Comienzan hoy ventas exentas del pago del IVU para el regreso a la escuela
Se extenderán hasta la noche del sábado y comercios serán sometidos a fiscalización por parte del DACO.
El día de ventas exentas del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU), en la compra de uniformes y materiales escolares para el año escolar 2023-2024 que comienza en agosto, comenzó hoy y se extenderá hasta mañana, sábado, a la medianoche.
En la carta circular de Rentas Internas 23-11 de Hacienda se establece que el segundo período bajo este beneficio será el 4 y 5 de enero de 2024.
Para hoy y mañana, ya el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) ha anunciado la fiscalización a comercios.
La secretaria del DACO, Lisoannette González Ruiz estará hoy junto a inspectores de la agencia, en distintos negocios para fiscalizar el cumplimiento del Reglamento de Prácticas Comerciales con motivo de las ventas sin IVU para el regreso a clases.
Los materiales que se incluyen en el periodo de ventas exentas de IVU para hoy y mañana son los escolares, arte y música, instructivos comprados al detal y medios de almacenaje de computadoras ("storage media"), incluyendo discos, discos compactos y memorias ("flash drives").
Entre los materiales escolares se encuentran también las carpetas, bulto escolar, calculadora, cinta adhesiva, tiza, compás, crayolas, goma de borrar, cartapacios, acordeones expansibles, plásticos y sobres manila, pega, adhesivo y adhesivo en barra, marcadores (incluyendo fluorescentes), tarjetas de afiche ("index cards") y cajas para almacenarlas.
La lista también abarca loncheras, papel suelto, con líneas para libretas de argolla, para copias, cuadriculado, de calcar, manila, papel de color, cartulina y de construcción, así como cajas de lápices y otras cajas para materiales, sacapuntas, lápices, bolígrafos, transportadores ("protractors"), reglas y tijeras.
En el caso de los materiales de arte y música, la carta circular señala que son los usualmente utilizados en cursos de arte o música o en cursos de estudios, como referencia para aprender la asignatura. Estos incluyen el barro y esmaltes, pinturas (incluyendo acrílicas, de témpera y de aceite), brochas, libretas de dibujo y de bosquejos, además de acuarelas. instrumentos musicales, mapas y el globo terráqueo de referencia.
En cuanto a los libros impresos y electrónicos, Hacienda recordó que están exentos del pago de IVU durante todo el año. La exención es aplicable tanto a la compra como al alquiler.
Los libros impresos son publicaciones que se editan de una sola vez o a intervalos, mientras que los electrónicos también conocidos como libros digitales, ciberlibros o "e books", son la versión electrónica o digital de un libro impreso.
Las libretas de notas compradas al detal, independientemente de su tamaño, también está exentas del pago del IVU durante todo el año.
Igualmente, como regla general, las compras bajo planes de "lay away", mediante vales ("rain checks"), por correspondencia, teléfono, correo electrónico, Internet o certificados y tarjetas de regalo, cualifican para la exención del IVU, cuando su pago y entrega ocurre dentro de las fechas establecidas en la carta circular.
Para el período exento del IVU no se incluyen los siguientes artículos: hebillas de correa vendidas por separado, máscaras de disfraz, parches y emblemas, equipo y artículos de coser, materiales de costura, maletines, cosméticos, artículos para el pelo, carteras de mano, pañuelos, joyería, equipo protector contra lesiones o enfermedades (como mascarillas, caretas, cascos), equipo deportivo y recreativo (como zapatillas de ballet, calzado deportivo de ganchos, patines y hombreras), entre otros.
Para información sobre la exención, los interesados pueden acceder a la carta circular a través del enlace: https://hacienda.pr.gov/publicaciones/carta-circular-de-rentas-internas-num-23-11-cc-ri-23-11.