{"id":125375,"date":"2012-10-03T15:50:52","date_gmt":"2012-10-03T19:50:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20121003\/tribunal-paraliza-envio-de-papeletas-a-encamados\/"},"modified":"2025-08-25T13:44:20","modified_gmt":"2025-08-25T13:44:20","slug":"tribunal-paraliza-envio-de-papeletas-a-encamados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20121003\/tribunal-paraliza-envio-de-papeletas-a-encamados\/","title":{"rendered":"Tribunal paraliza env\u00edo de papeletas a encamados"},"content":{"rendered":"<p>El Juez Isidro Garc\u00eda Pesquera le orden\u00f3 hoy a la Comisi\u00f3n Estatal de<\/p>\n<p>Elecciones (CEE) la paralizaci\u00f3n en el proceso de enviar papeletas por<\/p>\n<p>correo a electores encamados, hasta tanto la corte decida si la<\/p>\n<p>clasificaci\u00f3n de este voto como ausente es af\u00edn con el principio<\/p>\n<p>constitucional del voto secreto.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n preliminar se tom\u00f3 en la sala 806 del Tribunal de Primera<\/p>\n<p>Instancia de San Juan, como parte de una vista que atendi\u00f3 la<\/p>\n<p>solicitud de revisi\u00f3n radicada por el Comisionado Electoral del<\/p>\n<p>Partido Popular Democr\u00e1tico (PPD), Eder Ortiz.<\/p>\n<p>La CEE ten\u00eda pautado enviar m\u00e1s de 17,000 papeletas a encamados este<\/p>\n<p>viernes 5 de octubre.<\/p>\n<p>Ante la urgencia que presenta la controversia, Garc\u00eda Pesquera se comprometi\u00f3 a enviar su decisi\u00f3n por escrito &#8216;lo antes posible&#8217;.<\/p>\n<p>De inmediato, representantes del Partido Nuevo Progresista (PNP) cuestionaron la decisi\u00f3n del juez y le pidieron por escrito constancia de su decisi\u00f3n preliminar, prohibiendo el env\u00edo de papeletas hasta tanto surja una determinaci\u00f3n final de la corte en torno al recurso de reconsideraci\u00f3n sometido por el PPD.<\/p>\n<p>A su salida de sala, el Comisionado Electoral del PNP, Edwin Mundo, dijo que su partido apelar\u00e1 la decisi\u00f3n preliminar debido a que, a su entender, ning\u00fan juez de primera instancia tiene la facultad de ordenar una paralizaci\u00f3n electoral en Puerto Rico.<\/p><div class=\"notic-content-middle\" id=\"notic-60981704\"><div class=\"notic-adlabel\">Advertisements<\/div><a data-no-instant=\"1\" href=\"https:\/\/qrco.de\/bgxd5v\" rel=\"noopener\" class=\"a2t-link\" target=\"_blank\" aria-label=\"DisplayAds-970&#215;2503\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11180601\/DisplayAds-970x2503-1.jpg\" alt=\"\"  srcset=\"https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11180601\/DisplayAds-970x2503-1.jpg 970w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11180601\/DisplayAds-970x2503-1-300x77.jpg 300w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11180601\/DisplayAds-970x2503-1-768x198.jpg 768w, https:\/\/cdn.noticel.com\/2026\/08\/11180601\/DisplayAds-970x2503-1-18x5.jpg 18w\" sizes=\"(max-width: 970px) 100vw, 970px\" width=\"970\" height=\"250\"   \/><\/a><\/div>\n<p>&#8216;Yo espero que el juez recapacite. \u00c9l no tiene esa facultad, seg\u00fan la ley electoral, y que en el camino emita su orden antes del viernes. El art\u00edculo 4.03 determina que ning\u00fan tribunal de instancia tiene esa facultad de paralizar el proceso electoral en Puerto Rico&#8217;, expres\u00f3 Mundo, al interpretar que el juez Garc\u00eda Pesquera aspira a paralizar el proceso electoral de la isla por medio de su determinaci\u00f3n preliminar.<\/p>\n<p>La determinaci\u00f3n temporera del juez fue precedida por un acalorado debate entre la parte demandante, representada por los abogados del PPD y el Partido del Pueblo Trabajador (PPT), frente a los argumentos de la defensa presentados por el PNP y el gobierno, a trav\u00e9s de la CEE.<\/p>\n<p>Luego de que Garc\u00eda Pesquera se expresara sobre la importancia de proteger tanto el derecho al voto de los encamados, como el principio de pureza y confidencialidad en el proceso electoral, cada parte involucrada en el caso procedi\u00f3 a tomar su turno.<\/p>\n<p>Primeramente, el representante legal del PPD, Pedro Ortiz \u00c1lvarez, utiliz\u00f3 su turno para alertar sobre lo que \u00e9l describi\u00f3 como la posibilidad de fraude electoral en la otorgaci\u00f3n del voto a los encamados.<\/p>\n<p>Seg\u00fan Ortiz \u00c1lvarez, la decisi\u00f3n de enviar por correo y catalogar como &#8216;ausente&#8217; el voto de encamados, no garantiza que sean estas personas las que recibir\u00e1n las papeletas. Tampoco, plante\u00f3 Ortiz \u00c1lvarez, existe la certeza de que sean los encamados \u2013 y no terceras personas- , quienes marquen las opciones partidistas a presentarse en las papeletas oficiales que la CEE aspira a enviar por correo.<\/p>\n<p>&#8216;A diferencia de los estudiantes puertorrique\u00f1os en el exterior y los militares, estas personas (encamadas) van a estar en Puerto Rico el d\u00eda de las elecciones. Estos encamados est\u00e1n en Puerto Rico&#8217;, afirm\u00f3 el representante legal del PPD mientras cuestionaba el hecho de que, a diferencia del voto ausente certificado de estudiantes y militares, la CEE no tendr\u00e1 a nadie que vele porque se cumpla el principio de voto secreto con los electores encamados.<\/p>\n<p>Los argumentos de Ortiz \u00c1lvarez fueron refutados por el abogado de la CEE, Jos\u00e9 Nieto, quien dijo que los cuestionamientos hechos por la parte demandante constituyeron un ataque a la misma constitucionalidad del derecho del voto ausente que por tantos a\u00f1os ha operado en el sistema electoral puertorrique\u00f1o.<\/p>\n<p>&#8216;El compa\u00f1ero (Ortiz \u00c1lvarez) est\u00e1 atacando la constitucionalidad del voto por correo. La Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones y su presidente (H\u00e9ctor Conty P\u00e9rez) tienen que cumplir con el C\u00f3digo Electoral&#8217;, declar\u00f3 Nieto en sala.<\/p>\n<p>&#8216;Si el voto por correo es v\u00e1lido para militares y estudiantes, es v\u00e1lido para las personas con impedimentos&#8217;, a\u00f1adi\u00f3 Nieto, al tiempo que declaraba que no era en el tribunal, sino en la Asamblea Legislativa, donde se deb\u00edan dilucidar estos debates y peticiones concernientes al C\u00f3digo Electoral.<\/p>\n<p>Acto seguido, el abogado del PNP, Oscar Santamar\u00eda, se hizo eco de las expresiones de Nieto y explic\u00f3 que la secci\u00f3n D del art\u00edculo 9.039 del C\u00f3digo Electoral reconoce la validez del voto por correo para personas residiendo en Puerto Rico.<\/p>\n<p>El argumento de Santamar\u00eda, sin embargo, fue interpretado como nulo por la representante legal del PPT, Brenda Berr\u00edos, quien dijo que ese mismo art\u00edculo citado por el abogado del PNP autorizaba el voto por correo dentro de la isla, pero s\u00f3lo para los presidentes de las comisiones locales que son jueces.<\/p>\n<p>&#8216;Los presidentes de las comisiones locales son jueces. Esas son las \u00fanicas personas que este c\u00f3digo electoral le da el derecho al voto por correo en Puerto Rico&#8217;, explic\u00f3 Berr\u00edos, quien tambi\u00e9n critic\u00f3 el alegado inter\u00e9s de la CEE y el PNP de aprovecharse y violarle el derecho al voto secreto a uno de los sectores m\u00e1s necesitados de la sociedad.<\/p>\n<p>Berr\u00edos culmin\u00f3 su turno reclamando que se utilice la experiencia del pasado refer\u00e9ndum del 19 de agosto, cuando las personas encamadas ejercieron su derecho al voto desde sus domicilios gracias a la supervisi\u00f3n de funcionarios de la CEE, junto a representantes de diferentes partidos que acudieron a las casas de estos votantes.<\/p>\n<p>&#8216;En el refer\u00e9ndum, una junta balanceada visit\u00f3 las casas y garantizaron que el elector (encamado) votara secreto y directo. Eso fue tan reciente como el 19 de agosto. Al d\u00eda de hoy no ha habido ni una sola queja. No se cambia lo que funciona&#8217;, puntualiz\u00f3 Berr\u00edos.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Juez Isidro Garc\u00eda Pesquera le orden\u00f3 hoy a la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones (CEE) la paralizaci\u00f3n en el proceso de enviar papeletas por correo a electores encamados, hasta tanto la corte decida si la clasificaci\u00f3n de este voto como ausente es af\u00edn con el principio constitucional del voto secreto. 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