{"id":101975,"date":"2014-08-13T00:32:00","date_gmt":"2014-08-13T04:32:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticel.com\/ahora\/20140813\/justicia-y-asistencia-legal-se-oponen-a-nuevas-leyes-sobre-el-porno-de-veng\/"},"modified":"2025-08-17T20:09:42","modified_gmt":"2025-08-17T20:09:42","slug":"justicia-y-asistencia-legal-se-oponen-a-nuevas-leyes-sobre-el-porno-de-veng","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticel.com\/en\/ultima-hora\/20140813\/justicia-y-asistencia-legal-se-oponen-a-nuevas-leyes-sobre-el-porno-de-veng\/","title":{"rendered":"Justicia y Asistencia Legal se oponen a nuevas leyes sobre el porno de veng"},"content":{"rendered":"<p>La Sociedad para la Asistencia Legal se opuso a tres proyectos camerales que en esencia penalizan la divulgaci\u00f3n de im\u00e1genes o v\u00eddeos de materiales \u00edntimos no autorizados u otro material de contenido explicito sin el consentimiento de los involucrados al destacar que ya existen leyes que atienden el problema.<\/p>\n<p>Las medidas son la Ley Contra la Divulgaci\u00f3n de Im\u00e1genes y V\u00eddeos de Materiales \u00cdntimos; la Ley Contra la Venganza Pornogr\u00e1fica de Puerto Rico y una enmienda al Art\u00edculo 171 del C\u00f3digo Penal del 2012 para prohibir la reproducci\u00f3n de documentos digitales o f\u00edsicos cuando sus fines sea causar da\u00f1o, provocar burla o da\u00f1ar la reputaci\u00f3n de cualquier parte involucrada.<\/p>\n<p>En el caso de la Ley Contra la Venganza Pornogr\u00e1fica de Puerto Rico, la cual proscribe que una persona publique material expl\u00edcito de su c\u00f3nyuge, exc\u00f3nyuge, persona con quien cohabita o ha tenido relaciones sexuales, la SAL expres\u00f3 que su redacci\u00f3n no estaba clara ya que por un art\u00edculo castiga la mera publicaci\u00f3n y otro lo castiga cuando se quiere causar da\u00f1o. Adem\u00e1s dijo que las preocupaciones est\u00e1n atendidas en el C\u00f3digo Penal y la Ley de Violencia Dom\u00e9stica.<\/p>\n<p>Sobre la Ley Contra la Divulgaci\u00f3n de Im\u00e1genes y Videos de Materiales \u00cdntimos, la SAL tambi\u00e9n sostuvo que la medida es vaga porque no define claramente que se considera material \u00edntimo. Tambi\u00e9n adujo que el C\u00f3digo Penal ya atiende la preocupaci\u00f3n del legislador.<\/p>\n<p>En torno a la enmienda al Art\u00edculo 171, la SAL no la avala la medida porque la misma resulta en la duplicidad de la norma penal pero apoy\u00f3 que se redujera la pena a un ano de tres a\u00f1os. Destac\u00f3 que los Art\u00edculos 171,172, 173, 175, 177, 147, 148 y 152 del C\u00f3digo Penal ya atienden las preocupaciones de los legisladores.<\/p>\n<p>La SAL sugiri\u00f3, no obstante, que se eval\u00faen requisitos en otras jurisdicciones que establecen que para que se configure el delito la parte perjudicada tiene que haber sufrido un da\u00f1o y de que hab\u00eda una expectativa de que las im\u00e1genes o archivos estaban destinados al uso privado de las partes.<\/p>\n<p>El director ejecutivo Federico Rentas, no obstante, si favoreci\u00f3 el Proyecto de la C\u00e1mara 1814, que consiste en ciertas enmiendas al Art\u00edculo 172 para atemperar el ordenamiento jur\u00eddico a los avances tecnol\u00f3gicos y proveer la definici\u00f3n de lo que constituye &#8216;datos reservados de car\u00e1cter personal o familiar&#8217;; y atemperar la pena de reclusi\u00f3n por cometer delito bajo el Art\u00edculo 172 a la ofensa. Con los cambios la medida pretende proteger los datos personales de los ciudadanos que quieran apropiarse de los mismos para delinquir. El actual estatuto, en la opini\u00f3n de la SAL, no es claro. Tambi\u00e9n favoreci\u00f3 la medida porque la misma reduce la penalidad. &#8216;La SAL es de la posici\u00f3n que la penalizaci\u00f3n de la conducta o hacer las penas m\u00e1s severas no es la soluci\u00f3n para evitar la conducta indeseada&#8217;, dijo.<\/p>\n<p>El superintendente de la Polic\u00eda Jos\u00e9 Caldero, en una ponencia escrita, aval\u00f3 las medidas pero aprovech\u00f3 para solicitar una enmienda al C\u00f3digo Penal para tipificar como delito la creaci\u00f3n de p\u00e1ginas cibern\u00e9ticas para inducir a personas a enviar videos y fotograf\u00edas y otros instrumentos digitales \u00edntimos bajo el pretexto de que su uso ser\u00e1 confidencial.<\/p>\n<p>&#8216;La Divisi\u00f3n de Cr\u00edmenes Cibern\u00e9ticos ha enfrentado situaciones en las cuales las personas acuden a reportar incidentes en las cuales ciudadanos env\u00edan fotos o videos \u00edntimos bajo la creencia que su uso se limitara a la confidencialidad de ese proveedor de servicio, y resulta que todo se trata de un ardid y esa informaci\u00f3n se distribuye a terceras personas&#8217;, sostuvo Caldero.<\/p>\n<p>El Departamento de Justicia favoreci\u00f3 al igual que la SAL que se enmiende el C\u00f3digo Penal, o sea la ley general, para atemperarlas al ordenamiento legal que genera el uso y manejo de la Internet. Es por eso que se opuso a la creaci\u00f3n de leyes especiales como la Ley Contra la Divulgaci\u00f3n de Im\u00e1genes y Videos de Materiales \u00cdntimos y la Ley Contra la Venganza Pornogr\u00e1fica de Puerto Rico.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sociedad para la Asistencia Legal se opuso a tres proyectos camerales que en esencia penalizan la divulgaci\u00f3n de im\u00e1genes o v\u00eddeos de materiales \u00edntimos no autorizados u otro material de contenido explicito sin el consentimiento de los involucrados al destacar que ya existen leyes que atienden el problema. 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