{"id":136438,"date":"2020-06-11T11:54:00","date_gmt":"2020-06-11T15:54:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/top-stories\/tribunales\/20200611\/masacre-de-pajaros-anticipa-dilema-de-la-retroactividad-del-veredicto-unanime\/"},"modified":"2025-07-20T00:26:22","modified_gmt":"2025-07-20T00:26:22","slug":"masacre-de-pajaros-anticipa-dilema-de-la-retroactividad-del-veredicto-unanime","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20200611\/masacre-de-pajaros-anticipa-dilema-de-la-retroactividad-del-veredicto-unanime\/","title":{"rendered":"Masacre de P\u00e1jaros anticipa dilema de la retroactividad del veredicto un\u00e1nime"},"content":{"rendered":"<h3>El Departamento de Justicia objet\u00f3 la solicitud del convicto Sammy B\u00e1ez Figueroa bajo el argumento de que se trata de una caso con sentencia final y firme.<\/h3>\n<p>El Departamento de Justicia objet\u00f3 la solicitud de Sammy B\u00e1ez Figueroa, uno de los convictos del caso de la masacre en el barrio P\u00e1jaros, en Toa Baja, que busca que el Tribunal de Apelaciones anule su convicci\u00f3n porque no cumpli\u00f3 con la nueva doctrina del veredicto un\u00e1nime.<\/p>\n<p>Pero m\u00e1s all\u00e1 de refutar la petici\u00f3n, la moci\u00f3n que present\u00f3 el procurador general Isa\u00edas S\u00e1nchez B\u00e1ez contituye un anticipo de los ribetes jur\u00eddicos y del escenario que enfrentar\u00eda el sistema de justicia de aprobarse una medida que propone darle car\u00e1cter retroactivo a la nueva doctrina que exige unanimidad en el veredicto.<\/p>\n<p>El pasado 29 de mayo, el licenciado Julio Gil de Lamadrid someti\u00f3 una escueta moci\u00f3n de apenas dos p\u00e1ginas donde pidi\u00f3 al Tribunal de Apelaciones \u00abdejar sin efecto\u00bb las sentencias condenatorias de B\u00e1ez Figueroa porque el jurado rindi\u00f3 un veredicto por mayor\u00eda de 9 a 3.<\/p>\n<p>Mencion\u00f3 brevemente la anulaci\u00f3n del veredicto de Pablo Casellas, un caso que todav\u00eda se encuentra en la etapa apelativa, el caso de Ernesto Ramos Amador, un cliente suyo cuya convicci\u00f3n parece que ha sido revocada aunque no ha sido excarcelado, y la doctrina establecida por el Tribunal Supremo federal y adoptada posteriormente por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.<\/p>\n<p>El 20 de abril, el Supremo federal anul\u00f3 los veredictos por votaci\u00f3n mayoritaria e instaur\u00f3 los veredictos un\u00e1nimes. Pero limit\u00f3 su decisi\u00f3n a los casos que no cuentan con una sentencia final y firme. El 8 de mayo el Tribunal Supremo local reconoci\u00f3 el efecto de esa opini\u00f3n sobre la isla.<\/p>\n<p>Gil Delamadrid no fundament\u00f3 su petici\u00f3n con jurisprudencia. No abord\u00f3 el asunto de la retroactividad. Tampoco estableci\u00f3 si se trataba de un caso en apelaci\u00f3n o uno final y firme, que retaba los l\u00edmites de la nueva doctrina, que solo aplica a casos vivos.<\/p>\n<p>Pese a la vaguedad de ese escrito, el procurador general y su equipo de trabajo presentaron una r\u00e9plica de 76 p\u00e1ginas con \u00edndice y anejos.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-5c1321bb08a2f607259cd54f9ab2a885\">Lea tambi\u00e9n:<\/strong> <a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/la-calle\/tribunales\/top-stories\/20200606\/convicto-en-masacre-de-barrio-pajaros-solicita-desestimacion-por-conviccion-no-unanime\/\" id=\"link-17907abbd5397193fa5d0b0203f7af66\">Convicto en masacre de barrio P\u00e1jaros solicita desestimaci\u00f3n por convicci\u00f3n no un\u00e1nime<\/a><\/p>\n<p>Desde la primera l\u00ednea de la moci\u00f3n, S\u00e1nchez B\u00e1ez consign\u00f3 que la petici\u00f3n correspond\u00eda a un caso final y firme, que culmin\u00f3 el tr\u00e1mite apelativo en junio de 2013.<\/p>\n<p>Hecha esa salvedad, procedi\u00f3 a hilvanar los argumentos para impugnar la solicitud, que seg\u00fan su an\u00e1lisis se radic\u00f3 ante el foro equivocado puesto que no existe controversia pendiente en el caso. De existir alg\u00fan reclamo, el abogado debi\u00f3 presentar una moci\u00f3n citando la debida Regla de Procedimiento Criminal ante un tribunal de primera instancia.<\/p>\n<p>\u00abSostendremos la improcedencia del reclamo sobre la base de las deficiencias procesales y porque un an\u00e1lisis de la norma de no retroactividad de los nuevos postulados constitucionales establece, claramente, que el se\u00f1or B\u00e1ez Figueroa no tiene remedio alguno\u00bb, apuntal\u00f3 el procurador.<\/p>\n<p>\u00abAunque la nueva normativa no aplica a casos finales y firmes como el presente es importante se\u00f1alar las implicaciones del remedio que solicita el se\u00f1or B\u00e1ez Figueroa. Estas repercusiones se agudizan m\u00e1s remoto sea el caso\u00bb, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el resumen de los hechos, un jurado encontr\u00f3 a B\u00e1ez Figueroa culpable de m\u00faltiples violaciones a Ley de Armas y de un cargo por \u00abconspirar para matar\u00bb relacionados a la llamada Masacre de P\u00e1jaros, un triple asesinato ocurrido el 5 de mayo de 2009 en venganza por la muerte de un narcotraficante del \u00e1rea. El 15 de abril de 2011, un juez lo conden\u00f3 a 211 a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Inconforme el convicto apel\u00f3 su condena, pero el Tribunal de Apelaciones confirm\u00f3 la sentencia el 26 de diciembre de 2012. Despu\u00e9s de varios intentos para que se reconsidera esa decisi\u00f3n, la sentencia confirmatoria advino final y firme el 3 de julio de 2013, de acuerdo a la cronolog\u00eda del Departamento de Justicia.<\/p>\n<p>Culminado los tr\u00e1mites postsentencia, B\u00e1ez Figueroa trat\u00f3 sin \u00e9xito de plantear la inconstitucionalidad del veredicto por mayor\u00eda a ra\u00edz del caso de S\u00e1nchez Valle, una doctrina sobre la doble exposici\u00f3n que utiliz\u00f3 la defensa de Casellas para solicitar la anulaci\u00f3n de su veredicto. Aunque el Tribunal Apelativo favoreci\u00f3 a Casellas en aquella ocasi\u00f3n, posteriormente el Tribunal Supremo revoc\u00f3 esa decisi\u00f3n. Ahora Casellas enfrentar\u00e1 un juicio nuevo por virtud de la nueva doctrina federal.<\/p>\n<p>\u00abCiertamente cualquier reclamo que el convicto quiera realizar en virtud de la nueva norma, debe atenderse ante el Tribunal de Primera Instancia y  no ante el Tribunal de Apelaciones\u00bb, argument\u00f3 el procurador.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-e3deff20cc70c5d83398101ed127a08c\">Lea tambi\u00e9n:<\/strong> <a href=\"https:\/\/noticel.com\/en\/tribunales\/ahora\/top-stories\/20200531\/colision-de-derechos-del-veredicto-unanime-a-la-retroactividad\/\" id=\"link-8aa7198fb9ce5f4dff0235606d41259a\">Colisi\u00f3n de derechos: del veredicto un\u00e1nime a la retroactividad<\/a><\/p>\n<p>\u00abSostenemos que, de todas maneras, el tr\u00e1mite apelativo ordinario finaliz\u00f3 de manera firme en el 2013, por lo que procede la denegatoria del reclamo extraordinario que realiza el apelante en primera instancia ante un tribunal de r\u00e9cord\u00bb, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Precisamente por tratarse un caso que finaliz\u00f3, el procurador S\u00e1nchez B\u00e1ez reiter\u00f3 que no procede conceder la petici\u00f3n puesto que la nueva doctrina solo aplica a casos en etapa apelativa y cuya sentencia no es final y firme. Apoy\u00f3 este planteamiento con un amplio repaso de la jurisprudencia que postula dicha tesis.<\/p>\n<p>\u00abLa regla es que una nueva pauta constitucional s\u00f3lo tiene efecto retroactivo en casos pendientes o en revisi\u00f3n original y que presenten las mismas condiciones, mas no tendr\u00e1n efecto retroactivo en casos finales y firmes, a menos de que se trate de conducta protegida o castigo prohibido por mandato constitucional que, a su vez, limita el poder del Estado Ejecutor, o que se trata de una norma crucial (watershed rule) que concierna a integridad del proceso judicial o &#8216;proyecte grave duda sobre el hecho de la culpabilidad'\u00bb, apuntal\u00f3 S\u00e1nchez B\u00e1ez.<\/p>\n<p>En esta l\u00ednea, rechaz\u00f3 que un veredicto plural arroje duda sobre la confiabilidad de una convicci\u00f3n como han argumentado abogados que favorecen un proyecto de ley presentado por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, que propone extender la doctrina del veredicto un\u00e1nime de forma retroactiva a los casos de personas convictas por decisiones plurales y que todav\u00eda cumplen una sentencia de c\u00e1rcel.<\/p>\n<p>\u00abLa falta de unanimidad en el veredicto no da ha lugar una inferencia de irregularidad del proceso con efecto de revocaci\u00f3n autom\u00e1tico\u00bb, asegur\u00f3 el procurador general.<\/p>\n<p>Al impugnar la solicitud del apelante, el procurador tambi\u00e9n abog\u00f3 por mantener reglas de juego claras para no afectar confiabilidad del sistema de justicia.<\/p>\n<p>\u00abSi no le conferimos  la merecida deferencia a la finalidad a los dict\u00e1menes judiciales, la sentencia siempre ser\u00eda una expectativa de cumplimiento porque ma\u00f1ana o cualquier otro d\u00eda podr\u00eda anularse, si siempre tendr\u00e1n las puertas abiertas para ser revocadas ante cualquier norma no vigente al momento de los hechos\u00bb, asegur\u00f3.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de la opini\u00f3n del Supremo federal, el Departamento de Justicia identific\u00f3 133 casos activos que podr\u00edan ser revisados acorde al nuevo principio de veredicto un\u00e1nime sin retroactividad, pero estim\u00f3 que de aprobarse la medida legislativa cientos de casos podr\u00edan cualificar para un juicio nuevo porque la retroactividad se extiende hasta el 1948, momento en que se instaur\u00f3 el veredicto por mayor\u00eda en Puerto Rico. Esto sin contar los otros reclamos que vaticin\u00f3 la agencia podr\u00edan ocurrir por la distinci\u00f3n entre convictos que establecer\u00eda la medida.<\/p>\n<p>La medida del Senado crear\u00eda un sistema de privilegio porque beneficia solo a los convictos que optaron por el juicio por jurado y olvida a los condenados que renunciaron a ese derecho para hacer una alegaci\u00f3n de culpabilidad o alegaci\u00f3n preacordada.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-17d1e8afcdd34905566c8737c226f715\">Mira la moci\u00f3n presentada por Justicia aqu\u00ed.<\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Departamento de Justicia objet\u00f3 la solicitud del convicto Sammy B\u00e1ez Figueroa bajo el argumento de que se trata de una caso con sentencia final y firme. 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