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Elecciones 2024

Juez desestima pleito de MVC para la modificación de las papeletas

El partido buscaba modificar los espacios negros en la papeleta para supuestamente facilitar la redacción de nombres de candidatos por nominación directa.

La representante Mariana Nogales es una de las candidatas por nominación directa de MVC.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El juez Raúl Candelario desestimó el recurso de revisión presentado por Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), que buscaba retar judicial una decisión de la presidenta de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Jéssika Padilla Rivera, de dejar inalterada el diseño de la papeleta legislativa.

MVC pretendía modificar el color de las áreas rellenadas con el color negro para supuestamente facilitar la redacción de los nombres de sus candidatos por nominación directa: Rafael Bernabe y Mariana Nogales. La colectividad también quería ampliar el espacio de la columna de nominación directa, aunque esa petición fue retirada tras la celebración de una vista judicial el 22 de agosto.

Puede ver la decisión aquí:

PDF: sentencia papeletas.pdf

El partido presentó el recurso de revisión el 21 de agosto para que se revocara la decisión de Padilla Rivera y se impidiera la aprobación del diseño final de la papeleta.

El juez concluyó que el tribunal está impedido de paralizar un procedimiento electoral por disposición de la Ley Electoral

“Por consiguiente, evidentemente, en el presente caso este tribunal carece de jurisdicción para atender los asuntos planteados en el recurso inicial de revisión”, dijo el juez.

“El propio Tribunal Supremo ha expresado que ‘la sentencia declaratoria no puede ser utilizada cuando el legislador ha desarrollado un procedimiento administrativo específico para atender el asunto en controversia’”, sostuvo Candelario López. “hay que añadir que el principio de deferencia judicial se extiende a las decisiones de la CEE por ser la institución con mayor expertise en temas electorales y por ser la responsable de implementar los procesos que garanticen el derecho al sufragio. De este modo, un tribunal solo puede revisar una determinación de la CEE cuando la interpretación de la agencia afecta derechos fundamentales, resulta irrazonable o conduce a la comisión de injusticias”, continuó.