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Elecciones 2024

Juez pregunta, y no recibe respuesta, sobre cómo afecta la elección si hay más días para inscripción

El PPD y el MVC se acercaron a un consenso para que el registro de electores se ajuste más a la fecha que tiene el código, mientras la ACLU recordó que en 2020 también se atrasó la inscripción.

El abogado de MVC, Frank Torres Viada, y su comisionada electoral, Lillian Aponte Dones.
Foto: Juan R. Costa

Ante preguntas repetidas de un juez el jueves, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), y los partidos Popular Democrático (PPD) y Nuevo Progresista (PNP) no pudieron especificar cómo se afectaría la celebración de las elecciones el 5 de noviembre si el plazo de cierre de inscripción, pautado para este sábado, se atrasa.

La vista ante el juez superior Raúl Candelario López ocurrió por una reclamación que sometió el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) después de que el lunes pasado la presidenta alterna de la CEE, Jéssika Padilla Rivera, decidió no posponer el plazo cuando los comisionados electorales no se pusieron de acuerdo sobre una solicitud del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) para que el cierre del registro electoral ocurra el 6 de octubre. El 6 de octubre son los 30 días antes de la elección que el Código Electoral dispone para mantener abierto el registro.

El 21 de septiembre es la fecha de cierre de registro que el entonces presidente de la CEE Francisco Rosado Colomer, estableció el 1 de mayo de 2023 después de que la entonces comisionada residente del PNP, Vanessa Santo Domingo Cruz, lo solicitara. En ese momento, Rosado Colomer dijo que no tenían certeza sobre cómo se impactaría el calendario electoral con un cierre 45 días antes de las elecciones, en vez de 30. Ahora, la solicitud de extensión se basa en las fallas constatadas que ha demostrado el Registro Electrónico de Electores (Sistema eRE), en apagones que no han permitido realizar eventos de inscripción y en las filas que se han registrado por falta de personal y de equipo de la CEE cuando se realizan estos eventos.

Candelario López preguntó en varias ocasiones los fundamentos de la CEE, el PNP y el PPD para su postura de que una extensión pondría en peligro la celebración de la elección general, pero no obtuvo explicaciones más allá de la afirmación de que después del cierre ocurren otros eventos y un atraso en el cierre es un atraso en toda la cadena de eventos. En un escrito, el PNP enumeró tareas que hay que realizar con relación al cierre del registro, pero no especificó cómo un atraso en el mismo las afecta. El abogado de la CEE, Félix R. Passalacqua Rivera, aceptó al juez que los términos de los distintos eventos preparatorios para la elección no están en la ley, como si lo está el que el registro electoral puede estar abierto hasta 30 días antes.

De hecho, el juez había pedido a la CEE que le sometiera previo a la vista “el itinerario secuencial cronológico de tareas desde el momento que se cierra el registro electoral hasta que se entregan los maletines en los distintos precintos” con “fecha de comienzo y terminación de las tareas y el número de días o fracción que duran las tareas”, así como “diagrama de barras, identificando el paso crítico”.

Pero, aún así, en la vista hubo confusión sobre el calendario porque el que entregó la CEE fue uno preparado especialmente para la vista sin haber sido cotejado por los comisionados electorales y en un formato de lectura difícil. Aparte de ese, el abogado del PPD, Gerardo de Jesús, produjo su propio calendario preparado por la Oficina de Operaciones Electorales, y que no había notificado a ninguna de las partes. También, el tribunal había estado haciendo preguntas sobre un tercer calendario que el PNP sometió como anejo en su solicitud de desestimación y que tenía fecha de febrero de 2024 sin que nadie aclarara si había sufrido cambios o no desde entonces.

Otra pregunta repetida del juez es si había espacio para llegar a un consenso para ampliar el plazo, a lo que la CEE y el PNP se mantuvieron en que no, pero, después del receso de almuerzo, surgió que el PPD podía aceptar una ampliación de entre tres a cuatro días. A preguntas de NotiCel, el abogado de MVC, Frank Torres Viada, reconoció también que podían aceptar una ampliación aunque no fuera hasta el mismo 6 de octubre como lo solicitaban originalmente.

El juez se reservó el fallo, pero uno de los argumentos que se llevó a despacho fue el que presentó la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU en inglés) que, mediante una intervención en representación de dos electoras, una que no ha podido inscribirse por problemas de la CEE y otra que no ha podido cambiar su dirección en el registro.

La ACLU recordó que en 2020 también se amplió el plazo de un proceso electoral justo tres días antes de que venciera. Se trató del plazo para solicitar voto por correo y la sentencia del tribunal federal fue que había que ampliar la elegibilidad de ese voto a las personas mayores de 60 años y que el plazo debía extenderse por 10 días. Además, el tribunal ordenó la realización de una campaña educativa al respecto. Según expuso el representante de la ACLU, Fermín Arraiza Navas, la orden del tribunal provocó que las solicitudes de ese tipo de voto aumentaran de 30,000 a más de 100,000.

“Los tribunales sí tienen autoridad para enmendar el calendario”, reiteró.

Vea:

Electores pueden ir al tribunal para mantener abierto el registro electoral que CEE quiere cerrar

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.