DE contratará jueces para atender apelaciones
Bajo la propuesta reforma educativa de la Administración Rosselló Nevares, el Departmento de Educación (DE) contratará jueces administrativos y personal de apoyo para operar la Oficina de Apelaciones del Sistema de Educación.
Será prerrogativa del secretario (a) del Departamento la cantidad de jueces administrativos a nombrar, aunque tomará el volumen de apelaciones radicadas, los terminos para atenderlas y la disponibilidad de fondos. Estos jueces deberán contar con 'total independencia' y ser abogados con al menos tres años en la profesión. No podrán ser empleados del DE, ni tener interes personal o profesional que este en conflicto con su objetividad en los asuntos a considerar.
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Acorde con esto, la reforma tambien incluye un artículo prohibiendo el nepotismo en el Departamento. 'No se efectuarán nombramientos a puestos transitorios o regulares en una escuela, de personas dentro del cuarto grado de consanguinidad o de afinidad con el Director de Escuela, o con miembros del consejo escolar de dicha escuela', lee la medida. Tampoco se nombrarán directores 'dentro del cuarto grado de consanguinidad o de afinidad con el Superintendente de la Oficina Regional Educativa que corresponda'.
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La Ley 38-2017, conocida como 'Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico', regirá los procedimientos administrativos de los jueces de la Oficina de Apelaciones.
No se considerará que una persona es empleada del Departamento por el solo si es contratado como juez.