{"id":135267,"date":"2020-05-31T06:00:00","date_gmt":"2020-05-31T10:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/?post_type=article&#038;p=135267"},"modified":"2025-07-20T02:19:25","modified_gmt":"2025-07-20T02:19:25","slug":"veredictos-mayoritarios-una-mancha-en-el-sistema-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/opiniones\/20200531\/veredictos-mayoritarios-una-mancha-en-el-sistema-judicial\/","title":{"rendered":"Veredictos mayoritarios, una mancha en el sistema judicial"},"content":{"rendered":"<h3>El licenciado Alex Omar Rosa Ambert recuerda que la raz\u00f3n por la que los veredictos mayoritarios existen en Puerto Rico fue para facilitar convicciones contra independentistas mientras se aprobaba la Constituci\u00f3n.<\/h3>\n<p>El debate sobre dos proyectos de ley \u2013 uno de cada c\u00e1mara legislativa \u2013 para conferir retroactividad a una norma del Tribunal Supremo que exige unanimidad para una convicci\u00f3n por Jurado ha acaparado la discusi\u00f3n p\u00fablica por la pasada semana.<\/p>\n<p>Desafortunadamente, el debate ha tergiversado las circunstancias tras esta propuesta, con id\u00e9nticas dosis de desinformaci\u00f3n, deshonestidad, contradicci\u00f3n, error y una pizca de emoci\u00f3n.<\/p>\n<p>En principio, la respuesta emocional a estos proyectos resulta l\u00f3gica.  Todo sistema adversativo contrapone intereses adversos.  Ahora bien, es importante desmitificar una premisa falsa sobre la que pende la oposici\u00f3n a estos proyectos: los derechos constitucionales y los derechos de las v\u00edctimas no est\u00e1n en conflicto.<\/p>\n<p>Todos los que participamos de ese sistema somos conscientes y sensibles sobre lo dif\u00edcil y complejo que resulta para una persona revivir una experiencia traum\u00e1tica. As\u00ed que, a nombre de todos nosotros, les aseguro a todas ellas \u2013 a toda v\u00edctima \u2013 que nadie minimiza o deval\u00faa sus experiencias.  Ninguno de nosotros pretende ni desea que sufran nuevamente los efectos de los demonios que les han quitado la paz o la felicidad. Les aseguro tambi\u00e9n que aspiramos a lograr una coincidencia manejable entre los derechos constitucionales en juego, y las protecciones y salvaguardas que merecen.<\/p>\n<p>No podemos, ni debemos, olvidar las ponencias de v\u00edctimas de estos proyectos en la C\u00e1mara de Representantes  Lo dif\u00edcil \u2013 por no decir imposible \u2013 asegurar servicios a los que tienen derecho.  C\u00f3mo son vilipendiados e ignorados por los mismos funcionarios llamados a protegerlos; y descartados cuando cumplen su prop\u00f3sito para el Estado: probar su caso.<\/p>\n<p>Tampoco debemos olvidar como la Secretaria de Justicia expuso que sus restricciones presupuestarias limitan los servicios que pueden brindar.  El fondo de v\u00edctimas y testigos se nutre de una pena especial que se le impone a cada persona que es convicta, ya sea por alegaci\u00f3n de culpabilidad o por una adjudicaci\u00f3n de su responsabilidad por un juzgador.  Ese dinero existe ajeno a cualquier situaci\u00f3n econ\u00f3mica que enfrenta Justicia. Cabe preguntarse entonces d\u00f3nde deparan esos fondos, y qu\u00e9 se hace con ellos.  El problema de apoyo y servicios a las v\u00edctimas no es uno de escasez de fondos, sino de disposici\u00f3n y de capacidad administrativa.<\/p>\n<p>Por otro lado, tanto v\u00edctimas como personas acusadas se encuentran solas y desprovistas ante un Estado todopoderoso y avasallador. Es por eso que los que defendemos las protecciones constitucionales en cuesti\u00f3n apoyamos estos proyectos con tanta intensidad.  Porque la Constituci\u00f3n y los derechos que concede es el \u00faltimo basti\u00f3n en contra del atropello del Estado.  Defendemos estos derechos intensamente porque todos podremos ser alguna vez acusados, o v\u00edctimas.  Podr\u00e1 ser un hijo, un hermano o un ser querido el que reclame uno de esos derechos.  As\u00ed que no defendemos criminales, ni asesinos como se pretende hacer ver.  Defendemos individuos.  Defendemos con la convicci\u00f3n de que todos somos y debemos ser iguales; que merecemos las mismas protecciones.  En fin, la Constituci\u00f3n no tiene como prop\u00f3sito proteger a un sector espec\u00edfico, sino protegernos a todos del poder del Gobierno.  Y considerando nuestra historia reciente, creo que todos podemos coincidir que necesitamos ese escudo cada vez m\u00e1s.<\/p>\n<p>Ello as\u00ed, estos proyectos no pretenden revictimizar, sino rectificar un da\u00f1o constitucional que tuvo ra\u00edces discriminatorias.  Que quede claro, la \u00fanica raz\u00f3n por la que los veredictos mayoritarios existen en Puerto Rico \u2013 y as\u00ed lo admitieron luego los forjadores de la Constituci\u00f3n \u2013 fue facilitar convicciones contra independentistas mientras se aprobaba la Carta Magna.  Un requerimiento num\u00e9rico menor implic\u00f3 deliberaciones m\u00e1s sencillas y menos debatidas, mientras neutralizaba la presencia de negros e independentistas en los jurados.  Es ese discrimen el que Ramos v. Louisiana pretendi\u00f3 erradicar, y el que estos proyectos pretenden corregir.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9? \u00bfQu\u00e9 sabemos ahora que no conoc\u00edamos en 1948? Que hay cientos, por no decir miles de convictos cumpliendo c\u00e1rcel por delitos que no cometieron.  Que un abogado de Portland fue acusado de terrorismo en Espa\u00f1a, aunque nunca sali\u00f3 de su estado porque sus huellas, alegadamente, aparecieron en un detonador de bombas en Madrid.  Ello fue falso.  Que un tr\u00edo de hombres cumpli\u00f3 dos d\u00e9cadas de c\u00e1rcel por un crimen que no cometieron en Aguada.<\/p>\n<p>Sabemos que la ciencia ha exonerado cerca de 400 convictos estadounidenses \u2013 en su inmensa mayor\u00eda pobres o negros \u2013 que fueron encontrados culpables por declaraciones de testigos y v\u00edctimas que no dijeron la verdad en corte.  Sabemos que el 71% de esas exoneraciones surge de identificaciones erradas, sesgadas por prejuicios contra negros y pobres.  Sabemos que la mayor\u00eda de los acusados en Puerto Rico son pobres, y que ese sesgo socioecon\u00f3mico se vuelve una traba a que reciban un trato justo en el proceso.<\/p>\n<p>Aprendimos adem\u00e1s que el endurecimiento o agravamiento del componente punitivo del sistema \u2013 las penas de c\u00e1rcel &#8211; no incide sobre la reducci\u00f3n a la criminalidad.  Que, tanto en Estados Unidos, como en Europa, como en Sur Am\u00e9rica, el enfoque de los procesos penales se redirige a asegurar la convicci\u00f3n, no a imponer penas severas Que ninguna sociedad moderna aspira a \u201cbotar la llave\u201d como claman distintos analistas de medios, pues las penas dejan de ser efectivas como disuasivo luego de ciertos a\u00f1os cumplidos en prisi\u00f3n. Que nuestra Constituci\u00f3n impone una obligaci\u00f3n al Estado de rehabilitar a sus convictos, y que esa obligaci\u00f3n es letra muerta, pues el Estado no la atiende.<\/p>\n<p>Entonces, \u00bfqu\u00e9 nos dice Ramos v. Louisiana?  Que la mayor\u00eda de los fundamentos que utilizan los opositores a las medidas fueron atendidos en la decisi\u00f3n del caso.  Que los veredictos un\u00e1nimes siempre fueron una exigencia constitucional.  Que los veredictos mayoritarios son una mancha en el sistema judicial.  Que es una norma que nunca debi\u00f3 existir.  Que debemos erradicar todo vestigio de discrimen de los procesos adjudicativos en los que se priva de libertad a un ciudadano.<\/p>\n<p>En esa coyuntura, el Tribunal Supremo federal est\u00e1 atendiendo un caso de retroactividad de Ramos, Edwards v. Vannoy.  La oposici\u00f3n a las medidas propone que esperemos a que sea el Supremo estadounidense que dicte la ruta de soluci\u00f3n de este asunto.  Que debemos honrar el precedente judicial mientras se soluciona ese asunto en otros lares.<\/p>\n<p>Lo que la oposici\u00f3n a los proyectos no les dice es que hay otro caso del Supremo de los Estados Unidos \u2013 Danforth v. Minnesota \u2013 que resolvi\u00f3 que los estados retienen autoridad para otorgar mayor retroactividad que cualquier decisi\u00f3n del Tribunal.  Si en realidad valoramos el precedente, debemos aceptar el que ya reconoce que la legislaci\u00f3n es constitucionalmente leg\u00edtima.  As\u00ed que el tema aqu\u00ed no es si se puede legislar.  La controversia es si se debe.<\/p>\n<p>Aparenta entonces que los opositores no tienen objeci\u00f3n a que el Supremo imponga la misma retroactividad que hoy condenan.  Queda preguntarse por qu\u00e9 aceptar\u00edan la norma si proviene de una decisi\u00f3n de un tribunal constitucional, pero se oponen a una ley que concede el mismo remedio y con el mismo valor.  Queda preguntarse adem\u00e1s por qu\u00e9 la Secretaria de Justicia se opone ahora a los proyectos, cuando particip\u00f3 de una reuni\u00f3n con el Presidente del Senado en la que dijo estar de acuerdo con la retroactividad, pero con limitaciones.  \u00bfEs leg\u00edtima la retroactividad si el Supremo federal la concede, pero no si el Gobierno la legisla? \u00bfPor qu\u00e9?  Esas son las preguntas que hay que contestar.<\/p>\n<p>Para obviarlas, los opositores al proyecto aluden a una serie de contradicciones, circularidades, y medias verdades.  Por un lado, exponen que la norma aplicar\u00eda indiscriminadamente a todo caso que termin\u00f3 en una convicci\u00f3n, ignorando la autoridad legislativa que confiere Danforth para atender este asunto.  Debe quedar claro que la retroactividad aplicar\u00e1 exclusivamente a los casos que as\u00ed determine la ley.  Sugerir lo contrario es inducir a error. Sugerir que las medidas aplicar\u00e1n por Igual Protecci\u00f3n de las Leyes a todo convicto es un absurdo.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-733202294\"><div class=\"notic-adlabel\">Advertisements<\/div><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-300&#215;250\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094423\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x250-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094423\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x250-1.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094423\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x250-1-14x12.jpg 14w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"250\"   \/><\/a><\/div>\n<p>De todos modos, Ramos resuelve que un an\u00e1lisis de cuantificaci\u00f3n \u2013 cantidad de casos que se afectar\u00e1n por la norma \u2013 no puede ser factor para determinar su alcance.  Lo que el Tribunal determin\u00f3 es que la unanimidad es suficientemente importante como para uniformar el derecho contenido en la Sexta Enmienda para todo procesamiento en territorio estadounidense.  El n\u00famero no es importante, si en al menos un caso gener\u00f3 una convicci\u00f3n inconstitucional.<\/p>\n<p>Ese c\u00e1lculo puramente matem\u00e1tico produce arbitrariedades que nadie parece querer explicar. \u00bfCu\u00e1ntos casos son suficientes para la norma? \u00bfHasta cuando atr\u00e1s en el tiempo es suficiente?.  Imaginen un caso contra dos (2) acusados que se bifurc\u00f3 en dos salas por un conflicto.  El primero comenz\u00f3 y se adjudic\u00f3 antes de la pandemia.  Y el segundo no pudo comenzar por el toque de queda, e iniciar\u00e1 cuando reinicien las labores en el Tribunal.  \u00bfEs razonable que uno se beneficie de la norma y el otro no? \u00bfPor qu\u00e9?<\/p>\n<p>Ramos tambi\u00e9n reconoce que hay un costo social en la relitigaci\u00f3n de los casos.  Empero, enfatiza que siempre lo hay con una nueva norma constitucional jurisprudencial.  Y que ese es el precio a pagar por rectificar errores que violentan derechos fundamentales. \u00bfCu\u00e1ntos casos? Nadie parece querer mencionar el n\u00famero.  Pero ser\u00e1n muchos menos que los que sugieren.  Depurando la lista, solo aplicar\u00e1 a los cargos \u2013 no a todo proceso \u2013 que no resultaron en convicciones un\u00e1nimes.  Muchos de esos relitigios no tienen efecto pr\u00e1ctico, pues las personas cumplen otras penas un\u00e1nimes, otros cargos, ya cualifican para medidas, o se negociar\u00e1n.  En fin, el n\u00famero ha sido inflado para dramatismo.  Dramatismo que Ramos advirti\u00f3 no deb\u00eda influir en la decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Igual ocurre con la campa\u00f1a de miedo de las amenazas a los juzgadores por exigirle el veredicto un\u00e1nime.  Preg\u00fantese, \u00bfha escuchado alguna vez de un Jurado que haya sufrido da\u00f1o por ejercer su funci\u00f3n? Los jurados en el Tribunal Federal emiten veredictos un\u00e1nimes a diario, \u00bfhan le\u00eddo algo de que est\u00e1n en riesgo?  En Puerto Rico no hay una cultura de represalias contra Jurados, fiscales o jueces.  Eso es un dato, no una opini\u00f3n.<\/p>\n<p>De lo que s\u00ed han le\u00eddo, y mucho, es que en Puerto Rico hay un patr\u00f3n de fabricaci\u00f3n de casos por la Polic\u00eda.  Que hay una demanda contra la Polic\u00eda por sus abusos.  Que esos abusos se enfocan en la clase m\u00e1s pobre.  En los inmigrantes, en los estudiantes que protestan.  \u00bfParece razonable ante esas circunstancias exigir un concurso de todos los que juzgan para privar a una persona de la libertad? Si la respuesta es que s\u00ed, \u00bfpor qu\u00e9 ahora, y no antes?<\/p>\n<p>Deben haber escuchado adem\u00e1s que los Jurados son muy permisivos, que viven del ayy bendito.  \u00bfLos mismos jurados en los que confiamos en la correcci\u00f3n de sus veredictos mayoritarios? Esa expresi\u00f3n denota poco respeto por la funci\u00f3n del Jurado.  Presume que no ser\u00e1n personas respetuosas de la ley como para honrar su juramento.  Esas mismas personas que aplaudimos cuando condenan merecen reconocimiento cuando absuelven.  Despu\u00e9s de todos, y gracias a Ramos, una convicci\u00f3n o absoluci\u00f3n es el producto de una discusi\u00f3n entre personas llamadas a interpretar unos hechos como el derecho les exige.  Sugerir que no act\u00faan por pena es devaluar lo que son y hacen.<\/p>\n<p>Ramos concluye con una cita contundente del juez ponente, Neil Gorsuch, que debe ser un aliciente para reflexi\u00f3n sobre el alcance de la forma, y la responsabilidad de velar por las protecciones constitucionales:<\/p>\n<p><em id=\"emphasis-d8b3f68ec95c7259771bf15a03f27818\">On what ground would anyone have us leave Mr.\u00a0Ramos\u00a0in prison for the rest of his life? Not a single Member of this Court is prepared to say\u00a0Louisiana\u00a0secured his conviction constitutionally under the Sixth Amendment. No one before us suggests that the error was harmless.\u00a0Louisiana\u00a0does not claim precedent commands an affirmance. In the end, the best anyone can seem to muster against Mr.\u00a0Ramos\u00a0is that, if we dared to admit in his case what we all know to be true about the Sixth Amendment, we might have to say the same in some others. But where is the justice in that? Every judge must learn to live with the fact he or she will make some mistakes; it comes with the territory. But it is something else entirely to perpetuate something we all know to be wrong only because we fear the consequences of being right.<\/em><\/p>\n<p>Habida cuenta de ello, el lenguaje de Ramos parece sugerir que la ausencia de un veredicto un\u00e1nime es un defecto medular-estructural, pues incide sobre el contrapeso de la figura del Jurado al abuso del estado. Del mismo modo, parecer\u00eda que Ramos no establece una nueva norma constitucional jurisprudencial, sino que corrige una determinaci\u00f3n \u2013 la opini\u00f3n concurrente de Powell en Apodaca v. Oregon \u2013 que fue errada de inicio. Si el TSEU estima que Apodaca fue una determinaci\u00f3n equivocada en 1972, podr\u00eda concluir que ese error afect\u00f3 la justicia sustancial para cada individuo que result\u00f3 convicto por un veredicto mayoritario. Esa determinaci\u00f3n implicar\u00eda que la norma de Ramos tendr\u00eda efecto retroactivo absoluto, a todo convicto por veredicto mayoritario.<\/p>\n<p>En ese balance de bienes jur\u00eddicos protegidos, la verdad siempre sobrepone a la finalidad de una sentencia. Como se\u00f1al\u00f3 hace poco el Honorable Juez Asociado Luis Estrella Mart\u00ednez:<\/p>\n<p>[N]uestro ordenamiento contempla situaciones donde el fin punitivo del procedimiento criminal sucumbe\u00a0ante\u00a0situaciones que, de no atenderlas, constituir\u00eda un fracaso a la justica. Tanto es as\u00ed que se permite, de estar presentes circunstancias particulares, poner la finalidad de la sentencia y la econom\u00eda procesal en segundo plano, con el fin de depurar la verdad.<\/p>\n<p>Es por ello por lo que el sistema cuenta con contrapesos para cuestionar dicha finalidad, por el bien de la Justicia.  Despu\u00e9s de todo, tanto las partes como el Pueblo mismo ostentan un inter\u00e9s apremiante de evitar que inocentes est\u00e9n confinados, mientras los verdaderos culpables de una conducta punible evaden su responsabilidad.  La falibilidad \u2013 por min\u00fascula que sea estad\u00edsticamente \u2013 es un problema inherente a la adjudicaci\u00f3n humana de controversias objetivadas.  Por tanto, el sistema propone v\u00e1lvulas para corregir esos errores que se tornan en injusticias.   En suma, el sistema no protege la consecuci\u00f3n de convicciones por cada procesamiento per se; ni la permanencia de determinaciones.  Por el contrario, el sistema crea espacios que, como efecto directo, corrigen injusticias fraguadas hace siete d\u00e9cadas.<\/p>\n<p>En fin, los defensores de v\u00edctimas y los defensores de acusados y convictos no somos enemigos, ni lo seremos.  Somos lados de una misma moneda.  Y en el otro, el Estado rehuye su rol, su inacci\u00f3n, y su desidia.  Ante la ley, y la Constituci\u00f3n, v\u00edctimas y convictos somos uno clamando por lo mismo:  Justicia.  Y es ese el objetivo de los proyectos.  Erradicar esos discrimenes que, con el advenimiento de la tecnolog\u00eda, podemos presenciar con mayor regularidad, aunque siempre han estado ah\u00ed.  En palabras de Abraham Lincoln en su discurso inaugural como presidente de Estados Unidos, tan relevantes hoy como el d\u00eda que fueron pronunciadas:<\/p>\n<p><em id=\"emphasis-34cd072aae0aa910c71d1cf0eb3ad033\">We are not enemies, but friends.  We must not be enemies.  Though passion may have strained, it must not break our bonds of affection. The mystic cords of memory will swell when again touched, as surely they will be, by the better angels of our nature.<\/em><\/p>\n<p>As\u00ed que hablemos, y mucho, de lo que significan estos proyectos, pero desde el derecho, desde la honestidad, desde la convicci\u00f3n, y desde el compromiso solemne de que aspiramos a una sociedad con mejor calidad de vida. Es esa, y ninguna otra, la que motiva nuestra agenda sobre estos proyectos.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El licenciado Alex Omar Rosa Ambert recuerda que la raz\u00f3n por la que los veredictos mayoritarios existen en Puerto Rico fue para facilitar convicciones contra independentistas mientras se aprobaba la Constituci\u00f3n. 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