{"id":129319,"date":"2020-04-05T12:38:00","date_gmt":"2020-04-05T16:38:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticel.com\/gobierno\/top-stories\/20200405\/aclu-pide-declarar-inconstitucional-parte-de-la-orden-ejecutiva-del-toque-de-queda\/"},"modified":"2025-07-20T08:48:56","modified_gmt":"2025-07-20T08:48:56","slug":"aclu-demanda-al-gobierno-por-parte-de-la-orden-ejecutiva-del-toque-de-queda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/mas\/otros\/20200405\/aclu-demanda-al-gobierno-por-parte-de-la-orden-ejecutiva-del-toque-de-queda\/","title":{"rendered":"ACLU demanda al gobierno por parte de la Orden Ejecutiva del toque de queda"},"content":{"rendered":"<h3>Piden, entre otras cosas, enmiendas al documento.<\/h3>\n<p>El portavoz de la Uni\u00f3n Americana de Libertades Civiles de Puerto Rico (ACLU, por sus siglas en ingles), William Ram\u00edrez, inform\u00f3 el domingo que junto a tres ciudadanos solicitaron al Tribunal de Primera Instancia que declare inconstitucional parte de la orden ejecutiva de la gobernadora Wanda V\u00e1zquez Garced, que impone un toque de queda, restricciones en el tr\u00e1nsito, y otras medidas, ante la pandemia del COVID-19 coronavirus.<\/p>\n<p>\u201cAqu\u00ed no se ha declarado una Ley Marcial, y no existen las circunstancias para ello; por tanto, los estados de emergencia no pueden ser utilizados para suspender derechos fundamentales\u201d, dijo Ram\u00edrez en declaraciones escritas.<\/p>\n<p>En espec\u00edfico, se solicita que se declare inconstitucional la parte de la orden ejecutiva 2020-029 que pretende castigar con hasta seis meses de c\u00e1rcel las infracciones a la regulaci\u00f3n, la que pretende prohibir el acceso a los hogares de personas que no son parte del \u201cn\u00facleo familiar\u201d; y la orden que favorece actividades religiosas los domingos, mientras proh\u00edbe las actividades comerciales permitidas el restante de la semana.<\/p>\n<p>Asimismo, los tres ciudadanos, quienes tienen a cargo el cuidado de madres con necesidades de salud especiales, tambi\u00e9n solicitan que la orden ejecutiva se enmiende para que quede claro que ellos est\u00e1n exentos del toque de queda y las restricciones en el tr\u00e1nsito en lo que a los viajes a las residencias de sus familiares se refiere.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, reclaman que se imparta instrucciones precisas a la Polic\u00eda y las Fiscal\u00edas sobre la existencia de esta excepci\u00f3n. Las solicitudes de declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad y de enmiendas a la orden ejecutiva est\u00e1n contenidas en una demanda de entredicho preliminar y permanente, presentada electr\u00f3nicamente ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan.<\/p>\n<p>Junto a la ACLU, demandaron la gestora cultural Nindra C. Cordero Ulmo, el planificador urbano Pedro Col\u00f3n Almenas, y el profesor Mario Santana Ortiz.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-2569705614\"><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/www.asegurate-bien.com\/\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"Acodese-Adaptaciones-Noticel-728&#215;90\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30095222\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-728x90-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30095222\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-728x90-1.jpg 728w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30095222\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-728x90-1-300x37.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/07\/30095222\/Acodese-Adaptaciones-Noticel-728x90-1-18x2.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 728px) 100vw, 728px\" width=\"728\" height=\"90\"   \/><\/a><\/div>\n<p>Est\u00e1n demandados en la acci\u00f3n judicial la gobernadora V\u00e1zquez Garced, el Estado Libre Asociado (ELA) y la secretaria de Justicia, Denisse Longo Qui\u00f1ones, en representaci\u00f3n de la gobernadora y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.<\/p>\n<p>Las madres de los tres codemandantes son adultos mayores y tienen condiciones de salud que requieren cuidados especiales que solamente ellos les est\u00e1n dando y que requieren visitarlas todos los d\u00edas, incluso de noche. La madre de Cordero Ulmo tiene afectada su capacidad pulmonar, la de Col\u00f3n Almenas padece de diabetes y requiere que se le administre insulina y la de Santana Ortiz sufre de demencia senil y tiene problemas para caminar y con ella vive un hijo adulto con impedimento intelectual y otras condiciones m\u00e9dicas.<\/p>\n<p>En espec\u00edfico, argumentaron que por mandato de la Constituci\u00f3n de Puerto Rico y la separaci\u00f3n de poderes que establece, solamente la Asamblea Legislativa puede crear delitos menos graves, que son los que tienen una pena de c\u00e1rcel de seis meses. Sin embargo, en este caso el poder ejecutivo, a trav\u00e9s de una orden ejecutiva de la gobernadora, usurpa los poderes del legislativo para castigar con esa pena de seis meses de c\u00e1rcel a quienes violen las disposiciones del toque de queda y las otras restricciones que contiene.<\/p>\n<p>\u201cPara que exista un delito que conlleve la p\u00e9rdida de la libertad es necesario que la Asamblea Legislativa apruebe una ley que detalle la conducta que se quiere prohibir, abundaron. Y, siempre cumpliendo con el debido proceso de ley que exige la Constituci\u00f3n. Adem\u00e1s, el derecho de reuni\u00f3n, expresi\u00f3n y privacidad, as\u00ed como las prohibiciones de registros irrazonables y de quitar la libertad y propiedad sin el debido proceso de ley, impiden que el estado regule qui\u00e9n entra al hogar de una persona con la autorizaci\u00f3n de \u00e9sta. Aunque los demandantes reconocen que en alg\u00fan caso podr\u00eda ser socialmente irresponsable que una familia reciba invitados en estos tiempos precarios, la Constituci\u00f3n lo permite y el rol del estado debe ser de orientaci\u00f3n al ciudadano, no de prohibici\u00f3n o castigo; y, ciertamente no irrumpir en el seno del hogar para determinar qui\u00e9nes de los presentes son miembros de un n\u00facleo familiar.<\/p>\n<p>Particularmente, en estos tiempos en que se ha ampliado el reconocimiento de familias diversas. Esta determinaci\u00f3n no puede ser a discreci\u00f3n de oficiales de la polic\u00eda. Por otro lado, la orden ejecutiva viola la separaci\u00f3n de Iglesia y Estado, garantizada en la Constituci\u00f3n, al prohibir los domingos actividades comerciales que s\u00ed est\u00e1n permitidas por la orden durante el resto de la semana, mientras que a las iglesias se les permiten ese d\u00eda ciertas actividades. Los demandantes no piden que se eliminen las restricciones comerciales, sino que contin\u00faen los domingos lo que ya se permite durante el resto de la semana, y que no se utilice la emergencia de salud del coronavirus Covid-19 para favorecer inconstitucionalmente las actividades religiosas sobre otras actividades leg\u00edtimas\u201d, expuso Ram\u00edrez.<\/p>\n<p><strong id=\"strong-89bf8a5646d377e9d151d70b6fa221c3\">Mira el documento aqu\u00ed: <\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Piden, entre otras cosas, enmiendas al documento. 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