Presentan cargo de práctica ilícita contra secretaria de Educación
Asociación de Maestros alega que Elba Aponte está obligando a los maestros a asistir a las escuelas cuando los estudiantes están remoto
La secretaria general de la Local Sindical de la AMPR, Grichelle Toledo Correa, anunció que a la secretaria designada de Educación, Elba Aponte Santos, se le radicó en la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público un cargo de práctica ilícita por violaciones al Convenio Colectivo ante el cierre de escuelas por la emergencia del COVID-19.
“El artículo LXIV del Convenio, obliga al Departamento y a la Unión a adoptar las medidas y precauciones necesarias o convenientes para evitar accidentes de trabajo y mantener las mejores condiciones higiénicas de las instalaciones donde trabajen los miembros de la Unidad Apropiada. Asimismo, la sección 23.04 del Convenio Colectivo dispone expresamente que en aquellos casos en que el proceso de enseñanza se interrumpa por epidemia, corresponde al Departamento de Educación y a los miembros de la unidad apropiada la suspensión de labores”, expresó Toledo Correa.
La líder sindical indicó que debido a la situación de emergencia de salud pública relacionada al COVID-19 que enfrentamos en la actualidad, el pasado 8 de abril de 2021, el secretario de Salud, Carlos Mellado, indicó que ante el alza en contagios que elevaron el nivel de riesgo a uno crítico por tres días consecutivos, se cancelaban las clases de forma presencial en todos los planteles al amparo del protocolo del Departamento de Salud.
“Ningún plantel escolar debe estar operando, ni el personal miembro de la Unidad Apropiada debe ser citado a comparecer presencialmente a las escuelas. El así hacerlo no solo violenta el protocolo de reapertura, sino el Convenio Colectivo, y son contrarias a las expresiones del gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia, que estableció el cierre de las escuelas”.
Toledo Correa añadió que “el requerirle a los miembros de la Unidad Apropiada comparecer a los planteles escolares para ofrecer los cursos cuando los estudiantes están remotos, va en contra de las disposiciones legales antes mencionadas, toda vez que, pone en riesgo la salud de los miembros de la Unidad Apropiada y compromete las condiciones higiénicas de las instalaciones. Más aún, pone en riesgo no solo cada uno de los miembros de Unidad Apropiada y de otras unidades apropiadas que laboran en las escuelas, sino también a sus familias, lo que tiene un efecto multiplicador y propiciaría la propagación del COVID”.
La también profesora del sistema público puntualizó al aseverar que lo anterior es cónsono, no solo con las disposiciones del Convenio para preservar la salud y seguridad de los miembros, sino que también es acorde con la Ley de Trabajo a Distancia del Gobierno de Puerto Rico, Ley Núm. 36 de 9 de abril de 2020 y demás normas aplicables y memorandos emitidos por el Gobierno de Puerto Rico y en especial con el protocolo de reapertura de escuelas del Departamento de Salud.