{"id":131126,"date":"2020-04-16T18:41:00","date_gmt":"2020-04-16T22:41:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/tribunales\/20200416\/demandan-la-directora-ejecutiva-de-la-junta-de-farmacias-por-actos-ilegales\/"},"modified":"2025-07-20T07:26:42","modified_gmt":"2025-07-20T07:26:42","slug":"demandan-la-directora-ejecutiva-de-la-junta-de-farmacias-por-actos-ilegales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20200416\/demandan-la-directora-ejecutiva-de-la-junta-de-farmacias-por-actos-ilegales\/","title":{"rendered":"Demandan la Directora Ejecutiva de la Junta de Farmacias por \u00abactos ilegales\u00bb"},"content":{"rendered":"<h3>El pleito busca restituir la autonom\u00eda de la organizaci\u00f3n.<\/h3>\n<p>La presidenta y vice presidenta de la Junta de Farmacias de Puerto Rico, junto con una representante de los T\u00e9cnicos de Farmacia en Puerto Rico, demandaron a la directora ejecutiva de la Oficina de Reglamentaci\u00f3n y Certificaci\u00f3n de Profesionales de la Salud, Norma Torres Delgado, por, presuntamente, actuar \u201cde forma impropia, ilegal, discriminatoria, vengativa, negligente y corrupta\u201d, afectando los derechos de la Junta de Farmacia de Puerto Rico e, incidentalmente, la salud del pueblo de Puerto Rico.<\/p>\n<p>Las farmac\u00e9uticas Mar\u00eda Due\u00f1o Palmer y Dayna Qui\u00f1ones Burgos, junto con la t\u00e9cnica de farmacia Suzette Montalvo Ruiz, figuran como demandantes en el injunction radicado en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, y en el que se alega, que Torres Delgado cometi\u00f3 actuaciones que rayan en actos de corrupci\u00f3n gubernamental.<\/p>\n<p>El pleito alega, espec\u00edficamente, que la demandada realiz\u00f3 \u201cactos impropios, ilegales, discriminatorios, vengativos, negligentes y corruptos\u201d que son \u201ccontrarios a la pol\u00edtica p\u00fablica sobre asuntos de Salud y de Farmacia\u201d.<\/p>\n<p>Entre ellos, detall\u00f3 que desde antes y durante la administraci\u00f3n de Torres Delgado, supuestamente, no se han manejado los ingresos de la Junta \u201cconforme a derecho y hoy no existe constancia divulgada a la Junta de Farmacia de Puerto Rico de la separabilidad de estos fondos, de su cantidad, y para qu\u00e9 se han usado los mismos\u201d.<\/p>\n<p>De acuerdo a la Ley de Farmacias, los ingresos cobrados por conceptos de derechos, deben ser cobrados por la propia Junta, la cual deber\u00e1 \u201cexpedir el correspondiente recibo y llevar una contabilidad completa y detallada de las cantidades cobradas y recibidas\u201d. Adem\u00e1s, establece que \u201cse pagar\u00e1n en cheque o giro a nombre del Secretario de Hacienda o con tarjeta de cr\u00e9dito o d\u00e9bito siguiendo las normas y procedimientos dispuestos con Hacienda con respecto a la forma de pago\u201d y que se deben tener en una cuenta separada.<\/p>\n<p>La demanda indica que dichos cobros son agenciados en la actualidad por la demandada, como agente cobrador.<\/p>\n<p>En la acci\u00f3n legal, el licenciado Jos\u00e9 A. Fust\u00e9 plantea que cantidades mayores de este fondo han sido desembolsadas para asuntos ajenos a la Junta de Farmacia y apunta a la posibilidad de que se hayan mezclado con otros dineros. Esto uso indebido de fondos, alega el licenciado, ha privado a la Junta de Farmacia de mantener una sana administraci\u00f3n y realizar un uso responsable del fondo separado que por ley debe tener.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-2071161945\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-300&#215;600\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1-150x300.jpg 150w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/05\/30094652\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-300x600-1-6x12.jpg 6w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" width=\"300\" height=\"600\"   \/><\/a><\/div>\n<p>Adem\u00e1s, afirma que hay evidencia de que hay cobros del dinero que se han depositado a trav\u00e9s de tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito en cuentas no autorizadas por ley, entre ellas una denominada \u201cHAC Junta Examinadora de Empleados de Salud\u201d y otra cuenta del \u201cTribunal Examinador de M\u00e9dicos de Puerto Rico\u201d. La demanda menciona que, en esta \u00faltima cuenta, \u201cse alega que la demandada Torres Delgado en contravenci\u00f3n a una opini\u00f3n legal de la Divisi\u00f3n Legal del Departamento de Salud, ocupa el puesto de Directora Ejecutiva de la Junta de Licenciamiento y Disciplina M\u00e9dica\u201d.<\/p>\n<p>La Ley de Farmacia de 2004 dicta que los dep\u00f3sitos deben ser realizados en un fondo especial para beneficio de la Junta.<\/p>\n<p>Las demandantes tambi\u00e9n se\u00f1alan que durante su administraci\u00f3n, Torres Delgado no ha rendido cuentas sobre los derechos cobrados bajo la Ley de Farmacia, y no han podido obtener fondos necesarios para contar con los servicios profesionales de puestos esenciales como el salario del Director Ejecutivo de la Junta de Farmacia de Puerto Rico ni de una secretaria. A\u00f1ade que este \u00faltimo puesto est\u00e1 cubierto por una persona que fue contratada por la demandada y que le responde a ella. Adem\u00e1s, se\u00f1ala que el director ejecutivo no cobra desde 2017.<\/p>\n<p>Entre otras denuncias, detalla que Torres Delgado interfiere con el ejercicio de autorizar la pr\u00e1ctica de farmac\u00e9uticos y t\u00e9cnicos de farmacia, algo que le corresponde a la Junta. De igual forma, supuestamente interviene con los asuntos de concesi\u00f3n, suspensi\u00f3n o revocaci\u00f3n de licencias y certificados a los profesionales de farmacia.<\/p>\n<p>\u201cEl asunto aqu\u00ed deja plenamente claro que las actuaciones de la demandada Torres Delgado causan prejuicio y da\u00f1o claro e irreparable, ya que para todos los efectos paralizan las albores estatutarias de la Junta de Farmacia de Puerto Rico y le nidifica su labor ministerial al subyugarla a los caprichos impropios de una ejecutiva nombrada por una orden administrativa la cual no est\u00e1 validada por una ley de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico\u201d, expone el licenciado en la demanda de p\u00e1ginas.<\/p>\n<p>Ante esta situaci\u00f3n, Fust\u00e9 solicita al tribunal la celebraci\u00f3n de una vista evidenciara y que acoja la petici\u00f3n de injunction y de sentencia declaratoria para que la demandada desista de su conducta y se reconozcan las facultades y la autonom\u00eda de la Junta de Farmacia.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pleito busca restituir la autonom\u00eda de la organizaci\u00f3n. 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