Validan compensación por daños a padres de estudiantes de educación especial
El Tribunal de Apelaciones confirmó una determinación del Tribunal de Primera Instancia que concede una partida por daños y angustias mentales a una madre de estudiante de educación especial, así como una partida con concepto de honorarios de abogado.
'No debemos reducir tal incumplimiento a un sencillo cálculo de dólares y centavos, pues lo que para el Estado es una deuda económica, para laSra.Iriarteconstituye un escollo adicional que atenta contra el derecho de su hijo D.B.V.I a una educación pública y apropiada a sus necesidades particulares', expresó el Apelativo. Esto, ante la insistencia del Estado en reclamar que a lo único que tenía derecho la parte demandante era al pago de los intereses por mora.
La acción de daños se originó en el retraso por parte del Estado en reembolsar los costos por servicios educativos pagados por la madre del menor ante la inacción del Departamento de Educación en garantizar el derecho constitucional a una educación apropiada. Así, el Tribunal entendió que las angustias mentales que sufren las madres y los padres de Educación Especial debido al incumplimiento de la agencia en proveer los servicios, son compensables.
La Lcda. Mariana Iriartese expresó satisfecha con la determinación. 'Estoy muy satisfecha con la determinación del Tribunal de Apelaciones y con la sensibilidad con que se ha abordado el caso. El reclamo del Estado no encuentra sostén en nuestro ordenamiento jurídico y mucho menos desde la perspectiva de derechos humanos que el Departamento de Justicia dice defender. Espero que esta determinación sirva para vindicar los derechos de otros y otras estudiantes como de sus padres y madres. Padres y madres que diariamente batallan con un monstruo burocrático e insensible que incumple o cumple tardíamente en garantizar los derechos constitucionales y humanos de miles de estudiantes y que en la mayoría de los casos no tienen acceso a representación legal. Es hora que acabe la guerra contra los niños y niñas de Educación Especial y se garantice su acceso a la justicia y a ecibir una educación apropiada', expresó la abogada.
Finalmente, el licenciado Torres, abogado de la demandante, sostuvo que la sentencia ratifica el derecho de la Lcda. Iriarte, madre del estudiante, a ser compensada por los daños ocasionados ante el retraso del Departamento de Educación en cumplir con la Resolución administrativa que les impuso la obligación de realizar los reembolsos de los servicios educativos del estudiante dentro del término de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación de la misma.
Torres concluyó diciendo que 'la sentencia del Tribunal de Apelaciones reconoce y valida el esfuerzo y sacrificio que día a día realizan miles de madres, padres y encargados de estudiantes de educación especial, a través de toda la Isla, para preservar el derecho constitucional a la educación de sus hijos e hijas. Estoy seguro de que la agencia pondrá mayor empeño en reembolsar a tiempo el dinero que adeudan a madres, padres y encargados de estudiantes registrados en el programa de educación especial'.
Sentencia Iriarte v DE - NotiCel _20510