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Cámara agua métricas de eficiencia de AEE pero expande poderes de comisión

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Las enmiendas que introdujo la Cámara al proyecto de reforma energetica senatorial expandieron los poderes que la propuesta Comisión de Energía tendrá sobre la Autoridad de Energía Electrica (AEE) pero tambien ‘aguaron’ las metas de eficiencia que hubiesen logrado bajar los costos energeticos e incluyeron lenguaje que permite abrir la generación de energía a la libre competencia.

Sobresale el hecho de que la medida original del Senado imponía a la AEE promover iniciativas que generarían una reducción permanente en el costo de energía y transformar su sistema a uno desmonopolizado y competitivo cuyos componentes estuviesen supervisados por un ente regulador.

El lenguaje se cambió para convertir a la AEE en ‘una entidad pública responsable de suplir energía eléctrica al menor costo posible, con los más altos estándares ambientales, y en respaldo al desarrollo socio-económico’.

La Cámara eliminó todo lenguaje para obligar a la AEE a crear el ‘CONOPS’ o un documento operacional innovador y radicarlo ante la Comisión de Energía. Ahora solo se le requiere a la AEE someter un Plan de Alivio Energético.

Este plan deberá ser preparado y presentado a la Comisión de Energía dentro de 60 días contados a partir de la aprobación de los reglamentos de la Comisión sobre tales asuntos. Si no se presenta el plan dentro de este término, se considerará que la Autoridad no cumplió con los mandatos de esta Ley y entonces le tocaría a la Comisión hacer dicho plan en 90 días.

En la versión senatorial, la penalidad por no cumplir con someter el Plan de Alivio Energético era que se llamaría al sector privado a ofrecer sus soluciones para proveer alivio energético a un costo razonable.

A pesar de que el gobernador quiso eliminar todo lenguaje en la versión senatorial que sugiriera la privatización del sistema energético, la medida cameral contiene todavía un lenguaje que permitiría al sector privado competir.

Esto es porque luego de aprobado el Plan de Alivio Energético, la Comisión tendrá un periodo no mayor de 60 días para establecer conjuntamente con la AEE todos los requisitos para ‘la publicación de subasta y solicitudes de propuestas para la compra de energía o para la modernización de las plantas o instalaciones generadoras de energía de la Autoridad, de conformidad con lo aprobado en el Plan’.

La Comisión recibirá y evaluará las propuestas, llevará a cabo los procesos y recomendará la adjudicación de los mismos a la AEE.

De hecho, el presidente del Senado Eduardo Bhatia observó que con la medida cameral se abre la competencia a que aquellos que quieran producir energía altamente eficiente, la puedan producir’ tal y como quería la Cámara Alta.

De otra parte, la medida cameral suavizó las métricas impuestas a la AEE para lograr eficiencia.

El Senado le habíadado a la AEE en un periodo de dos años generar electricidad a base de combustibles fósiles en un mínimo de 60% por ‘generadores altamente eficientes’. No obstante, la Cámara suavizó el lenguaje para establecer que la AEE deberá, en un período que no exceda tres años contados a partir del 1 de julio de 2014, asegurarse que la energía eléctrica generada en Puerto Rico a base de combustibles fósiles sea generada en un mínimo de 60 por ciento de forma altamente eficiente, eliminando lo de los generadores. Este periodo de tres años puede ser extendido tres años más.

También se cambió la definición en el proyecto de lo que es ‘eficiencia energética’ para significar cambios en el uso de energía atribuibles al reemplazo de enseres y equipos. La definición en el proyecto original incluía eficiencias que resultaran en una reducción en el consumo de energía.

El portavoz de la minoría senatorial Larry Seilhamer opinó que las metas a la AEE quedaron disueltas y que el proyecto prácticamente se volvió inconsecuente.

‘En primer lugar, llama la atención que se le daba dos años para que la AEE pudiera cumplir con el plan de alivio energético. En todas mis expresiones públicas, yo dije dos años es más que bondadoso. Y ahora no son dos años. Ahora son tres años, con la facultad y disposición de solicitar una prórroga de un año adicional para tener la justificación, de que si no se puede cumplir, se tiene un año adicional. Son cuatro años’, señaló el legislador.

En cuanto a la compra de combustible, la Cámara eliminó una disposición que obligaba a la AEE que hiciera un análisis de necesidad antes de comprar combustible en aquellas situaciones en que la subasta no fuese necesaria por ser una emergencia. Actualmente, la AEE gasta unos $3,000 millones en compra de combustible de varias compañías.

Sobre las fuentes de energía que serán permitidas en la isla, la Cámara hizo un listado en el cual incluyo la conversión de desperdicios sólidos municipales a energía lo cual le da legitimidad al establecimiento de incineradoras.

Acerca de la forma de operar de la Junta de Gobierno de la AEE, cuyos poderes decisionales fueron limitados, el proyecto original establecía que ningún miembro recibiría compensación pero la Cámara lo cambio para permitir a los representantes del sector público cobrar dietas que no excedan más de $30,000 al año.

La Cámara también eliminó de la medida una disposición que impedía que la persona seleccionada como Director Ejecutivo por la Junta hubiese tenido alguna relación comercial con la AEE en los dos años anteriores a ocupar el cargo.

La Cámara expandió los poderes de la propuesta Comisión de Energía para revisar la estructura de tarifas que decida la AEE. Además, la Cámara puso un lenguaje para establecer que si la Comisión no toma acción ante una solicitud de revisión de tarifas en un periodo de 30 días contados a partir de su presentación, la tarifa modificada objeto de la solicitud entrará en vigor inmediatamente como una tarifa provisional. ‘La Comisión continuará los procesos de revisión y deberá emitir la orden correspondiente dentro del término especificado en esta sección. Si la Comisión no actúa durante el periodo de 180 días establecido, la tarifa modificada advendrá final, y la Comisión perderá jurisdicción para revisarla’, dice la medida. Esa disposición no estaba en la medida senatorial.

En cuanto a la factura de electricidad, la Cámara mantuvo el cobro por el ajuste por combustible pero se aclara que no se deben incluir otros gastos dentro de esa cifra.

A pesar de que la AEE gasta sobre $350 millones en subsidios, la reforma energética mantiene los mismos. La Cámara impuso topes de eficiencia energética a los municipios y les permitió a los pueblos incluir facilidades médicas manejadas por las alcaldías dentro del cómputo del CELI. El Senado las había sacado.

La medida según el Senado establecía que todo ciudadano tenia legitimación activa o ‘standing’ para demandar a la AEE en los tribunales. La Cámara modificó esa disposición para establecer que cualquier demanda se tiene que llevar primero a la Comisión de Energía, la cual tiene jurisdicción primaria para atender toda querella.

Según la Cámara, la Comisión podrá llevar a cabo vistas públicas; ordenar el cese de actividades o actos en violación de cualquier disposición de la ley; imponer y ordenar a las partes el pago de costas, gastos y honorarios de abogado, así como el pago de gastos y honorarios por otros servicios profesionales y de consultoría y emitir citaciones bajo apercibimiento de desacato y requerir la producción e inspeccionar récords, inventarios, documentos e instalaciones físicas de personas o entidades jurídicas sujetas a la jurisdicción de la Comisión de Energía o de la Oficina Estatal de Política Pública Energética.

De otra parte la propuesta, la Oficina Estatal de Política Pública Energética adquirió más poderes bajo la propuesta cameral ya que además de establecer política energética, la oficina tendrá que identificar el por ciento máximo de energía renovable que la infraestructura eléctrica de Puerto Rico puede integrar e incorporar de forma segura, confiable, y a un costo razonable, e identificar las tecnologías y los lugares aptos para viabilizar su integración y someter sus conclusiones a la Comisión de Energía.

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