{"id":140599,"date":"2015-09-25T12:42:00","date_gmt":"2015-09-25T16:42:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/economia\/20150925\/ivu-de-4-solo-aplica-a-transacciones-bancarias-comerciales\/"},"modified":"2025-07-26T11:33:41","modified_gmt":"2025-07-26T11:33:41","slug":"ivu-de-4-solo-aplica-a-transacciones-bancarias-comerciales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/economia\/20150925\/ivu-de-4-solo-aplica-a-transacciones-bancarias-comerciales\/","title":{"rendered":"IVU de 4% solo aplica a transacciones bancarias comerciales"},"content":{"rendered":"<p>El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza G\u00f3mez, aclar\u00f3 que el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) de 4% que entra en vigor el 1 de octubre, no aplica a los servicios bancarios provistos a individuos, contrario a la informaci\u00f3n que se est\u00e1 divulgando. Sin embargo, varios sectores comerciales a los que aplicar\u00e1 el IVU alertaron que provocar\u00eda una contracci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>&#8216;Quiero dejar claro que de acuerdo con la Determinaci\u00f3n Administrativa 13-16 (la &#8216;DA 13-16&#8242;), los cargos bancarios sujetos al IVU son aquellos relacionados al manejo de cuentas comerciales, cargos por transacciones espec\u00edficas y cargos para cubrir costos por exceder l\u00edmites preestablecidos. No est\u00e1n incluidos dep\u00f3sitos, retiros, ni mucho menos pagos de hipotecas o de pr\u00e9stamos de autos. Esta disposici\u00f3n est\u00e1 vigente desde el 2013&#8217;, recalc\u00f3. La Determinaci\u00f3n Administrativa 15-17 (&#8216;DA 15-17&#8242;) confirma que los cargos bancarios que est\u00e1n exentos bajo la DA 13-16, contin\u00faan exentos bajo el IVU de 4%&#8217;, indic\u00f3 el Secretario.<\/p>\n<p>Ante la implementaci\u00f3n de impuesto &#8216;Business to Business&#8217; (B2B), de un 4 por ciento en las transacciones profesionales, las reacciones de la Banca y profesionales dejaron saber lo que calificaron como el efecto negativo del impuesto.<\/p>\n<p>El expresidente de la Asociaci\u00f3n de Bancos, Arturo Carri\u00f3n, opin\u00f3 el viernes que el cobro del B2B por las transacciones bancarias traer\u00e1 como resultado aumentos en los precios al consumidor y una contracci\u00f3n en la econom\u00eda.<\/p>\n<p>&#8216;Cualquier contribuci\u00f3n adicional a las transacciones tiene un efecto negativo en la econom\u00eda, porque en contribuciones ac\u00e1, puede ser m\u00e1s de un 4 por ciento, porque tiene un efecto exponencial. Entiendo que la Legislatura contin\u00faa tratando de enmendar ese cargo, porque est\u00e1 consciente precisamente de que eso puede ser negativo para la econom\u00eda de Puerto Rico que tiene ya unos problemas serios&#8217;, coment\u00f3 Carri\u00f3n en una entrevista radial en WAPA Radio.<\/p>\n<p>Zaragoza dijo que el servicio de procesamiento de data y manejo de las tarjeta de cr\u00e9dito y d\u00e9bito relacionado a cuentas bancarias estar\u00e1 sujeto al IVU de 4% a partir del 1 de octubre, sin embargo a quien corresponde pagar dicho impuesto es al comerciante que recibe el servicio de procesamiento de datos, en este caso el banco, porque es quien recibe el servicio directamente y no el individuo.<\/p>\n<p>Sobre este particular, la vicepresidenta ejecutiva de la Asociaci\u00f3n de Bancos, licenciada Zoim\u00e9 \u00c1lvarez, record\u00f3 que &#8216;para que la instituci\u00f3n pueda proveer esos servicios financieros hay un procesamiento electr\u00f3nico de esas transacciones bancarias que la instituci\u00f3n financiera le paga a un procesador. En el pasado ese procesamiento de transacciones financieras era exento por ser &#8216;Business to Business (B2B)&#8217; (entre una instituci\u00f3n financiera y un procesador de informaci\u00f3n financiera)&#8217;.<\/p>\n<p>&#8216;El procesamiento electr\u00f3nico de esas transacciones bancarias son parte integral del servicio financiero rendido a la comunidad y como tal esos cargos entre la instituci\u00f3n financiera y el procesador deben estar exentos del impuesto del mismo modo que est\u00e1n exentos los cargos bancarios cobrados por el banco a los clientes individuales, ya que sin el procesamiento no se puede rendir el servicio al cliente individual. La determinaci\u00f3n de imponer un impuesto de 4% en las transacciones bancarias no la controlan los Bancos. Por el momento, ese impuesto se impondr\u00e1 entre los bancos y compa\u00f1\u00edas que nos dan servicio para procesar las transacciones bancarias. Cada instituci\u00f3n har\u00e1 su determinaci\u00f3n de c\u00f3mo trabajar\u00e1 con esta nueva imposici\u00f3n y cu\u00e1l ser\u00eda su impacto en cada banco&#8217;, agreg\u00f3 \u00c1lvarez.<\/p>\n<p>Mientras que el presidente del Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico (CIAPR), el ingeniero Ralph Kreil Rivera, reiter\u00f3 la solicitud de que se excluya del cobro del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) de 4 por ciento a los servicios profesionales o de negocio a negocio, prestados por ingenieros y agrimensores, &#8216;ya que esta disposici\u00f3n tendr\u00e1 un impacto adverso para la econom\u00eda y la seguridad de los ciudadanos&#8217;.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-1636752415\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-300&#215;600\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1-150x300.jpg 150w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1-6x12.jpg 6w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"600\"   \/><\/a><\/div>\n<p>Seg\u00fan explic\u00f3 Kreil, en la prestaci\u00f3n de servicios en las \u00e1reas de ingenier\u00eda y agrimensura, puede haber una larga cadena de suplidores, pues muchos proyectos requieren la contrataci\u00f3n de otros colegas especializados, as\u00ed como de planificadores, agr\u00f3nomos y ge\u00f3logos, entre otros profesionales.<\/p>\n<p>&#8216;Es por eso, que la imposici\u00f3n del 4 por ciento de IVU a cada uno de estos servicios, tendr\u00e1 el efecto de encarecer significativamente el desarrollo de proyectos&#8217;, dijo Kreil en declaraciones escritas.<\/p>\n<p>Por su parte, el Puerto Rico Board of Realtors orient\u00f3 el viernes a sus afiliados, record\u00e1ndoles que el pasado 17 de agosto de 2015, el Departamento de Hacienda emiti\u00f3 la Carta Circular de Pol\u00edtica Contributiva N\u00fam. 15-12. En la misma, se establecen las instrucciones a todos los que ofrecen servicios profesionales designados (ejemplo corredores y vendedores de bienes ra\u00edces, abogados, contadores p\u00fablicos autorizados, ingenieros, agr\u00f3nomos, etc\u00e9tera) para hacer el cambio de registro de comerciante para prop\u00f3sitos del cobro del IVU\/IVA por sus servicios.<\/p>\n<p>&#8216;La Carta Circular establece que todos los que actualmente ofrecen servicios profesionales designados (como individuos o como cualquier otra entidad jur\u00eddica), deben estar registrados en el registro de comerciantes como Agentes No Retenedores del IVU (certificado rojo). No obstante, despu\u00e9s del 30 de septiembre de 2015, aquellos que excedan el l\u00edmite de $50,000 de volumen anual de negocios, deben realizar el cambio de registro de comerciante a uno de Agente Retenedor del IVU (certificado verde)&#8217;, indica la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como parte de las gestiones, el Caguas Board of Realtors, llevar\u00e1 a cabo un seminario el pr\u00f3ximo 29 de septiembre, cuyo tema ser\u00e1 el impacto de la nueva ley de IVU en bienes ra\u00edces.<\/p>\n<p>Para obtener m\u00e1s informaci\u00f3n visite www.hacienda.pr.gov, donde encontrar\u00e1 la DA 13-16 y la DA 15-17 sobre la aplicaci\u00f3n del IVU a cargos bancarios entre comerciantes, adem\u00e1s de toda la informaci\u00f3n relacionada con la puesta en vigor del 4%.<\/p>\n<p>* Vea tambi\u00e9n:<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/noticia\/181352\/vega-ramos-servicios-de-abogados-quedaran-exentos-del-ivu-e-iva.html\/\" target=\"_blank\">Vega Ramos: servicios de abogados quedar\u00e1n exentos del IVU e IVA<\/a><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza G\u00f3mez, aclar\u00f3 que el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) de 4% que entra en vigor el 1 de octubre, no aplica a los servicios bancarios provistos a individuos, contrario a la informaci\u00f3n que se est\u00e1 divulgando. 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