra-criolla-llega-al-foro-federa\/"},"modified":"2025-07-18T12:09:23","modified_gmt":"2025-07-18T12:09:23","slug":"pedido-para-desestimar-demandas-contra-quiebra-criolla-llega-al-foro-federa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20140914\/pedido-para-desestimar-demandas-contra-quiebra-criolla-llega-al-foro-federa\/","title":{"rendered":"Pedido para desestimar demandas contra quiebra criolla llega al foro federa"},"content":{"rendered":"<p>El Departamento de Justicia solicit\u00f3 en el Tribunal Federal la desestimaci\u00f3n de la demanda radicada por inversionistas contra el gobierno de Puerto Rico por la aprobaci\u00f3n de la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperaci\u00f3n de las Corporaciones P\u00fablicas, conocida tambien como la &#8216;Ley de Quiebra Criolla&#8217;.<\/p>\n<p>Aunque Justicia hab\u00eda anunciado desde julio que solicitar\u00eda la desestimaci\u00f3n, no fue hasta el pasado viernes que finalmente radic\u00f3 la solicitud.<\/p>\n<p>El gobierno, por medio de Justicia y la firma Kirkland y Ellis, solicita la desestimaci\u00f3n de las demandas radicadas por Blue Mountain Capital Management LLC que maneja fondos que, colectivamente, tienen m\u00e1s de $400 millones en bonos emitidos por la Autoridad de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (AEE). Tambi\u00e9n solicit\u00f3 la desestimaci\u00f3n de la demanda radicada a fines de junio por otro grupo de manejo de inversiones de nombre Franklin Templeton Investments y Oppenheimer Funds.<\/p>\n<p>En el documento, el gobierno provee argumentos para decretar que la demanda no est\u00e1 madura para su adjudicaci\u00f3n; que la ley de quiebra criolla no ocupa el campo federal de quiebras; que la ley no violenta la disposici\u00f3n constitucional que proh\u00edbe leyes que menoscaben obligaciones contractuales, y que la ley no es una confiscaci\u00f3n ilegal.<\/p>\n<p>Frente a la crisis fiscal m\u00e1s grave de su historia, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico tom\u00f3 medidas para mejorar la situaci\u00f3n financiera de sus corporaciones p\u00fablicas y con ello promover el bienestar general del pueblo. El 28 de junio de 2014, el Gobernador firm\u00f3 la llamada quiebra criolla que crea un mecanismo para que las corporaciones p\u00fablicas de Puerto Rico puedan reestructurar sus deudas y continuar prestando servicios.<\/p>\n<p>El mismo d\u00eda en que el Gobernador firm\u00f3 la legislaci\u00f3n en ley, un grupo de fondos de inversi\u00f3n demandaron para cuestionar la constitucionalidad de la ley, seguido por la demanda de Blue Mountain tres semanas m\u00e1s tarde.<\/p>\n<p>El gobierno alega que debido a que la ley nunca ha sido invocada, las demandas no presentan un caso real o controversia y que, por lo tanto, la controversia no est\u00e1 madura, lo que obligar\u00eda al tribunal a emitir m\u00e1s bien una opini\u00f3n consultiva. De hecho, la AEE lleg\u00f3 a un acuerdo recientemente con el 60% de los tenedores de sus bonos y con ciertos bancos para retrasar el pago de ciertas l\u00edneas de cr\u00e9dito. Blue Mountain es una de las empresas que est\u00e1 entre los bonistas que llegaron a un acuerdo con la AEE, por lo queno se puede ejercer ninguna acci\u00f3n contra la corporaci\u00f3n p\u00fablicapor lo menos hasta marzo.<\/p>\n<p>&#8216;Los demandantes piden a este Tribunal que declare que la Ley es inconstitucional sin que haya sido nunca invocada, y por lo tanto antes de que haya causado ninguna lesi\u00f3n a los demandantes legalmente palpable&#8217;, dice la solicitud.<\/p>\n<p>En cuanto al argumento de que la ley ocupa el campo de la Ley de Quiebras federal, la solicitud de desestimaci\u00f3n establece que la ley federal no impide a los estados promulgar legislaci\u00f3n que regula la reestructuraci\u00f3n de su deuda.Una ley de reestructuraci\u00f3n de deuda estatal no ocupa el campo de la federal a menos que conflija con la misma.<\/p>\n<p>Recientemente, el comisionado residente Pedro Pierluisi solicit\u00f3 que se incluyera a Puerto Rico dentro del Cap\u00edtulo 9 de la ley de quiebras, que permite a los municipios y al gobierno decretar quiebra.<\/p>\n<p>El documento nota que las tres principales corporaciones p\u00fablicas tienen un d\u00e9ficit de $800 millones y una deuda combinada de $20,000 millones. La AEE, espec\u00edficamente, ha sufrido cuantiosas p\u00e9rdidas y emplea sobre 8,000 personas. El Banco Gubernamental de Fomento (BGF) ha visto sus operaciones afectadas por la financiaci\u00f3n de d\u00e9ficits de corporaciones. La situaci\u00f3n oblig\u00f3 al gobierno a decretar una ley de emergencia fiscal.<\/p>\n<p>Los demandantes tambi\u00e9n erraron al afirmar que la ley de reestructuraci\u00f3n local viola la cl\u00e1usula que proh\u00edbe leyes que menoscaben obligaciones contractuales. Este argumento, seg\u00fan el gobierno, refleja una incomprensi\u00f3n fundamental de la Cl\u00e1usula de Contratos por parte de los demandantes.<\/p>\n<p>&#8216;No toda ley que altere los derechos u obligaciones contractuales viola esa cl\u00e1usula.Por el contrario, la cl\u00e1usula del contrato no priva a los Estados de su derecho soberanode promulgar razonablemente para el bienestar general, incluyendo legislaci\u00f3n para promover la reestructuraci\u00f3n del pueblo, que est\u00e9 limitada a la salud, la moral y la seguridad y se extiende a las necesidades econ\u00f3micas&#8217;, seg\u00fan el documento.<\/p>\n<p>En cuanto al menoscabo sustancial que sufrir\u00edan los demandantes, el gobierno dijo que estos no alegaron convincentemente que la ley de quiebra criolla hadeteriorado sustancialmente sus propios contratos con la AEE. &#8216;En efecto, los demandantes no pueden alegan tales hechos porque la Ley no ha sido nuncainvocada. Simplemente no hay manera de saber si un contrato se ver\u00e1 afectado en absoluto, y mucho menos sustancialmente hasta que la Ley se invoque,&#8217; dice la solicitud.<\/p>\n<p>Respecto a la alegaci\u00f3n por parte de los demandantes de que la ley viola la Cl\u00e1usula de Expropiaciones de la Constituci\u00f3n estadounidense, que establece que &#8216;la propiedad privadano se tomar\u00e1 para uso p\u00fablico sin una justa compensaci\u00f3n &#8216;, el gobierno aleg\u00f3 que la misma no est\u00e1 madura.<\/p>\n<p>&#8216;Aunque los demandantes sostienen que la Ley podr\u00e1 ser invocada en alg\u00fan momento en el futuro para negarles el derecho a la protecci\u00f3n adecuada desus privilegios y para pedir el nombramiento de un s\u00edndico, la Ley no ha sido invocada. As\u00ed que como cuesti\u00f3n de derecho, no hay una forma plausible de tomar algo sin una justa compensaci\u00f3n,&#8217; sostuvo el gobierno.<\/p>\n<p>Debido a que todas las alegaciones de los demandantes no est\u00e1n maduras, los demandantes no tienen derecho a medidas cautelares como un interdicto para impedir la aplicaci\u00f3n de la ley, afirma el documento.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/media.noticel.com\/o2com-noti-media-us-east-1\/document_dev\/2017\/08\/23\/aaa7183c8061426ca67f83782b8e072a_8210929_ver1.0.pdf\" target=\"_blank\"> Moci\u00f3n de desestimaci\u00f3n en demanda por ley de _quiebra criolla_ &#8211; NotiCel_8595<\/a><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Departamento de Justicia solicit\u00f3 en el Tribunal Federal la desestimaci\u00f3n de la demanda radicada por inversionistas contra el gobierno de Puerto Rico por la aprobaci\u00f3n de la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperaci\u00f3n de las Corporaciones P\u00fablicas, conocida tambien como la &#8216;Ley de Quiebra Criolla&#8217;. 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