{"id":141943,"date":"2014-10-30T12:15:06","date_gmt":"2014-10-30T16:15:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20141030\/listas-las-guias-para-computar-las-pensiones-alimentarias-en-puerto-rico\/"},"modified":"2025-08-17T09:29:05","modified_gmt":"2025-08-17T09:29:05","slug":"listas-las-guias-para-computar-las-pensiones-alimentarias-en-puerto-rico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20141030\/listas-las-guias-para-computar-las-pensiones-alimentarias-en-puerto-rico\/","title":{"rendered":"Listas las gu\u00edas para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico"},"content":{"rendered":"<p>La administradora de la Administraci\u00f3n para el Sustento de Menores (ASUME), Rosabelle Pad\u00edn Batista, y la directora administrativa de la Oficina de Administraci\u00f3n de los Tribunales (OAT), Isabel Llompart Zeno, presentaron el jueves ante el Departamento de Estado el Reglamento Gu\u00edas mandatorias para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico.<\/p>\n<p>&#8216;El reglamento que presentamos es el fruto del esfuerzo realizado por un grupo de trabajo que incluy\u00f3 a la OAT, a los miembros del Comit\u00e9 Permanente, y a la ciudadan\u00eda que acept\u00f3 participar. Despu\u00e9s de la evaluaci\u00f3n de los comentarios y sugerencias recibidos de las personas y grupos que participaron, presentamos un reglamento que toma en consideraci\u00f3n el mejor bienestar del menor, sin olvidar los otros componentes esenciales al momento de establecer la pensi\u00f3n alimentaria&#8217;, destac\u00f3 la administradora en un comunicado de prensa.<\/p>\n<p>Algunos de los elementos presentados en el borrador y que han permanecido en el documento final son: el modelo de proporci\u00f3n de ingresos en el que se utiliza el ingreso neto del padre y de la madre para determinar la cantidad de la pensi\u00f3n. Este modelo fue ampliamente aceptado y considerado justo por los participantes del proceso, seg\u00fan se indic\u00f3.<\/p>\n<p>Sostuvo que ha permanecido la figura de la pensi\u00f3n alimentaria m\u00ednima de 125 d\u00f3lares mensuales, la cual var\u00eda seg\u00fan la cantidad de menores en el caso. Aclarando con esto, la norma del reglamento anterior que era interpretada y aplicada en ocasiones como pensi\u00f3n m\u00ednima por menor o por caso sin importar la cantidad de menores.<\/p>\n<p>Con este paso, concluye el proceso iniciado por la agencia y la Rama Judicial para la revisi\u00f3n del reglamento que se utiliza para calcular el monto de la pensi\u00f3n alimentaria que las personas no custodias deben proveer como sustento para sus hijos e hijas menores de edad. Este entrar\u00e1 en vigor en 30 d\u00edas.<\/p>\n<p>El pasado junio, la ASUME y la OAT presentaron a la ciudadan\u00eda un borrador para adoptar un nuevo reglamento. El proceso de discusi\u00f3n ciudadana incluy\u00f3 la celebraci\u00f3n de 10 vistas p\u00fablicas al final de las cuales se presentaron m\u00e1s de 80 comentarios o ponencias.<\/p>\n<p>La administradora de la ASUME destac\u00f3 varios de los cambios resultantes del proceso de participaci\u00f3n y que forman parte del reglamento, entre ellos:<\/p>\n<p>o a\u00f1ade criterios a considerar para determinar los ingresos que se imputar\u00e1n como por ejemplo: el tiempo en que el padre o la madre deba permanecer al cuidado de un menor con necesidades especiales; la empleabilidad de los padres y madres menores de edad;<\/p>\n<p>o se establecen criterios para determinar la cantidad de las deducciones aceptadas por concepto de plan de retiro voluntario, asociaci\u00f3n y uni\u00f3n voluntaria o p\u00f3lizas de vida, entre otras;<\/p>\n<p>o incorpora y define el concepto de gastos suplementarios extraordinarios y la forma en la que estos ser\u00e1n considerados al momento de calcular la pensi\u00f3n alimentaria;<\/p>\n<p>o incluye a los dependientes de la persona no custodia en el proceso de prorrateo que adopta el Reglamento.<\/p>\n<p>Mencion\u00f3 que en cuanto a la composici\u00f3n del Comit\u00e9 Permanente para la Revisi\u00f3n de la Gu\u00edas Mandatorias este se ampli\u00f3 para incluir a un trabajador social y un soci\u00f3logo.<\/p>\n<p>&#8216;Estamos convencidos de que este reglamento, por estar atemperado a la realidad econ\u00f3mica actual en Puerto Rico, por reconocer diversos escenarios de empleo y por variar seg\u00fan el nivel de ingresos de las partes permitir\u00e1 que su aplicaci\u00f3n resulte en pensiones justas&#8217;, se\u00f1al\u00f3 la administradora Pad\u00edn Batista.<\/p>\n<p>Tanto la ASUME como la Rama Judicial iniciar\u00e1n un proceso de adiestramientos a su personal y a la comunidad jur\u00eddica en general para facilitar la aplicaci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>Las personas interesadas en obtener una copia del reglamento Gu\u00edas mandatorias para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico pueden accederlo a trav\u00e9s del portal de la ASUME en la direcci\u00f3n www.asume.pr.gov, y en el de la Oficina de Administraci\u00f3n de los Tribunales en la direcci\u00f3n www.ramajudicial.pr.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La administradora de la Administraci\u00f3n para el Sustento de Menores (ASUME), Rosabelle Pad\u00edn Batista, y la directora administrativa de la Oficina de Administraci\u00f3n de los Tribunales (OAT), Isabel Llompart Zeno, presentaron el jueves ante el Departamento de Estado el Reglamento Gu\u00edas mandatorias para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico. &#8216;El reglamento que presentamos es [&hellip;]<\/p>","protected":false},"author":0,"featured_media":856603,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ep_exclude_from_search":false,"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-141943","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ultima-hora"],"acf":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/141943","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=141943"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/141943\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":856634,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/141943\/revisions\/856634"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/856603"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=141943"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=141943"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/noticel.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=141943"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}